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MINTRANSPORTE - Circular 20204200482121-56851 de 2020

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20204200482121-56851 de 2020
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2020

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20204200482121

20204200482121 21-08-2020 Bogotá D.C.,

Señores:

CENTROS DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR-CDA.

Asunto: Lineamientos frente a la aplicación del artículo 21 de la Ley 2050 del 2020. “ Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones en Seguridad Vial y

Tránsito”. Respetados señores, Cordial saludo, Con la promulgación de la Ley 2050 del 12 de agosto del 2020, “ Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones en seguridad vial y Tránsito”, se modificó el artículo 53 de la Ley 769 de 2002, en el sentido de eliminar la exigencia del Seguro Obligatorio SOAT, como requisito indispensable para la realización de la revisión T écnico –mecánica y de emisiones contaminantes de los vehículos automotores. En consecuencia, los Centros de Diagnóstico Automotor-CDA habilitados en el T erritorio Nacional, solicitarán a los usuarios únicamente la Licencia de T ránsito vigente. Lo anterior, en los siguientes términos: “ARTÍCULO 21° . Modifíquese el segundo inciso del artículo 111 del Decreto Ley 2106 de 2019 que modificó el artículo 53 de la Ley 769 de 2002, el cual quedará así: Los resultados de la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, serán consignados en un documento uniforme cuyas características determinará el l'v1inisterio de Transporte. La aceptación

Los resultados de la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, serán consignados en un documento uniforme cuyas características determinará el l'v1inisterio de Transporte. La aceptación de las condiciones de la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes del vehículo, se dará mediante el Certificado de Revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, el cual será entregado al solicitante de manera virtual y con código seguro de verificación, así como con opción de consulta en los Centros de Diagnóstico Automotor y los agentes de tránsito, a través del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Para la revisión del vehículo automotor, se requerirá contar con la licencia de tránsito vigente.” (Subraya fuera de texto). 1Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20204200482121

20204200482121 21-08-2020 Sobre el particular , nos permitimos informar que la Dirección de T ránsito y T ransporte del Ministerio de T ransporte dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 21 de la Ley 2050 del 2020, emitió instrucciones

y T ransporte del Ministerio de T ransporte dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 21 de la Ley 2050 del 2020, emitió instrucciones al Registro Único Nacional de T ránsito-RUNT, para efectuar los desarrollos tecnológicos correspondientes a los que se refiere la citada ley, por lo que los Centros de Diagnóstico Automotor-CDA pueden a partir de la fecha realizar la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes de vehículos automotores requiriendo únicamente a los usuarios , la licencia de tránsito vigente.,. Atentamente, JOHN JAIRO CORREA RODRÍGUEZ Director de Transporte y Tránsito Proyectó: Sandy Gallo Manotas Cristian Fabián Jiménez Martínez - Revisó: T.C. John Fredy Suarez Guerrero 2Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321

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