MINTRANSPORTE - Concepto 20191340269061 de 2019
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20191340269061 de 2019
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2019
- — ISO 9001:2015
La movilidad a TE E an TNA es de todos - ee 7 1SO 9007 - VN CEnTiFICADA — Cotdcado Ca 50 1)1TEIOSI7A
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340269061
CEOO EE 0 EN
11-06-2019 Bogotá D.C., 1-06-2019 Señora NOHORA LILLIBET PARRA RIAÑO Iparra(asellolegal.com.co Calle 38 sur 4 43-60 Apartado postal 4 67055 Envigado — Antioquia
Asunto: Tránsito. Multa interna.
Respetado Señor: Mediante comunicación remitida a este Despacho a través de oficio 20193030059832 de fecha 13 de mayo de 2019, se realiza consulta relacionada con el concepto de multa interna y/o multa interna en las secretarias de tránsito, a lo cual esta Oficina Asesora de Jurídica
responde en los siguientes términos: PETICIÓN “Buenas tardes, me podrían explicar que es una multa interna en las secretarias de tránsito, ya que en el código nacional de tránsito no encuentro el concepto” CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica de éste Ministerio las siguientes: “8,1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales.
8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Signífica lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas, este Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis así: Frente a su interrogante sobre el concepto de multa interna y/o multa interna en las secretarias de tránsito, es preciso señalar que la normatividad en tránsito establece dicha Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ||, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263165 http://www.mintransporte.gov.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintragnosv.pcoo/rptaer/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m,, línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321 r E o ISO 9001:2015 La á"ºV'|E ádad “ i a | , P— ISee OP O $0 01 es de todos VUN centis:CADA — , CormticadoNo 6G 17 "A Para contestar cite: o MT No.: 20191340269061 IC GN IEÓÁ NO 11-06-2019 i definición, no obstante, vale indicar el concepto de multa que trae el Código Naclonal de
Tránsito, asf: | Artículo 2, Definiciones. Para la aplicación e interpretación de este código, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: (.) Multa: Sanción pecuniaria. Para efectos del presente código y salvo disposición en contrario, la multa debe entenderse en salarios minimos diarios legales vigentes. . Esta cartera ministerial desconoce —a la luz de la normativa de tránsitoel concd pto de multa interna y/o multa interna en las secretarias de tránsito comoquiera que tales expresiones no tienen definición en la normatividad vigente en la materia. Así entorl ces, le sugerimos dirigir la consulta a el(los) organismo(s) de tránsito en donde se haya hecho mención a dichos conceptos con el propósito de que sean dichas autoridades de tl ránsito quienes precisen el sentido y/o el contexto de las expresiones señaladas. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, co heepto que se emite dentro del término de treinta (30) días hábiles, de conformidad ron lo preceptuado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Conmtencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, tlene el alcance de que trata el artículo 28 del CPACA, en consecuencia no son de obli atorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. SOL ÁNGEL CALA ACOSTA Jefe Oficina Asesora de Juriídica (E) Proyectó: Rafael Omar Quintero Casallas -Abogado Grupo Conceptos y Apoyo Legal l Revisó: Dora Inés Gil - Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal
Fecha de elaboración: junto de 2019
Número de radicado que responde: 20193030059832
Tipo de respuesta: Total (X) Parcia! ()
Avenida La Esperanza (Calle 24) No, 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación I!, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http;//www.mintransporte.gov.co - PORS-WES: http://eestiondocumentaLmintransporte,gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 0180001172042, Cédigo Postal 11321