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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340163731 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340163731 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

ISO 9001:2015

M COMPAÑÍA CEN ISO sog1 |

- VU CERTIFICADA./

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340163731

D 12-04-2019 Bogotá D.C., 12-04-2019 Señor JOSÉ LUIS COMAS LLINAS jeomasllinasQhotmail.com y jeomasllinaGhotmail.com Calle 21 No. 75 - 25 Piso 2 Belén San Bernardo Medellín - Antioquia

Asunto: Tránsito. Pequeños remolques.

Respetado señor: En atención a su correo electrónico, radicado en planta central bajo el MT-20193030025432 del 5 de marzo de 2019, mediante el cual presenta inquietudes sobre la movilización de pequeños remolques, esta Oficina Asesora de Jurídica se pronuncia, en los siguientes

términos: PETICIÓN “Acudo al Ministerio de Transporte para solicitarle por favor aclaración del concepto emitido por este organismo de fecha 27-01-2010 con el radicado 20101340023881, razón por la que solicito esta aclaración, es porque he fabricado exclusivamente un pequeño remolque para transportar mi silla de ruedas por ser una persona discapacitada por LEUCEMIA y recibo quimioterapia diario, y debo asistir a mis controles médicos y exámenes de laboratorio clínicos. (.) Este Pequeño remolque NO sobrepasa los 60 Kg de peso, incluyendo el peso de la silla de ruedas, además lo he dotado con sus respectivas Luces de Direccionales y Luces stop rojas

y su señal de Discapacitados en la parte Trasera. De Acuerdo (sic) a este Concepto los pequeños remolque que NO sobrepasen de 1 Tonelada no están incluidos entre los vehículos que requieren registro, por lo consiguiente no se les exige el porte de placa o permiso para circular. En cuanto a mi remolque que es solo exclusivo para llevar mi silla de ruedas, a mis controles médicos para el tratamiento de quimioterapia de mi LEUCEMIA. (.) Solicito por favor me Actare el concepto emitido por el Ministerio de Transporte en el año 2010 sobre los pequeños remolques, y considero que mi remolque de 60kg NO sobre pasa 1 Tonelada y puede circular sin problemas con mi bicicleta Eléctrica, solo para acudir a controles médicos.” CONSIDERACIONES Es preciso señalar, que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 de 2011, son funciones de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio, las siguientes: “8.1, Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. 8.8. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185

hitp://www.mintransporte.gov.co - PQRS-WEB: http://gestiondacumental.mintransporte.gov.co/pgr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321 ISO 9001:2015 La movilidad M COMPAÑÍA es de todos “Entificado No 56 2057000EN7A

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340163731

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12-04-2019 Significa lo anterior, que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas, este Despacho se referirá de manera general y en lo competente al tema objeto de análisis, así: Respecto a las características de movilización y registro de los pequeños remolques, semirremolques y remolques, este Despacho invoca la Ley 769 de 2002 “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones", que establece en apartes del artículo 22, lo siguiente: “Pequeños remolques: Vehículo no motorizado con capacidad hasta de una tonelada, halado por un automotor y dotado de su sistema de luces reflectivas y frenos.

Remolque: Vehículo no motorizado, halado por una unidad tractora a la cual no le transmite peso. Dotado con su sistema de frenos y luces reflectivas.

Semirremolgues: Vehículo sin motor, a ser halado por un automotor sobre el cual se apoya y le transmite parte de su peso. Dotado con un sistema de frenos (...) (Subrayas nuestras).

Así mismo, frente al registro inicial de automotores ante los Organismos de Tránsito,

incluidos además los remolques y semirremolques, cabe referirse a los artículos 37 y 46 de la Ley 769 de 2002, señalando en los siguientes apartes: “Artículo 37. Registro inicial. El registro inicial de un vehículo se podrá hacer en cualquier organismo de tránsito y sus características técnicas y de capacidad deben estar homologadas por el Ministerio de Transporte para su operación en las vías del territorio nacional. (...) Artículo 46. Inscripción en el registro. Todo vehículo automotor, registrado y autorizado para, circular por el territorio nacional, incluyendo la maquinaria capaz de desplazarse, deberá ser inscrito por parte de la autoridad competente en el Registro Nacional Automotor que llevará el Ministerio de Transporte. También deberán inscribirse los remolques y semiremolques (...)” (Subraya nuestra). En el mismo sentido, frente a la matrícula de vehículos tipo remolque o semirremolque, es preciso invocar la Resolución 12379 de 2012, proferida por el Ministerio de Transporte “Por la cual se adoptan los procedimientos y se establecen los regquisitos para adelantar los trámites ante los organismos de tránsito” presentado apartes de los artículos 1 y 8%, a saber: “Artículo 12%. Objeto. La presente resolución adopta los procedimientos y determina los requisitos necesarios para adelantar los trámites asociados al Registro Nacional Automotor, Registro Nacional de Remolques y Semirremolques y al Registro Nacional de Conductores ante los organismos de tránsito, por parte de los usuarios (...) (.) Artículo 82 Procedimiento y requisitos. Verificada la inscripción del usuario en el sistema

