MINTRANSPORTE - Concepto 20191340340161 de 2019
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20191340340161 de 2019
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2019
1SO 9001:2015
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VUN CERTIFICADA
Cr po Ha EO 1017000617 A Para contestar cite: do MT No.: 20191340340161 TO RA 16-07-2019 Bogotá D.C., 16-07-2019 Señor
MAURICIO GOMEZ FRANCO
Calle 69 A No. 4-31. muricionefIGegmail.com Bogotá D.C.
Asunto: Tránsito - Trámite de traspaso de la propiedad de vehículos.
Respetado Señor, En atención a su comunicación radicada con el No. 20193030072922 del 4 de junio de 2019, esta Oficina Asesora de Jurídica se pronuncia en los siguientes términos: PETICIÓN "1, ¿Qué debo hacer para llevar a cabo el traspaso de propiedad de vehículos articulados? ¿Cuál es el fundamento jurídico? 2. ¿Está sujeto a alguna autorización el traspaso de propiedad de vehículos articulados? ¿Cuál es el fundamento jurídico? 3. ¿Se puede realizar el traspaso de prop¡edad de vehículos articulados, a pesar de que el comprador no se te autoriza la incorporación de los vehículos articulados a algún sistema de transporte? ¿Cuál es el fundamento jurídico?” CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con los numerales 8.1, y 8.7, del artículo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica de éste Ministerio las siguientes:
“8,1, Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y tegales. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas este Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, en el entendido que su petición se refiere a vehículos articulados para el transporte de pasajeros, así: Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-48, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http://www.mintransporte.gov.co — PORS-WEB: http: //gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al C¡udadano Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112047. Código Postal 111321 La movilidad Mintransporte es de todos
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340340161
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16-07-2019 El trámite de traspaso de la propiedad de vehículos se encuentra reglamentado en 12 de la Resolución 12379 de 2012, por la cual se adoptan los procedimientos y se requisitos. Verificada la inscripción del vendedor o titular del derecho de domink
vehículo o del comprador o nuevo titular del derecho de propiedad en el sistema Al o semirremolque ante los organismos de tránsito, se deberá observar el sig procedimiento y cumplir con los requisitos que el mismo exige; transferencia del derecho de dominio del vehículo. El organismo de tránsito requidf vsuario el formato de solicitud de trámite debidamente diligenciado, la presentact entrega del contrato de compraventa, documento o declaración en el que conÑ transferencia del derecho de dominio del vehículo, celebrado con las exigencias - [ artículo establecen pstablece: normas civiles y/o mercantiles, adhiriéndote las respectivas improntas en la parte fmyal b al reverso del documento. En tos casos de vehiculos adquiridos mediante operaciones de leasing, en las cua! a tocatario haya finalizado la obligación de leasing o el contrato que dio origen se encu prré terminado y se haya ejercido la opción de compra o esta se encuentre contempladd de forma automática, la transferencia del derecho de dominio se podrá realizar de fdma unilateral por la entidad financiera al locatario, siempre y cuando esta se encudebtré inscrita en el sistema RUNT y adjunte copia del contrato respectivo y la dectaración d reguerirá de:
A. Validación de la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes.
C. Presentación del locatario (Comprador)
D. Inscripción del focatario (Comprador) en el sistema RUNT. para aquellos contrato teasing financiero, anteriores al 3 de noviembre de 2009, fecha de inicio de operación RUNT, vehículos registrados antes de la expedición de la presente resolución.
Parágrafo 2", Para aquellos vehículos que al momento de la matrícula inicial fue ¡mposr
tomar las improntas, se deberá presentar en el trámite de traspaso unilateral, certificaci expedida por el fabricante o por el ensamblador del vehículo, donde se registren y guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN.
Colombla Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 bttp://www.mintransporte.Eov.co — PQRS-WEB: htrp.//gestiondocumental.mintransperte.20v.co/pdr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 om. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 11137 |
1SO 9001:2015
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VUN CERTIFICADA — Cantz edo o $C 2OTIDIOBIDA
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340340161
NEEV DNEO T A 16-07-2019 la copia del contrato de leasing. 2, Confrontación de la información registrada en el sistema RUNT. El organismo de tránsito procede a verificar los datos del vehículo registrados en el sistema RUNT, can las improntas adheridas en el documento y los datos de la licencia de tránsito o la tarjeta de registro según corresponda.
