MINTRANSPORTE - Circular 20244000000297 de 2024
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20244000000297 de 2024
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2024
CIRCULAR EXTERNA
20244000000297 20244000000297 01-06-2024 Bogotá D.C.
PARA: EMPRESAS DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA CON PERMISO DE OPERACIÓN EN EL TRAMO VÍA NACIONAL EN EL MUNICIPIO DE BURITICA, SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA POLICIA NACIONAL, USUARIOS DEL SERVICIO DE
TRANSPORTE DE PASAJEROS.
DE: JHON ALEXANDER HERRERA BENAVIDES – SUBDIRECTOR DE TRANSPORTE ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO ASUNTO: PERMISO ESPECIAL DE OPERACIÓN POR LA CONTINGENCIA QUE SE VIENE PRESENTANDO EN EL TRAMO VÍA NACIONAL EN EL MUNICIPIO DE BURITICA POR BLOQUEO POR PARTE DE LA COMUNIDAD MINERA En atención a las circunstancias especiales que se viene presentando en el tramo de la vía Nacional en el Municipio de Buriticá en el departamento de Antioquia, producto del bloqueo por parte de la comunidad minera, lo cual afecta la movilidad en dicho corredor que implica cierres totales en ese tramo en especial, afectando el acceso y la prestación del servicio público esencial de transporte visto desde la garantía como servicio básico, y conforme a las competencias descritas en el numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto 087 de 2011: “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias” , y atendiendo el comunicado recibido por parte de la UNION DE TRANSPORTADORES UTRANS, en la que requieren la autorización
Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias” , y atendiendo el comunicado recibido por parte de la UNION DE TRANSPORTADORES UTRANS, en la que requieren la autorización para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros por carretera, por las vías alternas ruta Medellín -YarumalCaucasia – Montería y viceversa y como segunda alternativa la vía MedellínSegovia - CaucasiaMontería y viceversa , desde y hacia los terminales de Medellín, Apartadó y centros de despacho de la zona de Urabá principalmente. Considerando lo anterior, la Dirección de T ransporte y T ránsito, a partir de la fecha de esta Circular y hasta que culminen los bloqueos por parte de la comunidad se permite: AUTORIZAR a las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera, que cuenten con servicios autorizados en el trayecto antes indicado, que afecta la movilidad en el corredor principalmente en el municipio de Buriticá en el departamento de Antioquia , para que ejecuten la actividad transportadora por las vías alternas Medellín -YarumalCaucasia – Montería y viceversa Medellín - Segovia - CaucasiaMontería y viceversa , desde y hacia los terminales de Medellín, Apartadó y centros de despacho de la zona de Urabá principalmente, teniendo en cuenta los cierres totales derivados de los bloqueos generados por la comunidad minera. Lo anterior, de conformidad con el carácter esencial del servicio público de transporte, reconocido en el artículo 5 de la Ley 336 de 1996: “Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte” y
con las características de contribuir de modo directo y concreto a la protección de bienes, a la satisfacción de intereses o a la realización de valores, ligados con el respeto, vigencia, ejercicio y efectividad de los derechos y libertades fundamentales; acompasado con lo contenido en el numeral 5 del artículo 3 de la Ley 105 de 1993: “Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.CIRCULAR EXTERNA
20244000000297 20244000000297 01-06-2024 transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones”, respecto de las rutas para el servicio público de transporte de pasajeros, trayecto comprendido entre un origen y un destino, con un recorrido determinado y unas características en cuanto a horarios y frecuencias, que
con base en el previo otorgamiento de los permisos de operación sirven las empresas habilitadas, concepto desarrollado por la sentencia C-408 de 2004 de la Corte Constitucional, en cuanto a que la participación de los particulares debe ser especialmente regulada, vigilada y controlada por el Estado, pues su deber es garantizar la prestación eficiente del mismo, en aras del bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JHON ALEXANDER HERRERA BENAVIDES Director de T ransporte y T ránsito ( E ) Elaboró: Oscar Giovanni Melo Moreno – Coordinador Grupo de Transporte T errestre Revisó: Jhon Alexander Herrera Benavides – Subdirector de T ransporte encargado de las funciones de Director de Transporte y Tránsito Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.