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MINTRANSPORTE - Circular 20244000000817-75740 de 2024

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20244000000817-75740 de 2024
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

CIRCULAR EXTERNA

20244000000817 20244000000817 09-12-2024 Bogotá D.C.

PARA: EMPRESAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE

AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA

DE: LUIS ALEJANDRO ZAMBRANO RUIZ Director de Transporte y Tránsito Asunto: Lineamientos para la verificación del cumplimiento de los requisitos para la prestación del servicio, de los permisos de operación otorgados en el marco de los concursos de rutas y horarios CR-MT-002-2022, CR-MT-003-2022 y

CR-MT-004-2022.

El Decreto 087 de 2011, en su artículo 14, numeral 14.3, establece como función de la Dirección de Transporte y Tránsito “Planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar, en coordinación con el Despacho del Viceministro de Transporte, la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la gestión del transporte, tránsito y seguridad en los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo”. Que, el artículo 2.2.1.4.5.2. del Decreto 1079 de 2015, indica que la prestación del servicio público de transporte de pasajeros por carretera estará sujeta a la expedición de un permiso o la celebración de un contrato de concesión o de operación por parte del Ministerio de Transporte. Que, la Ministra de Transporte en ejercicio de sus facultades expidió la Resolución 6184 de 2018 "Por la cual se adoptan las reglas con las cuales se desarrollará el procedimiento para el otorgamiento del permiso de operación de rutas y horarios en el servicio público

Que, la Ministra de Transporte en ejercicio de sus facultades expidió la Resolución 6184 de 2018 "Por la cual se adoptan las reglas con las cuales se desarrollará el procedimiento para el otorgamiento del permiso de operación de rutas y horarios en el servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera".

Que, la Subdirección de Transporte el día 01 de julio del año 2022, a través de las resoluciones 20223040038115, 20223040038125 y 20223040038235, ordenó la apertura de los concursos de rutas y horarios CR-MT-002-2022, CR-MT-003-2022 y CR-MT-004-2022, respectivamente. Que, en concordancia con lo anterior, la Subdirección de Transporte publicó en la plataforma Colombia Compra Eficiente SECOP II, los términos de referencia de los concursos anteriormente mencionados, en los cuales se estipuló lo siguiente:

“1.4. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA LA

PRESTACIÓN DEL SERVICIO

1 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 1 / 6CIRCULAR EXTERNA

20244000000817 20244000000817 09-12-2024 Antes de iniciar la prestación del servicio, el Ministerio de Transporte verificará el cumplimiento de la totalidad de condiciones ofrecidas por la empresa a la que se otorga el permiso de operación de la o las rutas, y la habilitación de la empresa en la respectiva modalidad. El proponente seleccionado que deba obtener la habilitación en la modalidad de transporte de pasajeros por carretera tendrá un plazo máximo de 30 días calendario, posterior a la ejecutoria del acto administrativo que otorgó la ruta para solicitarla ante el Ministerio de Transporte. El trámite de se hará conforme a los plazos y requisitos establecidos en el Decreto 1079 de 2015. El Ministerio de Transporte, como autoridad competente, en el respectivo acto administrativo del permiso de operación, definirá el plazo para dar inicio a la prestación del servicio, de acuerdo con la capacidad transportadora asignada, teniendo en cuenta el tiempo que se estime para que la empresa pueda cumplir con la adquisición de la flota y demás factores que sean determinantes, plazo que no podrá ser superior a doce (12) meses.

teniendo en cuenta el tiempo que se estime para que la empresa pueda cumplir con la adquisición de la flota y demás factores que sean determinantes, plazo que no podrá ser superior a doce (12) meses. La empresa que se hizo al otorgamiento de la ruta, dentro del plazo establecido en el acto administrativo, deberá radicar ante el Ministerio de Transporte solicitud de visita de verificación de las condiciones para dar inicio a la prestación del servicio, caso en el cual, el Ministerio de Transporte tendrá un período máximo de un (1) mes para realizarla. Cuando la(s) empresa (s) autorizadas no solicite (n) la visita, el Ministerio de Transporte procederá a efectuarla dentro de los treinta (30) días anteriores al vencimiento del plazo establecido en el acto administrativo de permiso de operación. De la visita se levantará un acta debidamente firmada, donde deberá señalar con claridad, los compromisos ofrecidos por la empresa autorizada en su propuesta, incluyendo la habilitación. A la visita deben asistir las siguientes personas:

  1. El representante legal de la empresa seleccionada. ii. El Director Territorial del Ministerio de Transporte o su delegado según sea la sede principal del proponente. iii. Un (1) designado de la Subdirección de Transporte.

