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MINTRANSPORTE - Circular 20244000000547 de 2024

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20244000000547 de 2024
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

CIRCULAR EXTERNA

20244000000547 20244000000547 16-08-2024 Bogotá D.C.

PARA: EMPRESAS DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA CON PERMISO DE OPERACIÓN EN EL TRAMO VIAL AMAGÁ –

INTERCAMBIO VIAL PRIMAVERA (MUNICIPIO DE CALDAS) RUTA NACIONAL

60, SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y

TRANSPORTE DE LA POLICÍA NACIONAL

DE: LUIS ALEJANDRO ZAMBRANO RUIZ Director de Transporte y Tránsito ASUNTO: PERMISO ESPECIAL DE OPERACIÓN POR LA POSIBLE CONTINGENCIA EN EL

TRAMO AMAGÁ – INTERCAMBIO VIAL PRIMAVERA (MUNICIPIO DE CALDAS) RUTA NACIONAL 60, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA En atención a las circunstancias especiales con ocasión de programación de una marcha pacífica organizada por la comunidad de la subregión del suroeste de Antioquia para el día diecisiete (17) de agosto de 2024, entre las 9:00 a.m. y las 3:00 p.m. en el sector denominado como Intercambio vial Primavera (Municipio de Caldas) hasta el sector Las Areneras (Municipio de Amagá) ruta nacional 60, que podría provocar cierres viales que afectan la prestación del servicio público esencial de transporte, y en cumplimiento de las competencias establecidas en el numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto 087 de 2011, que regula la estructura del Ministerio de Transporte y las funciones de sus dependencias, y considerando el comunicado de las agremiaciones del transporte

intermunicipal de pasajeros por carretera vinculadas en ATPA con permisos de operación en el trayecto afectado por dichas circunstancias. Esta Dirección de Transporte y Tránsito, para el día diecisiete (17) de agosto de 2024 entre las 9:00 a.m. y las 3:00 p.m., y en la medida que las circunstancias especiales no permitan el paso vehicular en el tramo Amagá – Intercambio Vial Primavera (Municipio de Caldas), se permite: AUTORIZAR a las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera, que cuenten con servicios autorizados en el trayecto antes indicado, con afectación en la movilidad debido a las posibles circunstancias mencionadas, para que ejecuten la actividad transportadora por las vías alternas: Medellín - Primavera - Santabárbara - La Pintada - Bolombolo. Medellín - Santafé de Antioquia - Bolombolo. Lo anterior, de conformidad con el carácter esencial del servicio público de transporte, reconocido en el artículo 5 de la Ley 336 de 1996: “Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte” y con las características de contribuir de modo directo y concreto a la protección de bienes, a la 1 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 1 / 2 etropsnarT ed oiretsiniM le rop etnemlatigid odamrif otnemucoD .ocinórtcele otnemucod ed acitnétua aipoc anu se atsE

61-80-4202 :le odareneG

CIRCULAR EXTERNA

20244000000547 16-08-2024 Bogotá D.C.

PARA: EMPRESAS DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA CON PERMISO DE OPERACIÓN EN EL TRAMO VIAL AMAGÁ -

INTERCAMBIO VIAL PRIMAVERA (MUNICIPIO DE CALDAS) RUTA NACIONAL

60, SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y

TRANSPORTE DE LA POLICÍA NACIONAL

DE: LUIS ALEJANDRO ZAMBRANO RUIZ Director de Transporte y Tránsito ASUNTO: PERMISO ESPECIAL DE OPERACIÓN POR LA POSIBLE CONTINGENCIA EN EL

