MINTRANSPORTE - Circular Externa 20264000000327 de 2026

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular Externa 20264000000327 de 2026
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

CIRCULAR EXTERNA

20264000000327 20264000000327 28-08-2026 Bogotá D.C.

PARA: CONCESIÓN RUNT 2.0, ORGANISMOS DE TRÁNSITO, DIRECCIONES TERRITORIALES, ORGANISMOS DE APOYO Y DEMÁS ACTORES QUE INTERACTÚAN CON EL REGISTRO

ÚNICO NACIONAL DE TRÁNSITO -RUNTDE: SUSANA MERCEDES CADAVID BARROSPÁEZ Directora de Transporte y Tránsito ASUNTO: Plazo para la actualización de dispositivos periféricos y equipos biométricos que interactúan con el Sistema RUNT PRO del Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT, en el marco de la Circular Externa No. 20254000000817 del 16 de diciembre de 2025. Cordial saludo, La Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, especialmente la contenida en el numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto 087 de 2011, y en el marco de la ejecución del Contrato de Concesión No. 604 de 2022, procede a definir el plazo para la culminación de las actividades previstas en el numeral III “Disposiciones de la Circular Externa No. 20254000000817 del 16 de diciembre de 2025”, con fundamento en las siguientes consideraciones:

I. ANTECEDENTES

1. Mediante la Circular Externa No. 20254000000817 del 16 de diciembre de 2025, esta

Dirección impartió lineamientos técnicos para la actualización de los dispositivos periféricos y equipos biométricos que interactúan con el Sistema RUNT PRO, estableciendo un período de transición hasta el 30 de junio de 2026 y disponiendo que, a partir del 1° de julio de 2026, se activarían todas las funcionalidades de la nueva API BRIDGE de RUNT, previéndose que los equipos cuyos proveedores no hubieran suministrado librerías DLL compatibles dejarían de funcionar.

2. Con posterioridad a la expedición de la citada Circular, diversos organismos de tránsito del país han puesto en conocimiento de esta Dirección las dificultades prácticas surgidas para dar cumplimiento a los plazos allí previstos. En particular, la Secretaría de Tránsito de Barranquilla, mediante comunicación radicada bajo el No. QUILLA-2026-0215867 del 28 de julio de 2026, informó que solo hasta el 24 de julio de 2026, mediante el comunicado No. 114, la Concesión RUNT 2.0 S.A.S. compartió a los organismos de tránsito la tabla de dispositivos compatibles con la nueva versión de BridgeRUNT2.0, señalando que dicha circunstancia habría reducido de manera significativa el tiempo material disponible para adelantar el correspondiente proceso de contratación y el cambio de los equipos requeridos.

Solicitudes en el mismo sentido han sido formuladas por otros organismos de tránsito del país.

3. De otra parte, se ha constatado que la Concesión RUNT 2.0 S.A.S., en los diferentes

1 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 1 / 4CIRCULAR EXTERNA

20264000000327 20264000000327 28-08-2026 escenarios de seguimiento contractual, gestionó actividades de socialización, comunicados de prensa 99, 103, 106, 114 y 121 de 2026 y dispuso la lista de elementos compatibles para los diferentes actores, especialmente el Kit para interactuar con la plataforma RUNT publicado en la página web www.runt.gov.co/actores, incluyendo, sin costo para los actores los instaladores del nuevo bridge 2.0, para que en el proceso de masificación, cada actor gestione lo correspondiente para la continuidad de la operación.

4. No obstante, en el seguimiento al cronograma y en el documento denominado “ Evidencias de soporte, seguimiento y entrega de librerías de proveedores biométricos en .NET 8.0

BridgeRunt 2.0”, ha reportado la ocurrencia de situaciones de error en el proceso de actualización por parte de los proveedores de dispositivos, las cuales resultan propias en procesos de migración tecnológica de esta naturaleza; que ocasionaron retrasos en la publicación de la lista definitiva de periféricos que a la fecha son compatibles y cuentan con las pruebas exitosas de interacción.

5. En efecto, el cumplimiento de las fechas previstas en la Circular Externa No. 20254000000817 de 2025 requería, entre otros aspectos, de la gestión de los proveedores de los dispositivos periféricos y biométricos, quienes presentaron inconvenientes para atender los distintos incidentes surgidos durante la entrega y puesta en funcionamiento de las librerías requeridas para su correcta interacción con el nuevo Bridge, conforme consta en los soportes que reposan en el expediente contractual.

6. Verificado el estado actual del proceso, se evidencia que, si bien la Concesión RUNT 2.0

S.A.S. ya cuenta con la fecha de despliegue y con las fechas esperadas de masificación del Bridge, aún subsisten actores que requieren reemplazar o renovar aquellos dispositivos que no cumplen con los parámetros de homologación para el correcto funcionamiento con el nuevo bridge, ya que esto requiere un proceso de inversión, por lo que resulta necesario definir un nuevo plazo para la culminación de dicho proceso , con el fin de que la totalidad de los actores puedan concluir dicho ejercicio sin afectar la continuidad en la prestación del servicio.