En el evento de fuerza mayor que impidan efectuar la visita de verificación se deberá reprogramar la misma dentro de los tres (3) días hábiles siguientes. En la visita de verificación de cumplimiento de los compromisos ofrecidos en la propuesta se revisarán, entre otros, los siguientes aspectos: 2 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

En la visita de verificación de cumplimiento de los compromisos ofrecidos en la propuesta se revisarán, entre otros, los siguientes aspectos: 2 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 2 / 6CIRCULAR EXTERNA

20244000000817 20244000000817 09-12-2024

  1. Condiciones de existencia y funcionamiento del taller indicado en la propuesta, donde realiza la revisión y mantenimiento de los vehículos que pertenecen al parque automotor del proponente. ii. Implementación y funcionamiento del sistema de control y asistencia en el recorrido de la ruta con las características ofrecidas. iii. Modelo(s), clase(s), condiciones de homologación de los vehículos.

Una vez suscrita el acta respectiva donde se constate por parte de los designados del Ministerio de Transporte el cumplimiento de los compromisos ofrecidos, la empresa seleccionada deberá dar inicio a la prestación del

Una vez suscrita el acta respectiva donde se constate por parte de los designados del Ministerio de Transporte el cumplimiento de los compromisos ofrecidos, la empresa seleccionada deberá dar inicio a la prestación del servicio en la ruta al día siguiente de la fecha suscrita en el acta de visita de verificación. En caso de que en la visita de verificación se evidencie el no cumplimiento de la totalidad de los compromisos ofrecidos, la empresa seleccionada contará, por una única vez, con un plazo máximo de treinta (30) días calendario, los cuales se contarán a partir de la fecha de realización de la visita, para dar cumplimiento. Transcurrido este plazo sin que se cumpla la totalidad de los requisitos para el inicio de la prestación de servicio, el Ministerio de Transporte, mediante acto administrativo motivado, revocará el permiso y otorgará los horarios, asignándolos, entre las demás empresas seleccionadas, de acuerdo al porcentaje obtenido en la distribución, siempre y cuando, las mismas sean igualmente favorables para la prestación del servicio. El permiso para prestar el servicio público de transporte es revocable en atención a lo establecido en la Ley 1437 de 2011 y obliga a su beneficiario a cumplir las condiciones propuestas y establecidas en la resolución que las concedió, de acuerdo con el artículo 2.2.1.4.5.2 del Decreto 1079 de 2015.” Que, la Subdirección de Transporte otorgó los permisos de operación de las rutas y horarios de los concursos CR-MT-002-2022, CR-MT-003-2022 y CR-MT-004-2022, mediante

Que, la Subdirección de Transporte otorgó los permisos de operación de las rutas y horarios de los concursos CR-MT-002-2022, CR-MT-003-2022 y CR-MT-004-2022, mediante las resoluciones 20223040064615 del 27 de octubre de 2022, 20223040064625 del 27 de octubre de 2022 y 20223040065125 del 31 de octubre de 2022, respectivamente, definiendo el plazo máximo para dar inicio a la prestación del servicio, así: “La empresa a la cual se le otorga el permiso de operación, deberá entrar a prestar el servicio dentro del plazo de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la ejecutoria del presenta acto administrativo.” 3 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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20244000000817 20244000000817 09-12-2024 Que, la Subdirección de Transporte resolvió los recursos de reposición en contra de los actos administrativos que otorgaron los permisos de operación de las rutas y horarios de los concursos CR-MT-002-2022, CR-MT-003-2022 y CR-MT-004-2022, mediante la expedición de las resoluciones 20233040040355, 20233040040265 y 20233040040275 del 19 de septiembre de 2023, respectivamente. Que, la Dirección de Transporte y Tránsito resolvió los recursos de apelación en contra de los actos administrativos que otorgaron los permisos de operación de las rutas y horarios de los concursos CR-MT-002-2022, CR-MT-003-2022 y CR-MT-004-2022, mediante la expedición de las resoluciones 20243040021145 del 15 de mayo de 2024, 20243040021285 del 15 de mayo de 2024, y 20243040025235 del 5 de junio de 2024. Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 87 de la Ley 1437 de 2011, los actos administrativos quedarán en firme: “(…) 2. Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos. (…)” Que, por solicitudes allegadas al Ministerio de Transporte, el Grupo de Notificaciones del Ministerio de Transporte, expidió los certificados de ejecutoria de los actos administrativos

anteriormente mencionados, indicando la fecha de ejecutoria para cada proceso, así:

