MINTRANSPORTE - Circular 20244200000777 de 2024
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20244200000777 de 2024
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2024
CIRCULAR EXTERNA
20244200000777 20244200000777 25-11-2024 Bogotá, D.C.
PARA: CENTROS DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR, ORGANISMO NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE COLOMBIA (ONAC), PROPIETARIOS, POSEEDORES Y/O
TENEDORES DE TRICIMOTOS.
DE: SUBDIRECCIÓN DE TRÁNSITO.
ASUNTO: REVISIÓN TECNICO-MECANICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES PARA LA
CLASE DE VEHICULO TRICIMOTO.
1. Facultades Conforme a lo establecido en el Decreto 087 de 2011, “ Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias”, el Ministerio de Transporte es la entidad del Gobierno Nacional encargada de la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. Además, es la autoridad suprema en materia de tránsito, en todo el territorio nacional, de acuerdo a lo señala el artículo 1º de la Ley 769 de 2002 “Por la cual se expide el Código Nacional de
Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”. En consecuencia, el Ministerio de Transporte es la autoridad suprema en materia de tránsito en todo el territorio nacional y es la entidad encargada de la formulación y adopción de políticas, planes, programas, proyectos, regulación económica y técnica en materia de transporte, tránsito e infraestructura, para todos los modos de transporte, esto conforme a lo establecido en la Ley 769 de 2002 y Decreto 087 de 2011.
2. Fundamentos fácticos y jurídicos.
En respuesta a los numerosos reclamos, acciones de tutela y manifestaciones de los usuarios del servicio de Revisión T écnico-Mecánica, en particular de los propietarios de vehículos de la clase Tricimoto, se ha identificado una problemática recurrente. Los usuarios de la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes reportan la imposibilidad de acceder a este servicio para la tipología Tricimoto en particular, ya que, hasta la fecha, no existen Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) acreditados con 1 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf
Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 1 / 3CIRCULAR EXTERNA
20244200000777 20244200000777 25-11-2024 alcance para realizar la Revisión T écnico-Mecánica de estos vehículos. Esta situación impide que los propietarios de Tricimotos puedan circular legalmente, debido a que no pueden acreditar las condiciones mínimas de seguridad, y les imposibilita realizar trámites como el traspaso, al no contar con la revisión exigida. Por lo anterior, la presente circular tiene como objetivo orientar el procedimiento para llevar a cabo la Revisión T écnico-Mecánica de los vehículos de la clase Tricimoto y facilitar que los Centros de Diagnóstico Automotor puedan ofrecer este servicio sin riesgo de perder su acreditación , cumpliendo con las reglas del servicio de acreditación del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC). Por lo tanto, se busca asegurar que los CDA’s operen con total certeza jurídica y mantengan la confianza en el cumplimiento de los requisitos de acreditación establecidos.
3. Disposiciones.
Para salvaguardar la seguridad vial y garantizar que los propietarios de los vehículos de clase Tricimotos puedan cumplir con la normatividad vigente en relación a la Revisión T écnico-Mecánica, el Ministerio de Transporte autoriza la revisión de estos vehículos bajo
Para salvaguardar la seguridad vial y garantizar que los propietarios de los vehículos de clase Tricimotos puedan cumplir con la normatividad vigente en relación a la Revisión T écnico-Mecánica, el Ministerio de Transporte autoriza la revisión de estos vehículos bajo los parámetros y requisitos aplicables a la tipología Motocarro, los cuales se encuentran establecidos en la Norma T écnica Colombiana NTC 5375, por parte de Centros de Diagnóstico Automotor que cuenten con la tipología Motocarro dentro de su alcance de acreditación otorgada por ONAC. Esta medida estará vigente hasta que al menos un Centro de Diagnóstico Automotor en Colombia obtenga o amplíe su acreditación con ONAC para revisar Tricimotos con base en el referente normativo aplicable, la Norma T écnica Colombiana NTC 6282.
4. Conclusiones.
La seguridad vial debe prevalecer en la prestación del servicio relacionado con la Revisión T écnico-Mecánica. Que los propietarios de estos vehículos no puedan realizar este trámite en ningún Centro de Diagnostico Automotor del país, expone a que los usuarios de los vehículos de clase Tricimoto, no puedan demostrar que sus vehículos cuentan con las condiciones mínimas de seguridad, que garanticen la integridad de todos los actores viales. Finalmente, se exhorta a todos los Centros de Diagnóstico Automotor a cumplir con las normativas establecidas y a garantizar la calidad, como la fiabilidad de los servicios
2 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 2 / 3CIRCULAR EXTERNA
20244200000777 20244200000777 25-11-2024 prestados en beneficio de la seguridad vial y la satisfacción de los usuarios.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JAVIER ARIAS CERÓN
Subdirector de Tránsito
Elaboró: Oscar Eduardo Valencia Varela
Revisaron: Javier Arias Cerón
3 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf
Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
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