7. Así mismo, se considera necesario que, durante el plazo previsto mediante la presente Circular, la Concesión RUNT 2.0 S.A.S. culmine el cronograma de masificación para todos los actores, especialmente aquellos que cuentan con el KIT RUNT, adelante un mayor número

7. Así mismo, se considera necesario que, durante el plazo previsto mediante la presente Circular, la Concesión RUNT 2.0 S.A.S. culmine el cronograma de masificación para todos los actores, especialmente aquellos que cuentan con el KIT RUNT, adelante un mayor número de sesiones de socialización, las cuales deberán tener carácter permanente, realice seguimiento continuo a cada uno de los actores del sistema, y disponga de mayor difusión a través de las salas virtuales habilitadas para tal fin, hasta tanto se garantice que la totalidad de los actores lograron ejecutar de manera efectiva la actualización de su Bridge así como el reporte y el registro ante la plataforma RUNT de aquellos periféricos dispuestos por parte de estos, para el seguimiento, monitoreo y gestión de acceso y seguridad por parte de la

Concesión.

II. FUNDAMENTO JURÍDICO Lo dispuesto en la presente Circular encuentra fundamento en el numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto 087 de 2011, conforme al cual corresponde a la Dirección de Transporte y Tránsito apoyar al Despacho del Viceministro de Transporte en la determinación de la regulación técnica en las materias de transporte y tránsito del modo carretero, así como en el artículo 8 de la Ley 769 de

2 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. 2 / 4CIRCULAR EXTERNA

20264000000327 20264000000327 28-08-2026 2002, que atribuye al Ministerio de Transporte la responsabilidad de poner en funcionamiento el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT-, directamente o a través de terceros, y en el Contrato de Concesión No. 604 de 2022, suscrito con la Sociedad Concesión RUNT 2.0 S.A.S., cuyo objeto comprende la administración, operación, mantenimiento, explotación comercial y gestión del RUNT, incluido el proceso de actualización tecnológica del sistema. De igual manera, resulta aplicable el principio de coordinación previsto en el artículo 209 de la Constitución Política y desarrollado en el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, en virtud del cual las autoridades administrativas deben actuar en colaboración armónica con los demás entes que participan en la prestación del servicio, así como los principios de eficacia, economía y celeridad que orientan la función administrativa, los cuales imponen a esta Dirección el deber de adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad y correcta prestación del servicio público del RUNT, evitando que circunstancias sobrevinientes y ajenas a la voluntad de los organismos de

tránsito, verificadas dentro del seguimiento al Contrato de Concesión No. 604 de 2022, se traduzcan en la interrupción de dicho servicio. En virtud de lo anterior, y encontrándose la determinación del plazo aplicable para la culminación del proceso dentro de la misma competencia funcional y contractual que dio origen a la Circular Externa No. 20254000000817 de 2025, procede esta Dirección a adoptar las medidas correspondientes, en los términos que se señalan a continuación.

III. DISPOSICIONES PRIMERO: Disponer que, hasta el 31 de octubre de 2026, para que los actores del Sistema RUNT que requieren la adquisición de dispositivos según la lista publicada por el Concesionario RUNT, adelanten las acciones necesarias para actualizar su entorno tecnológico y garanticen la compatibilidad de sus dispositivos periféricos y biométricos con la nueva arquitectura de servicios

(API BRIDGE en .NET 8). A partir de dicha fecha se adelantará la etapa de estabilización de ese paquete funcional. Aquellos actores que desde esta fecha y hasta el 01 de enero de 2027 no cuenten con los nuevos dispositivos podrán continuar utilizando la tecnología con la que han venido operando hasta la activación de la totalidad de las funcionalidades de la nueva API BRIDGE, en los mismos términos previstos en el numeral 5 del capítulo de Disposiciones de la Circular Externa No. 20254000000817 de 2025, siempre y cuando reporten con anterioridad las novedades presentadas y su gestión

respecto a cumplir con las disposiciones de esta circular.

SEGUNDO: A partir del 1° de enero de 2027, se activarán la totalidad de las funcionalidades de la nueva API BRIDGE de RUNT, y los equipos que no cuenten con librerías DLL compatibles, verificadas y homologadas conforme a los lineamientos de la Concesión RUNT 2.0 S.A.S., dejarán de funcionar.

TERCERO: Hasta el 31 de octubre de 2026, los actores del sistema garantizarán la actualización del nuevo bridge, descargando e implementando los instaladores dispuestos por la Concesión RUNT 2.0. y reportarán al RUNT, la lista de los periféricos o dispositivos dispuestos para la interacción con esa plataforma.

CUARTO: La Concesión RUNT 2.0 S.A.S. deberá programar y adelantar, sesiones de socialización de

3 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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20264000000327 20264000000327 28-08-2026 carácter permanente dirigidas a los actores del sistema, a través de las salas virtuales dispuestas para tal fin, así como efectuar seguimiento continuo e individualizado a cada organismo de tránsito y demás actores, hasta verificar la efectiva actualización de su Bridge, e informar periódicamente a esta Dirección y a la Coordinación Grupo RUNT los resultados de dicho seguimiento.

QUINTO: Los demás términos, condiciones y disposiciones contenidos en la Circular Externa No. 20254000000817 del 16 de diciembre de 2025 que no sean expresamente modificados por la presente Circular, continúan vigentes en su integridad.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

SUSANA MERCEDES CADAVID BARROSPÁEZ

Directora de Transporte y Tránsito

Elaboró: Componente Técnico Coordinación Grupo RUNT – María Eugenia Rendón

Componente Jurídico Coordinación Grupo RUNT – Mónica Alejandra Rodríguez

Revisó: Coordinador Grupo RUNT – José Manuel Sánchez Ramírez

4 Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf

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Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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