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MINTRANSPORTE - Circular 20261010000047 de 2026

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20261010000047 de 2026
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

CIRCULAR EXTERNA

20261010000047 20261010000047 26-01-2026

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Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Bogotá D.C.,

PARA: ORGANISMOS DE TRANSITO.

DE: VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE.

ASUNTO: Lineamientos de comunicación para la divulgación de campañas de concientización sobre el traspaso de propiedad de vehículos y el cierre del trámite de traspaso a persona indeterminada, en cumplimiento de la obligación prevista en 20253040049955 “Por la cual se modifica la Sección 3 del Capítulo 3 del Título 5 de la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito 20223040045295 de 2022, respecto al registro propiedad de un vehículo automotor a persona indeterminada y registro a favor del interesado y se dictan otras disposiciones”

Tránsito 20223040045295 de 2022, respecto al registro propiedad de un vehículo automotor a persona indeterminada y registro a favor del interesado y se dictan otras disposiciones”

1. FUNDAMENTOS FACTICOS Y JURIDICOS: El Viceministerio de Transporte, en ejercicio de las facultades y competencias previstas en el artículo 13 del Decreto 87 de 2011, “ por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte y se determinan las funciones de sus dependencias ”, el cual asigna al Viceministro de Transporte, entre otras funciones, la de “ realizar la coordinación sectorial e intersectorial para la planeación y formulación de políticas, estrategias y estudios relacionados con los servicios de transporte y tránsito, la logística, la seguridad vial y los sistemas inteligentes de transporte, orientados al desarrollo económico y social del país ”, imparte las siguientes orientaciones dirigidas a los Organismos de Tránsito, con el propósito de definir la línea estratégica de comunicación de las campañas de concientización sobre el traspaso de propiedad de vehículos que deben adelantarse periódicamente en sus respectivas jurisdicciones.

Dichas campañas tienen como finalidad informar de manera clara, precisa y oportuna sobre los requisitos y procedimientos para efectuar el tras paso de propiedad de vehículos, incluyendo el cierre del trámite de traspaso a persona indeterminada, el registro a favor del interesado y la legalización del traspaso, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.3.2.15 de la Resolución Única Compil atoria de Tránsito adicionado por el artículo 1 Resolución 20253040049955 de 2025. En este sentido, se expide la presente circular de carácter orientativo, con el fin de

5.3.2.15 de la Resolución Única Compil atoria de Tránsito adicionado por el artículo 1 Resolución 20253040049955 de 2025. En este sentido, se expide la presente circular de carácter orientativo, con el fin de garantizar una difusión coherente y oportuna de las campañas de concientización a cargo de los Organismos de Tránsito, fortalecer la seguridad jurídica en la propiedad de los vehículos y asegurar la adecuada actualización de la información en el Registro ÚnicoCIRCULAR EXTERNA 20261010000047 20261010000047 26-01-2026

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Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Nacional de Tránsito (RUNT). Lo anterior se precisa sin perjuicio de que, si bien el Ministerio de Transporte es la autoridad suprema en materia de tráns ito y transporte, no ostenta la calidad de superior jerárquico de los Organismos de Tránsito, los cuales gozan de autonomía e independencia.

de Transporte es la autoridad suprema en materia de tráns ito y transporte, no ostenta la calidad de superior jerárquico de los Organismos de Tránsito, los cuales gozan de autonomía e independencia.

2. ORIENTACIONES:

2.1 Eliminación del trámite de traspaso a persona indeterminada.

Se reitera que el trámite de traspaso de vehículo a persona indeterminada tiene un carácter transitorio y que, de conformidad con la normativa vigente, solo estará habilitado hasta el 6 de febrero de 2026.

En consecuencia, los organismos de tránsito deberán orientar a los ciudadanos que aún cuenten con este tipo de registro para que adelanten oportunamente las actuaciones necesarias que permitan la formalización del derecho de propiedad, evitando posibles sanciones y contingencias jurídicas posteriores.

2.2. Registro de propiedad a favor del interesado y legalización del registro.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.3.2.15 de la Resolución Única Compilatoria de Tránsito, se mantiene habilitada la figura del registro a favor del interesado y legalización del registro co mo mecanismos de regularización, con una vigencia hasta febrero de 2027.

Este instrumento constituye una alternativa para que los ciudadanos culminen el proceso de formalización de la propiedad del vehículo, una vez superada la etapa transitoria del traspaso a persona indeterminada, garantizando así la correspondencia entre la titularidad jurídica y la realidad material del bien.

Al respecto, los organismos de tránsito deberán brindar información clara, suficiente y oportuna sobre este trámite, en el marco de sus competencias y procedimientos internos.

jurídica y la realidad material del bien.

Al respecto, los organismos de tránsito deberán brindar información clara, suficiente y oportuna sobre este trámite, en el marco de sus competencias y procedimientos internos.

2.3. Lineamiento comunicacional y autonomía de los organismos de tránsito.

En el marco de la estrategia institucional, el nombre oficial de la campaña definida por el Ministerio de Transporte es #FormalizaTuT raspaso, así como los mensajes marco que orientan la comunicación a la ciudadanía:

  • El trámite de traspaso de un vehículo es único.CIRCULAR EXTERNA

20261010000047 20261010000047 26-01-2026

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Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. - El traspaso de vehículo a persona indeterminada se elimina. Consulta tu situación en el RUNT y actúa antes del 6 de febrero de 2026.

  • El traspaso de vehículo a persona indeterminada se elimina. Consulta tu situación en el RUNT y actúa antes del 6 de febrero de 2026.

Se debe mencionar que si bien los organismos de tránsito gozan de autonomía administrativa y operativa para definir la forma y los canales mediante los cuales implementan sus acciones de divulgación, el Ministerio de Transporte espera que se desarrollen campañas informativas alineadas con estos mensajes y con los lineamientos institucionales aquí señalados, con el fin de garantizar una comunicación clara, coherente y uniforme a nivel nacional.

2.4. Inspección, Vigilancia y Control a cargo de l a Superintendencia de Transporte.

Finalmente, se informa que la Superintendencia de Transporte, en el marco de sus competencias legales, adelantará las acciones de inspección, vigilancia y control correspondientes, con el fin de verificar la adecuada apl icación de la normatividad vigente y el cumplimiento de las campañas de concientización sobre el traspaso de propiedad de vehículos en el país.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

LINA MARIA MARGARITA HUARI MATEUS Viceministra de Transporte (E)

Elaboró: Daniela Beltrán Pulido – Grupo Regulación

Nataly Lagos Hernández – Subdirección de Tránsito Natalia Jiménez Espitia – Viceministerio de Transporte María Camila Molina Rodríguez – Viceministerio de Transporte

Revisó: Lina María Margarita Huari Mateus – Viceministra de Transporte (E)

Douglas Andrés González Pinzón – Subdirector de Tránsito

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