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MINTRANSPORTE - Circular Conjunta Externa 073 de 2016

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular Conjunta Externa 073 de 2016
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2016

Superintendencia de Puertos y Transporte República de Colombia

CIRCULAR CONJUNTA EXTERNA No.

Del n__n n n 7 '.'l n 7 on wu; PARA: EMPRESAS DE TRANSPÓRTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE

PASAJEROS POR CARRETERA, EMPRESAS DE TRANSPORTE TERRESTRE

AUTOMOTOR ESPECIAL, TERMINALES DE TRANSPORTE, DIRECTORES

TERRITORIALES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN DE

TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA POLÍCIA NACIONAL Y AUTORIDADES DE

TRANSPORTE MUNICIPAL.

DE: DIRECTORA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO Y SUPERINTENDENTE DELEGADA

DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR.

ASUNTO: Empresas que pueden despachar vehículo en convenio y /o contrato de colaboración en la época de receso escolar.

Respetados Señores: Mediante Circular Conjunta No. 064 de 2016, expedida por el Ministério de Transporte y la Superintendencia de Puertos y Transporte, se establecieron los estándares para formalizar los convenios y/o contratos de colaboración empresarial, para atender épocas de alta demanda. Así como, el plazo para prestar el convenio.

En Circular No. 068 de 2016, se amplió el plazo para la presentación de los convenios y/o contratos de colaboración empresarial, únicamente para a la temporada alta de receso escolar el presente año, hasta el 20 de septiembre de 2016. Teniendo en cuenta lo anterior y una vez analizada la información allegada por las empresas de transporte y los terminales de transporte, a continuación se relacionan las empresas cuyos convenios y/o contratos con empresas de transporte especial,

2016. Teniendo en cuenta lo anterior y una vez analizada la información allegada por las empresas de transporte y los terminales de transporte, a continuación se relacionan las empresas cuyos convenios y/o contratos con empresas de transporte especial, cumplieron con las condiciones establecidas en la referida circular. Si bien algunos convenios fueron presentados ante los terminales de transporte, después del 20 de septiembre, se aceptaron los convenios remitidos ante la Superintendencia o ante el Ministerio, dentro del plazo establecido, que cumplían con los requisitos. Por lo tanto, los terminales de transporte sólo podrán permitir el despacho por convenio, de los vehículos que estén relacionados en el siguiente LINK: www. supertra ns porte. gov.co/documentos/2016/Octubrerr ransito 07 /CONSOLIDADO Se recuerda que conforme a lo señalado en el artículo 2.3.3.2.1.11.1 Decreto 1075 de 2015, que compiló el Decreto 1373 de 2007, la semana de receso escolar para los establecimientos de educación preescolar, básica y media, incorporarán en su calendario académico, cinco (5) días de receso estudiantil en las semana 1Superintendencia de Puertos y Transporte República de Colombia TODOS POR UN NUEVO PAÍS f'A,2 EQVIOAO fOU(AfiIOt: O O D D 7 3 - O 7 QST 2Q16 inmediatamente anterior al día feriado, en el que se conmemora el descubrimiento de América, que inicia desde el 8 de octubre hasta el 18 de octubre de 2016. No. Nombre de la Empresa Autorizada

1. BERLITUR S.A.S

2. COMPAÑIA DE TAXIS VERDES S.A.

3. COMPAÑIA LIBERTADOR S.A.

No. Nombre de la Empresa Autorizada

1. BERLITUR S.A.S

2. COMPAÑIA DE TAXIS VERDES S.A.

3. COMPAÑIA LIBERTADOR S.A.

4. COOPERATIVA DE MOTORISTAS DEL HUILA Y CAOUETA

LTDA

5. COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DE GARZON.

6. COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL HUILA LTDA

7. COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL PUTUMAYO

COONSTRANSMAYO LTDA

8. COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL SUR DEL

TOLIMA LIMITADA

9. COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL URABA Y

OCCIDENTE ANTIOQUEÑO

10. COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES FLOTA NORTE

LTDA.

11. COOPERATIVA DE TRASNPORTADORES DEL TOLIMA LTDA.

12. COOPERATIVA ESPECIALIZADA DE TRANSPORTADORES

SIMÓN BOLIVAR LTDA

13. COOPERATIVA INTEGRAL TRANSPORTADORES COMBITA

14 COOPERATIVA LABOYANA DE TRANSPORTADORES

15. COOPERATIVA MUL TIACTIVA DE TRANSPORTES DE URRAO

16. COOPERATIVA MULTIACTIVA FLOTA LOS PUERTOS L TOACOOPUERTOS

17. FLOTA LA MACARENA S.A.

18. NUEVA FLOTA BOYACA S.A.

19. SOCIEDAD EXPRESO CAFETERO S.A.S.

20. SOCIEDAD TRANSPORTADORA DE URRAO

21. SOCIEDAD TRANSPORTADORA SANTA BARBARA S.A.

22. SOTR ASANVICENTE & GUATAPE LA PIEDRA S.C.A.

23. TRANSPORTE EXPRESO PALMIRA

24. TRANSPORTES ALIANZA S.A.

21. SOCIEDAD TRANSPORTADORA SANTA BARBARA S.A.

22. SOTR ASANVICENTE & GUATAPE LA PIEDRA S.C.A.

23. TRANSPORTE EXPRESO PALMIRA

24. TRANSPORTES ALIANZA S.A.

25. TRANSPORTES ARMENIA S.A.

26. TRANSPORTES MORICHAL S.A.

27. TRANSPORTES PURIFICACION S.A.

28 TRANSPORTES REINA S.A.

29. TRANSPORTES TIERRA GRATA

30. TRANSPORTES Y TURISMO BERLINAS DEL FONCE S.A.

31 TRANSPORTES YAMEYA S.A.

2Lfit:tacd 'i 01dtn Superintendencia de Puertos y Transporte República de Colombia a u o o 1 3 - u 7 ce r 2016 La presente Circular, rige a partir de su expedición y se publicará en la Página Web de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Dada en Bogotá a los, n O r [l ..., 'l " rnr2 , J U I il - ij / L1-., j Ü/6

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LINA MARÍA M. HUARI MATEUS

Superintendente Delegada de TTO y Transporte

Proyectó y revisó: Angela Galindo y Carlos Arteaga

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