3. Verificación de la existencia de decisiones judiciales u atras medidas que afecten la propiedad del vehículo. El organismo de tránsito procede a verificar que no existen órdenes judiciales u otras medidas administrativas expedidas por autoridad competente que imponga limitaciones a la propiedad del vehículo. Sí el vehículo presenta limitación o
gravamen a la propiedao, deberá adjuntarse el documenta en el que conste su levantamiento o la autorización otorgada por el beneficiario del gravamen o limitación, en el sentido de aceptar la continuación de este con el nuevo propietario.
4. Validación de la existencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, revisión técnico-mecánica e infracciones de tránsito. El organismo de tránsito valida a través del sistema RUNT que el vehículo automotor cuente con el seguro obiigatorio de accidentes de tránsito, con la revisión técnico-mecánica y de emísiones contaminantes y que tanto el comprador como el vendedor se encuentren a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
5. Verificación del pago por concepto de retención en la fuente, impuesto sobre vehículos y validación del pago de los derechos del trámite. El organismo de tránsito verifica el pago por concepto de retención en la fuente y el pago de impuestos del vehículo automotor, para lo cual requiere las respectivas copías de los recibos de pago y valida en el sistema RUNT el pago realizado por el usuario por los derechos del trámite a favor del Ministerio de Transporte y de la tarifa RUNT y verífica la realización del pago correspondiente a los derechos del organismo de tránsito.
6. Expedición de la nueva licencia de tránsito. El organismo de tránsito registra en el sistema RUNT los datos del nuevo propietario y procede a expedir la nueva licencia de tránsito.
Cuando el traslado de dominio o traspaso que se realiza es de un remoltque o semirremolque, el documento que expide la autoridad de tránsito se denomina tarjeta de
registro,
7. Para el traspaso de vehículos de servicio público de pasajeros y mixto. El organismo de tránsito además deberá reguerir el contrato de cesión del derecho de vinculación o afiliación, suscrito por el cedente y el cesionarío y la aceptación de la empresa. " En la norma en cita se establecen los requisitos que se debe cumplir para adelantar el trámite ante los organismos de tránsito para el traspaso de la propiedad de vehículos y los diferentes eventos que se pueden presentar para llevarlo a cabo dicho trámite. De forma específica en el numeral 7?, se establece el trámite de traspaso de la propiedad de vehículos de servicio público de pasajeros, en el que se exige además de los requisitos del numeral 1 al 6%, presentar el contrato de cesión del derecho de vinculación o afiliación suscrito por el cedente y el cesionario y la aceptación de la empresa, en consecuencia, si no se dan estos presupuestos de hecho y de derecho, no es procedente que los organismos de transito autoricen dicho trámite.
Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación I|, Costado Esfera, Fisos 9 y 10, Bogotá Colombia, Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http://0ww.mintransporte.gov.co - PORS-WEB: http://gestiondecumental.mintransporte.Boy.co/pagr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321 =—— 1SO 9001:2045
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Radicado MT No.: 20191340340161 |
AE1 EO O OCR 16-07-2019 ' En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término de treinta (30) días hábiles, de conformidfd con lo preceptuado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo C ntjncíoso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015,|y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Adm¡nistrativía y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento nirtienen efectos vinculantes, | SOL ÁNGEL CALA ACOSTA Jefe Oficina Asesora de Jurídica (E) Proyectó: Pedro Nel Salinas Hernández, Abogado Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal.
Reviso: Claudia Patricia Roa Orjueta, Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal (%X Fecha de elaboración: Julio de 2019
Número de radicado que responde: 20193030072922
Tipo de respuesta Total (x) Parcial () Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ||, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bolgtá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185
http://www.mintransporte.gov.co — PORS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pdgr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111;¡21 | T