CONCURSO RESOLUCIÓN FECHA CR-MT-002-2022 20223040064615 del 27-10-2022 22 de mayo de

2024 CR-MT-003-2022 20223040064625 del 27-10-2022 19 de junio de 2024 CR-MT-004-2022 20223040065125 del 31-10-2022 24 de mayo de 2024 Que, la Subdirección de Transporte, procedió a revisar las actas de ejecutoria entregadas por el Grupo de Notificaciones del Ministerio de Transporte, evidenciando errores involuntarios de notificación, en el sentido de que no se notificó a la totalidad de las empresas proponentes, por lo que, este Despacho determina que los actos administrativos anteriormente relacionados, no están debidamente ejecutoriados. Que, en consecuencia de lo anterior, el Ministerio de Transporte consideró pertinente sanear el proceso de notificación, en aras de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad a las empresas proponentes, por lo que, se modificaron las fechas de ejecutoria, de la siguiente manera: CONCURSO RESOLUCIÓN FECHA CR-MT-002-2022 20223040064615 del 28 de octubre de 4 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950

Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 4 / 6CIRCULAR EXTERNA

20244000000817 20244000000817 09-12-2024 27-10-2022 2024 CR-MT-003-2022 20223040064625 del 27-10-2022 28 de octubre de 2024 CR-MT-004-2022 20223040065125 del 31-10-2022 22 de octubre de 2024 Así las cosas, es pertinente aclarar que, el plazo máximo para el inicio de la prestación del servicio, se inicia a contar a partir del día 28 de octubre de 2024 para los concursos CR-MT-002-2022 y CR-MT-003-2022, y a partir del 22 de octubre de 2024 para el concurso

CR-MT-004-2022.

No obstante, en lo referente al parque automotor ofrecido, los términos de referencia de los concursos, en la Nota 3 del numeral 5.2.1., estipularon: “NOTA 3: Cuando la empresa proponente ofrezca en su propuesta vehículos nuevos (es decir, edad promedio cero años), y resulte seleccionado con el otorgamiento del permiso de la ruta, debe garantizar al momento de

“NOTA 3: Cuando la empresa proponente ofrezca en su propuesta vehículos nuevos (es decir, edad promedio cero años), y resulte seleccionado con el otorgamiento del permiso de la ruta, debe garantizar al momento de iniciación en la prestación del servicio, que los vehículos son nuevos y matriculados con posterioridad a la ejecutoria del acto administrativo que autorizó la ruta.” (subrayado fuera de texto) Sin embargo, teniendo en cuenta que algunas empresas dieron cumplimiento a lo dispuesto en los términos de referencia frente a la matrícula de los vehículos, tomando la fecha consignada en la primera acta de ejecutoria de las resoluciones de adjudicación, este Despacho determina que para efectos de lo establecido en la Nota 3 del numeral 5.2.1, se considerarán como válidos aquellos vehículos cuya matrícula se haya adelantado después del día 22 de mayo de 2024 para el concurso CR-MT-002-2022, 19 de junio de 2024 para el concurso CR-MT-003-2022 y 24 de mayo de 2024 para el concurso

CR-MT-004-2022.

De igual manera, en el caso de las visitas de verificación de cumplimiento de requisitos, efectuadas por la Entidad antes de la modificación de las fechas de ejecutoria, se considerarán como válidas. Las anteriores disposiciones se toman con la finalidad de garantizar a las empresas

oferentes un plazo razonable para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS ALEJANDRO ZAMBRANO RUIZ

5 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 5 / 6CIRCULAR EXTERNA

20244000000817 20244000000817 09-12-2024 Director de Transporte y Tránsito

Elaboró: Fernando Guio / Leidy Johana T ovar

Revisó: Viviana Alejandra Gil / Jhon Alexander Herrera

6 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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