TRAMO AMAGÁ - INTERCAMBIO VIAL PRIMAVERA (MUNICIPIO DE CALDAS) RUTA NACIONAL 60, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA En atención a las circunstancias especiales con ocasión de programación de una marcha pacífica

organizada por la comunidad de la subregión del suroeste de Antioquia para el día diecisiete (17) de agosto de 2024, entre las 9:00 a.m. y las 3:00 p.m. en el sector denominado como Intercambio vial Primavera (Municipio de Caldas) hasta el sector Las Areneras (Municipio de Amagá) ruta nacional 60, que podría provocar cierres viales que afectan la prestación del servicio público esencial de transporte, y en cumplimiento de las competencias establecidas en el numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto 087 de 2011, que regula la estructura del Ministerio de Transporte y las funciones de sus dependencias, y considerando el comunicado de las agremiaciones del transporte o intermunicipal de pasajeros por carretera vinculadas en ATPA con permisos de operación en el c . v o trayecto afectado por dichas circunstancias. g . e t r o Esta Dirección de Transporte y Tránsito, para el día diecisiete (17) de agosto de 2024 entre las 9:00 p s n a.m. y las 3:00 p.m., y en la medida que las circunstancias especiales no permitan el paso vehicular a r t en el tramo Amabgá - Intercambio Vial Primavera (Municipio de Caldas), se permite: n i m . AUTORIZAR a las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera, que w w w cuenten con servicios autorizados en el trayecto antes indicado, con afectación en la movilidad debido a las posibles circunstancias mencionadas, para que ejecuten la actividad transportadora por

las vías alternas: Medellín - Primavera - Santabárbara - La Pintada - Bolombolo. Medellín - Santafé de Antioquia - Bolombolo. Lo anterior, de conformidad con el carácter esencial del servicio público de transporte, reconocido en el artículo 5 de la Ley 336 de 1996: “Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte” y con las características de contribuir de modo directo y concreto a la protección de bienes, a la 1 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

CIRCULAR EXTERNA

20244000000547 20244000000547 16-08-2024 satisfacción de intereses o a la realización de valores, ligados con el respeto, vigencia, ejercicio y efectividad de los derechos y libertades fundamentales; acompasado con lo contenido en el numeral 5 del artículo 3 de la Ley 105 de 1993: “Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el

transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones”, respecto de las rutas para el servicio público de transporte de pasajeros, trayecto comprendido entre un origen y un destino, con un recorrido determinado y unas características en cuanto a horarios y frecuencias, que con base en el previo otorgamiento de los permisos de operación sirven las empresas habilitadas, concepto desarrollado por la sentencia C-408 de 2004 de la Corte Constitucional, en cuanto a que la participación de los particulares debe ser especialmente regulada, vigilada y controlada por el Estado, pues su deber es garantizar la prestación eficiente del mismo, en aras del bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS ALEJANDRO ZAMBRANO RUIZ

Director de Transporte y Tránsito

Elaboró: Miguel Ángel Bastidas

Revisó: Jhon Alexander Herrera Benavides – Subdirector de transporte

Maria Carolina Morillo Adrian Camilo Molina Rivera 2 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com

Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) 2 / 2 etropsnarT ed oiretsiniM le rop etnemlatigid odamrif otnemucoD .ocinórtcele otnemucod ed acitnétua aipoc anu se atsE 61-80-4202 :le odareneG

CIRCULAR EXTERNA

20244000000547 16-08-2024 satisfacción de intereses o a la realización de valores, ligados con el respeto, vigencia, ejercicio y efectividad de los derechos y libertades fundamentales; acompasado con lo contenido en el numeral 5 del artículo 3 de la Ley 105 de 1993: “Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones”, respecto de las rutas para el servicio público de transporte de pasajeros, trayecto comprendido entre un origen y un destino, con un recorrido determinado y unas características en cuanto a horarios y frecuencias, que con base en el previo otorgamiento de los permisos de operación sirven las empresas habilitadas, concepto desarrollado por la sentencia C-408 de 2004 de la Corte Constitucional, en cuanto a que la participación de los particulares debe ser especialmente regulada, vigilada y controlada por el Estado, pues su deber es garantizar la prestación eficiente del mismo, en aras del bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS ALEJANDRO ZAMBRANO RUIZ

Director de Transporte y Tránsito

Elaboró: Miguel Ángel Bastidas

o Revisó: Jhon Alexander Herrera Benavides - Subdirector de transporte c . Maria Carolina Morillo v o Adrian Camilo Molina Rivera g . e t r o p s n a r t n i m . w w w Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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