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MINTRANSPORTE - Circular 20224190784611-46767 de 2022

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20224190784611-46767 de 2022
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2022

CIRCULAR EXTERNA

20224190784611 20224190784611 14-07-2022 Bogotá D.C.

PARA: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN – AUTORIDADES DE CONTROL – DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA

POLICIA NACIONAL DE COLOMBIA – DITRA, SUPERINTENDENCIA DE

TRANSPORTE Y TRANSPORTISTAS INTERNACIONALES DE CARGA POR

CARRETERA.

DE: MINISTERIO DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO ASUNTO: AUTORIZACIONES TRANSITORIAS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL, ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA – MINISTERIO DE TRANSPORTE Y LA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAINSTITUTO NACIONAL DE

TRANSPORTE TERRESTRE - INTT.

La Dirección de Transporte y Tránsito, del Ministerio de Transporte, ha venido renovando por periodos de un (1) año las autorizaciones transitorias de transporte Internacional de carga por carretera, alusivas a la Autorización, Ámbito de Operación, Anexo I (relación de vehículos de unidades de carga) y Certificados de Habilitación de Vehículos y Unidades de Carga, expedidas a los transportistas internacionales autorizados de la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela.

T eniendo en cuenta que las mismas cumplirán su vigencia el próximo 27 de julio de 2022, en ese sentido, se hace necesario prorrogar y por el término de un (1) año calendario hasta el 27 de julio de 2023, la potestad de solicitar la renovación de las Autorizaciones Transitorias de Transporte Internacional a los transportistas internacionales de mercancías por carretera de la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela, previa solicitud del representante legal ante el Ministerio de Transporte acompañada de la acreditación y cumplimiento de los requisitos establecidos para la renovación, los cuales se enumeran a continuación: Transportistas Internacionales de la República de Colombia

1. Oficio suscrito por el Representante Legal, solicitando al Ministerio de Transporte la renovación de la autorización.

2. Certificado de Existencia y representación legal (Cámara de Comercio)

3. Relación de vehículos y unidades de carga con la totalidad de las

1Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Atención presencial en sede central y direcciones territoriales, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/3AjYqyH Línea de Servicio al Ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042 Radicación de PQRS-WEB y trámites: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co 1 / 3CIRCULAR EXTERNA 20224190784611 20224190784611 14-07-2022 características técnicas de los vehículos.

Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co 1 / 3CIRCULAR EXTERNA

20224190784611 20224190784611 14-07-2022 características técnicas de los vehículos.

4. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportador

Internacional por Carretera.

5. Documentos que acrediten la propiedad de los vehículos y las unidades de carga.

Transportistas Internacionales de la República Bolivariana de Venezuela

1. Oficio suscrito por el Representante Legal en la República de Colombia, solicitando al Ministerio de Transporte la renovación de la autorización.

2. Poder de Representación Legal en Colombia, elevado a escritura pública, indicando dirección, teléfonos y correo electrónico en la

República de Colombia.

3. Renovación por parte del Instituto Nacional de Transporte T errestre – INTT de la República Bolivariana de Venezuela, de la autorización, ámbito de operación y anexo I – Relación de vehículos y unidades de carga.

4. Relación de vehículos y unidades de carga con la totalidad de las características técnicas de los vehículos.

5. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportador

Internacional por Carretera.

6. Documentos que acrediten la propiedad de los vehículos y las unidades de carga.

En lo relacionado con las autorizaciones transitorias de los transportistas internacionales de la República Bolivariana de Venezuela, las citadas autorizaciones se renovarán de acuerdo con las expediciones de renovación por parte del Instituto Nacional de Transporte T errestre - INTT de la República

internacionales de la República Bolivariana de Venezuela, las citadas autorizaciones se renovarán de acuerdo con las expediciones de renovación por parte del Instituto Nacional de Transporte T errestre - INTT de la República Bolivariana de Venezuela y la respectiva solicitud ante el Ministerio de Transporte, por parte de sus representantes legales acreditados en Colombia. Estas autorizaciones son de carácter transitorio, en garantía del principio fundamental del transporte y de la integración nacional e internacional previsto en el literal d) del artículo 2 de la Ley 105 del 30 de diciembre de 1993 “Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones.” Norma que señala: 2Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Atención presencial en sede central y direcciones territoriales, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/3AjYqyH Línea de Servicio al Ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042 Radicación de PQRS-WEB y trámites: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co

2 / 3CIRCULAR EXTERNA

20224190784611 20224190784611 14-07-2022 “d. De la integración nacional e internacional: El transporte es elemento básico para la unidad Nacional y el desarrollo de todo el territorio colombiano y para la expansión de los intercambios internacionales del País.” Siendo el transporte un elemento básico para la unidad nacional y la expansión de los intercambios internacionales del país, en pro de favorecer la actividad transportadora y comercial entre Colombia y Venezuela, teniendo en cuenta la afectación del servicio público de transporte internacional de mercancías por carretera y ante ausencia de instrumento jurídico para el efecto, el Ministerio de Transporte en aplicación del artículo 20 de la Ley 336 del 1996 “ Por la cual se adopta el estatuto nacional de transporte ” renovará las autorizaciones transitorias de transporte internacional entre Colombia y Venezuela e incorporará a los sistemas informáticos del Ministerio de Transporte dichas renovaciones con el propósito de que las autoridades de control puedan consultar la vigencia de éstas. Vencido el término de un (1) año y/o superadas las situaciones mencionadas, lo que ocurra primero, los permisos transitorios cesarán su vigencia y la prestación del servicio quedará sujeta a las condiciones que se establezcan. Cordialmente, EMIRO JOSÉ CASTRO MEZA Director de Transporte y Tránsito (E) Proyectó: Jennifer Andrea Clavijo Pinzón – Contratista Grupo de Transporte Internacional y Multimodal Carlos Andrés Reyes Jaime - Contratista Subdirección de Transporte Nicolás Alejandro Arias Barbosa - Contratista Viceministerio de Transporte

Proyectó: Jennifer Andrea Clavijo Pinzón – Contratista Grupo de Transporte Internacional y Multimodal

Carlos Andrés Reyes Jaime - Contratista Subdirección de Transporte Nicolás Alejandro Arias Barbosa - Contratista Viceministerio de Transporte Revisó: Andrés María Rumie Palacios – Coordinador Grupo de Transporte Internacional y Multimodal

Aprobó: Ángela Aldana Naranjo – Subdirectora de Transporte

3Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Atención presencial en sede central y direcciones territoriales, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/3AjYqyH Línea de Servicio al Ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042 Radicación de PQRS-WEB y trámites: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) 3 / 3

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