MINTRANSPORTE - Circular 20231010000237 de 2023
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20231010000237 de 2023
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2023
CIRCULAR EXTERNA
20231010000237 20231010000237 09-06-2023 Bogotá D.C., 09 de junio de 2023
PARA: Organismos de T ránsito, Centros de Reconocimiento de Conductores, Dirección de T ránsito y T ransporte de la Policía Nacional y RUNT.
DE: EDUARDO ENRÍQUEZ CAICEDO Viceministro de T ransporte ASUNTO: Ampliación de Cobertura del Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz. En virtud del artículo 3.4.2. de la Resolución No. 20223040045295 del 2022, por medio de la cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de T ránsito del Ministerio de Transporte, se registra la definición del Certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz como el “(…) documento físico o electrónico expedido y suscrito por un profesional de la salud certificador, que en todo caso debe ejercer alguna de las profesiones exigidas para operar en el Centro de Reconocimiento de Conductores, debidamente facultado por la autoridad u organismo competente para ejercer su profesión, que actúa en nombre y representación de un Centro de Reconocimiento de Conductores habilitado por el Ministerio de Transporte, mediante el cual se certifica ante las autoridades de Tránsito, que el aspirante a obtener por primera vez, recategorizar y/o refrendar la licencia de conducción posee la aptitud física, mental y de coordinación motriz que se requieren para conducir un vehículo automotor”.
recategorizar y/o refrendar la licencia de conducción posee la aptitud física, mental y de coordinación motriz que se requieren para conducir un vehículo automotor”. Con base en lo anterior, el artículo mencionado instituyó una limitación a la cobertura de dicho documento, al consagrar que, “(…) el certificado solamente tendráá́ validez ante el Organismo de Tránsito más cercano, sea este municipal o departamental. Los certificados expedidos por los Centros de Reconocimiento de Conductores ubicados en áreas metropolitanas tendrán validez en todos los organismos de tránsito de los municipios que la conforman”. No obstante, el mismo artículo 3.4.2. de la citada norma, estipuló en el parágrafo 1, que, “Para garantizar la cobertura y acceso al servicio, así como para atender las necesidades de renovación y estrategias especiales, el Viceministerio de Transporte del Ministerio de Transporte podráá́ autorizar el uso de Certificados de Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.CIRCULAR EXTERNA
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20231010000237 20231010000237 09-06-2023 Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para Conducir expedidos por Centros de Reconocimiento de Conductores diferentes al más cercano . (subrayado fuera de texto original).
En este sentido, teniendo en cuenta que la Honorable Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-261 de 2022, declaró INEXEQUIBLE el artículo 11 de la Ley 2161 de 2021, difiriendo hasta el 20 de junio de 2023, la vigencia de las licencias que vencían en enero de 2022 , este Ministerio a través de la Circular Externa 20221010000297 del 30/12/2022, amplió a nivel departamental, la cobertura de validez de los certificados de aptitud física, mental y de coordinación motriz, de forma tal que estos puedan ser presentados en cualquier organismo de tránsito del mismo departamento en el cual está ubicado el Centro de Reconocimiento de Conductores-CRC que lo expida, otorgando un plazo para dicha ampliación hasta el 20 de junio de 2023. No obstante, se tiene que según información suministrada por el RUNT, a fecha 07/06/2023, han sido renovadas 765.116 licencias de conducción 1 de un total de 4.628.609, lo que indica que, resta por realizar este trámite sobre un total de 3.863.493 licencias de conducción2, motivo por el cual, se hace necesario ampliar el plazo para que los Centros de Reconocimiento de Conductores-CRC, puedan
4.628.609, lo que indica que, resta por realizar este trámite sobre un total de 3.863.493 licencias de conducción2, motivo por el cual, se hace necesario ampliar el plazo para que los Centros de Reconocimiento de Conductores-CRC, puedan seguir expidiendo los certificados de aptitud física, mental y de coordinación motriz con cobertura departamental. Así las cosas, para el cumplimiento de la presente directriz, la concesión RUNT, deberáá́ parametrizar en el sistema el plazo inicialmente otorgado (20/06/2023) hasta el 31 de diciembre de 2023 , para que sean válidos a nivel departamental, los certificados de aptitud física, mental y de coordinación motriz que expidan los Centros de Reconocimiento de Conductores de la jurisdicción de ese departamento y estos, puedan ser aceptados por cualquier organismo de tránsito ubicado en el mismo departamento para el trámite de renovación de la licencia de conducción. Obliga aclarar que, desde el 21 de junio de 2023, las autoridades de tránsito de control operativo, realizarán los respectivos comparendos por la infracción B.02 por conducir con la licencia de conducción vencida , causal que da lugar a inmovilización en patios oficiales atendiendo lo señalado en 1
Correspondiente a 764.648 personas 2 Correspondiente a 3.702.103 personas Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950
2 Correspondiente a 3.702.103 personas Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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20231010000237 20231010000237 09-06-2023 el artículo 125 del Código Nacional de Tránsito T errestre, siempre y cuando, en el lapso de 60 minutos no se subsane la causa que configura tal actuación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
EDUARDO ENRÍQUEZ CAICEDO Viceministro de Transporte Elaboró: Fernely de J. Castañeda Morales – Asesor Subdirección de T ránsito Revisó: Laura Y . Huertas Calderón – Subdirectora de T ránsito Vivian Hernández IbáñezDirectora de T ransporte y T ránsito Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950
Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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