RUNT, para adelantar la imatrícula de un vehículo automotor, remolque o semirremolque ante los organismos de tránsito, se deberá observar el siguiente procedimiento y cumplir con los requisitos que el mismo exige: Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http://]www.mintransporte.gov.co — PORS-WEB: hitp://gestiendocumental.mintransporte.gov.co/por/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321 ._ ISO 9001:2015 U - MUNNNEN CONPASÍA — La movilidad _es de todos COTE ISO 9001 _E cem&z=¡c;an “Cortificado to. 5G 2703700083A7

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340163731

12-04-2019

1. Presentación de documentos. El organismo de tránsito requiere al usuario el formato de solicitud de trámite debidamente diligenciado, la factura de venta, el certificado individual de aduana y/o la declaración de importación, según el caso. (.) Las improntas que deben adherirse para los vehículos automotores son el número de motor, serie, chasis y/o VIN; para remolque o semirremolque, el número del chasis o VIN.

2. Confrontada y validada la información, el organismo de tránsito procede a preasignar

una placa (...) La preasignación de la placa no procede para la matrícula de los remolgques y semirremolgques.

3. Verificación y validación del pago de impuestos, SOAT e infracciones de tránsito. El organismo de tránsito verifica el pago de impuestos del vehículo para lo cual requiere la respectiva copia del recibo de pago; valida en el sistema RUNT la existencia del SOAT vigente para el vehículo que se pretende matricular y que el propietario se encuentre a paz y salvo (...) De conformidad con lo establecido en la Ley 488 de 1998, el organismo de tránsito no debe verificar el pago de impuestos a los remolques y semirremolques, los cuales se encuentran exentos del pago de esta obligación.

(..-)

5. Validación y verificación del pago de los derechos del trámite. El organismo de tránsito valida en el sistema RUNT el pago realizado por el usuario por los derechos del trámite a favor del Ministerio de Transporte y de la tarifa RUNT, y verifica la realización del pago correspondiente a los derechos del organismo de tránsito.

6. Otorgamiento de la licencia de tránsito y entrega de la placa del vehículo. Verificados y validados los requisitos enunciados anteriormente, el organismo de tránsito procede a expedir la licencia de tránsito o tarjeta de registro y a entregar las placas (...) Cuando la matrícula corresponda a un remolque o semirremolque, el documento que expide la autoridad de tránsito se denomina tarjeta de registro (...)” (Subrayas nuestras).

Ahora bien, frente al concepto jurídico No.20101340023881 del 27 de enero de 2010 emitido

por este Despacho, cabe aclarar que los pequeños remolques descritos en el artículo 22 de la Ley 769 de 2002 (vehículo no motorizado con capacidad hasta de una (1) tonelada, halado por un automotor y dotado de su sistema de luces reflectivas y frenos), circulan por las vías sin la tarjeta de registro, los cuales difieren de los vehículos tipo remolque o semirremolque, que están sujetos al procedimiento de matrícula contemplado en el artículo 82 de la citada Resolución 12379 de 2012. Así mismo, frente a la circulación de bicicletas eléctricas citada al final de su escrito, se aclara que no hay reglamentación para que los vehículos automotores -entre los cuales se incluye dicha tipología vehicularsean usados como unidades tractoras para halar pequeños remolques, no obstante, cuando se trata de motocicletas, a través de la Resolución 929 de 1987 expedida por el extinto INTRA se reglamentó las condiciones de circulación de estos automotores halando pequeños remolques (acto administrativo que puede consultarse en ñ Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Telefonos (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 Atención al C|udadano Sede Central Lunes aV |ernes de 8: 30 a.m. 4 :30 p m., línea GratuitaN ac¡onal 018000112042 Cod¡go Postal 111321 ISO 9001:2015 AEA comPasia La movilidad es de todos 2 ISO SGQ¡):!

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Cortificaro Ho $6 207MI0RIZA Para contestar cite: o MT No.: 20191340163731

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12-04-2019 Internet o en la página web del Ministerio de Transporte, http://www.mintransporte.gov.co/, en el Link normatividad-resoluciones). De otro lado, frente ¿a la tutela de segunda instancia de radicado 050014003008201600693001 del Juzgado Quinto Civil del Circuito de Medellín en contra de la Secretaría de Movilidad de Medellín, cabe señalar que su escrito no aporta información adicional sobre el particular y efectuada la búsqueda en internet, no fue ubicada información al respecto. En complemento, frente al enganche o halado de un pequeño remolque o semirremolque, se determina que el conductor del automotor deberá portar licencia de conducción de la categoría exigida para el vehiculo que está conduciendo -según lo dispone el parágrafo 3 del artículo 4 de la Resolución 1500 de 2005, proferida por el Ministerio de Transporte “Por la cual se reglamentan las categorías de la Licencia de Conducción, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 769 de 2007”. En estos términos, se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, según lo disponen los artículos 14 y 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituidos por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. Cordialmente, SOL ÁNGEL CALA ACOSTA igna Asesora de Jurídica

Proyectó: Mario A. Herrera Zapata¿bogado Grupo Conceptos y Apoyo Legal

Revisó: Claudia Patricia Roa Orjuela/Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Leg

Fecha de elaboración: 12/04/2019 áx Número de radicado que responde: 20193030025432

Tipo de respuesta: Total (X) Parcial ()

Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http://www.mintransporte.gov.co — PQRS-WEB: hitp://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/par/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321

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