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MINTRANSPORTE - Circular 20224000000227 de 2022

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20224000000227 de 2022
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2022

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CIRCULAR EXTERNA

20224000000227 09-12-2022 Bogota D.C 7 de diciembre de 2022 Organismos de Transito y Concesion Registro Unico Nacional de TransitoRUNT.

PARA:

VIVIAN HERNANDEZ IBANEZ

Directora de Transporte y Transito DE: Registro inicial para vehiculos nuevos con motor ciclo diesel EURO IV y

EURO V.

ASUNTO: La Ley 1972 de 2019 “Por medio de la cual se establece la proteccion de los derechos a la salud y al medio ambiente sano estableciendo medidas tendientes a la reduccion de emisiones contaminantes de fuentes moviles y se dictan otras disposicioned', tiene por objeto establecer medidas tendientes a la reduccion de emisiones contaminantes al aire provenientes de fuentes moviles que circulen por el territorio nacional, con el fin de resguardar la vida, la salud y goce de ambiente sano.

Asi mismo, en virtud de lo establecido en el articulo 45 de la norma en precedencia, el cual establece una limitacion para los vehiculos nuevos con motor ciclo diesel, al consagrar que: “A partir del 1 de enero de 2023 las fuentes moviles terrestres con motor ciclo diesel que se fabriquen, ensamblen o importen al pais, con rango de operacion nacional, tendran que cumplir con los limites maximos permisibles de emision de contaminantes al aire correspondientes a tecnologfas Euro Vi, su equivalents o superiores”; se hace necesario desde esta cartera ministerial, impartir unos lineamientos para efectuar el registro de estos vehiculos. De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1165 de 2019 upor el cual se dictan disposiciones relativas al Regimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013' frente a la definicion de importacion, establece:

De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1165 de 2019 upor el cual se dictan disposiciones relativas al Regimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013' frente a la definicion de importacion, establece: “Articulo 3°. Definiciones. Las expresiones usadas en este decreto, para efectos de su ■ aplicacion, tendran el significado que a continuacion se determina: i Atencion virtual de lunes a viernes desde las 8:30am - 4:30pm, agendando su cita a traves del enlace: https.:.//bit.ly/2lJFJeTf Atencidn presencial en sede central y direcciones territoriales, agendando su cita a traves del enlace: h.ttps://b.it.ly/3AjYqyH Linea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Linea gratuita nacional: 018000 112042 Radicacidn de PQRS-WEB y trimites: https://mintransporte.poweraopsoortals.com Correo electronico: sery!cioalciudadano@mm;transporte,go.y,c.o•; MIMISTCRIOBE TRANSPORTE ■

CIRCULAR EXTERNA

20224000000227 09-12-2022 (...) Importacion. Es la introduccion de mercancias de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional cumpliendo con los terminos y condiciones previstos en el presente decreto. Tambien se considera importacion, la introduccion de mercancias procedentes de Zona Franca, o de un deposito franco al resto del territorio aduanero nacional, en las condiciones previstas en este decreto. (...) Territorio Aduanero Nacional. Demarcacion dentro de la cual se aplica la legislacion aduanera; cubre todo el territorio nacional, incluyendo el subsuelo, el mar territorial, la

condiciones previstas en este decreto. (...) Territorio Aduanero Nacional. Demarcacion dentro de la cual se aplica la legislacion aduanera; cubre todo el territorio nacional, incluyendo el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona economica exclusiva, el espacio aereo, el segmento de la orbita geoestacionaria, el espectro electromagnetico y el espacio donde actua el Estado colombiano, de conformidad con el derecho internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales. ” De conformidad con la norma en cita, es precise indicar que la importacion de los vehiculos debe entenderse desde el momento en que el vehiculo ingresa al territorio aduanero colombiano, entendido como aquel que cubre todo el territorio nacional, incluyendo el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona economica exclusiva, el espacio aereo, el segmento de la orbita geoestacionaria, el espectro electromagnetico y el espacio donde actua el Estado colombiano. De acuerdo a lo anterior, es precise senalar que para realizar el procedimiento de registro inicial de los vehiculos nuevos con motor ciclo diesel -EURO IV y EURO V, se debera tener en cuenta lo establecido en la Resolucion No. 20223040045295 del 4 de agosto de 2022 “For medio del cual se expide la Resolucion Unica Compilatoria en materia de Transito del Ministerio de Transporte”, la cual enlista los requisites necesarios para adelantar dicho tramite, entre estos, el certificado individual de aduana y/o la declaracidn de importacion, segun el caso, que para su expedicion debera contar con la prueba dinamica que expide la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA. 2

adelantar dicho tramite, entre estos, el certificado individual de aduana y/o la declaracidn de importacion, segun el caso, que para su expedicion debera contar con la prueba dinamica que expide la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA. 2 Atencion virtual de lunes a viernes desde las 8:30am - 4:30pm, agendando su cita a tr'aves del enlace: http.s://MUy/.2U£IeIf Atencidn presencial en sede central y direcciones territoriales, agendando su cita a traves del enlace: https.://b.it.!y/3AjYqyjH Linea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Linea gratuita nacional: 018000 112042 Radicacidn de PQRS-WEB y tramites: Correo electronico: seryjcjoalciudadano@mjntransporte!goy.c.oCIRCULAR EXTERNA 20224000000227 09-12-2022 Conforme lo anterior, los organismos de transit© permitiran el registro de los vehiculos nuevos con motor ciclo diesel -EURO IV y EURO V que esten realizando el proceso de importacion antes del 31 de diciembre de 2022. De igual forma, la concesion RUNT, debera adecuar tecnica y tecnologicamente su sistema, con la finalidad de evitar traumatismos respecto a los tramites administrativos para el registro inicial de estos vehiculos.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE i(

VIVIAN HERNANDE£ IBANEZ

Directora de Transporte y Transit©

ELaboro: Andrea Carolina Mendoza Pere

Adriana Maria Quimbaya Escobar de Transito (E)Revise: Angela Aldana Naranjo - Subdirectora Vivian Hernandez Ibanez - Directora de Transporte y Transito Oscar David Gomez Pineda - Asesor Despacho Ministro de Transporte Atencion virtual de lunes a viernes desde las 8:30am - 4:30pm, agendando su cita a traves del enlace: h.t.tps;././bi.t.,'yZ2y.FTi?;rf Atenciin presencial en sede central y direcciones territoriales, agendando su cita a traves del enlace: http.s;//bit.ly/3AjYqyH Lt'nea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Linea gratuita nacional: 018000 112042 Radicacion de PQRS-WEB y tramites: https://mintransporte,poweraopsoortals.com Correo electronico: seryicioaLciudadanj5@mintra.nsp.orte.goy.co

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