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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340349731 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340349731 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

156 9001 :2015

AUN AA

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Radicado MT No.: 20191340349731

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22-07-2019 Bogotá D.C, 22-07-2019

Señor: DAVID ANDRÉS HOYOS RENDÓN cdahoyosrídemail.com

Calle 6C + 728-45 portal americas D Int. 5 Apto. 103 Bogotá D.C. Asunto. Transporte, Vigencia de la Resolución 160 de 2017 “por la cual se reglamenta el registro y la circulación de los vehículos automotores tipo cictomotor, tricimoto y cuadricicio y se dictan otras disposiciones.”

Respetado Señor: .

En atención al oficio radicado con el No. 20193030076742 del 10 de junio de 2019, mediante el cual eleva unos interrogantes relacionados frente a actualizar la Resolución 160 de 2017 sobre regulación de automotores tipo ciclomotor, por lo cual, de manera atenta esta Oficina Asesora de Jurídica da respuesta en los siguientes términos: PETICIÓN “Solicito que la resolución 160 de 2017 que está en la página del ministerio de transporte sea actualizada, es decir se señalen claramente los artículos que están suspendidos actualmente por la Sección Primera del Consejo de Estado C.P. Oswaido Giraldo López en Auto 2017-00110 de agosto de 2018. CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica

de éste Ministerio las siguientes: “B.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viabie entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas este Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: Q Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 82-40, Complaje Empresarial Gran Estación |1, Costado Esfara, Pisos y 0, Bogetá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Linea gratulta nacional 018000 112042 btto://www.mintransporte.goy.co — PQRS-WEB: http:/eestiondocumentalmintransporte.gov:.co/Rarí Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Cádigo Postal 111321 1 | , L » y A I5O 9001:2015 La movid lidad ú TntraMj a _a IRSG LO IN UA 59 NE IA I 7 | | “5 de todos D e “—_dc 2C AA p

Para contestar cite: :

Radicado MT No.: 201913403497H |

CU AUN OMLTOA |

22-07-2019 El Decreto 1427 de 2017 "por el cual se modifica la estructura orgánica y se determmhn as

funciones de las dependencias del Ministerio de Justicia y del Derecho.”, establece Lo referente a la actualización del ordenamiento jurídico interno, en los s¡gu1entes termmps Artículo 18. Funciones de la Dirección de Desarrolto del Derecho y del Ordenamiento Juridico. Son funciones de la Dirección de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento : Jurídico, las siguientes: W (. |

2. Administrar el Sistema Único de Información Normativa - SUIN - Juriscol o el sistema que haga sus veces y coordinar la aplicación de la política normativa del sistema. W 3 Dirigir la recopiltación y actualización de normas y doctrina jurídica con destino Sistema Unico de Información Normativa - SUIN - Juriscol o el sistema que haga su veces. |

C 1

7. Hacer seguimiento y verificación de la evolución normativa y de las providencias judiciales que incidan en el ordenamiento jurídico y actualizar periódicamente u3 registro jurisprudencial que permita conocer el estado del ordenamiento jurídico y su vigencia.

|

8. Diseñar las políticas de divulgación del sistema normativo y de socialización de [a) información jurídica, así como difundir las modificaciones que se introduzcan al ordenamiento jurídico colombiano. !

En virtud de la norma citada, y entendiendo de acuerdo a su solicitud, que el Ministerio de Justicia y del Derecho dentro del marco de las funciones de su Dirección de Desarroll£5 del Derecho y del Ordenamiento Jurídico, está la de actualizar el estado y vigencia del ordenamiento jurídico, así entonces, esta cartera ministerial le sugiere present1 pertinente salicitud ante dicho organismo, comoquiera que bajo el fundamento normat¡ o

transcrito, y teniendo en cuenta que la solicitud está relacionada con el ejercicio del c<.1 trol de legalidad sobre de normas objeto de tal examen, es decir, una decisión judicial, p 1 — caso concreto, en sede contencioso administrativo, dicho ente ministerial de justicia.está encargado de actualizar su vigencia en el Sistema Único de Información Normativa - SWIN Juriscol, o el sistema que haga sus veces, con las anotaciones respectivas. - ; Ahora bien, en cumplimiento del artículo 65 del Código de Procedimiento Administrat1llo y de lo Contencioso Administrativo, el Ministerio de Transporte remite para su pubiicacic? lds actos administrativos de carácter general, como requisito de entrada en vigencial obstante, en la página web ; intransporte.gov.co/ este ente ministerial hace lo p¡jbpí con la normatividad correspondiente al sector transporte, y en aquellas donde son d competencia la producción, tales como: resoluciones, directivas conceptos y demás attos administrativos; son publicados en el módulo de normatividad del sitio web antes señal1ad . ]s[ Finalmente, es preciso resaltar que la no actualización o inclusión de notas de vigencia de Resolución 160 de 2017 proferida por el Ministerio de Transporte, en el portal web de Est » mismo organismo, no impide el efecto que sobre ella recae la medida que fuera decreLad — por la Sección Primera del Consejo de Estado en Auto 11001—03—24-000—2017—00110—OCT de 23 agosto de 2018 sobre la suspensión provisional de algunos de sus artículos.

Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación lt, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Sogotá Colombie, Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 . i Línea gratuita nacional 018000 112047

Bttp: Z/www.mintransperte.gov.co - PQRS-WEB: htta://gestiandocumentalmintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sade Central Lunes a Viernes de 6:30 a.m. - 4:30 p.m., Cádigo Pestal 111321

15O 9001:720415 ?ñ E U NALLS N as de todos — m d E A e - —]]o A

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340349731

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22-07-2019 En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término de treinta (30) días hábiles, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del CPACA, en consecuencia no son de cbligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. C Atentamente, “x > SOL ANGEL CALA ACOSTA Jefe Oficina Asesora de Jurídica (E) Preyectó: Rafael Omar Quintero Casallas -Abogado Grupo Conceptos y Apoyo Legal Revisó: Claudia Patricia Roa - Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legat (E)

Fecha de elaboración: julio de 2018

Número de radicado que responde: 20+93030076742

Tipo de respuesta: Total (X) Parciat ()

Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-48, Complejo Empresarial Gran Estaoclón I, Costade Estera, Pisca 6 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 712042 hEto;//www.mintransporte.Eov.co — PORS-WEB: http:/gestiondocumental.mintransporte.gov.29/par/ Atención al Cludadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 aam. - 4:30 p.m., Código Postal 111321

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