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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340363991 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340363991 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

— a ISO 9001:2015

La movilidad n - —|;Í-1Mggg.¡ es de tºdº$ s A " VNEN c5::7ECADA b y TOR NNN Cenicamo o $6 141/000857 A Para contestar cite; Radicado MT No.; 20191340363991

CO EAO EEO EEO

30-07-2019 Bogotá D.C., 30-07-2019 Señora NATALY VARGAS OSSA natalyvargasioyaho00.es Calle 49 No.50-21, oficina 1905

Medellin - Antioquia Asunto: Tránsito. Registro de maquinaria en el sistema Runt.

En atención a su solicitud radicada con No. 20193210416242 de fecha 28 de junio de 2019, esta Oficina Asesora de Jurídica se pronuncia, en los siguientes términos: PETICIÓN “ (...) se me informe si una Máquina Excavadora sobre orugas, marca Kobelco 5k 210 LC, modeto 2002, color amarillo, referencia Dinamyc Acera, serie YQ07-1U0768, motor Mitsubishi 6D3 requiere algún tipo de registro ante, el registro nacional automotor y en caso de ser positiva su respuesta me indíque los requisitos que se debe cumpiir para tal fin. Así mismo, en caso de ser negativa su respuesta me explique las razones jurídicas con base en las cuales es posible establecer que se está relevado de dicha obligación” CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina

asesora de jurídica de éste Ministerio las siguientes: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. (.) 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Significa lo anterior, que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, este Despacho se referirá de manera integral y en lo competente al tema objeto de análisis, así: En cuanto al registro de maquinaria en la plataforma virtual del RUNT, la Resolución 1068 de 2015, proferida por el Ministerio de Transporte “Por medio de la cual se reglamenta el Registro Nacional de Maquinaria Agricola Industrial y de Construcción Autopropulsada y se dictan otras disposiciones”, señala lo siguiente: Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación l, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+t) 4263185 hitp://www.mintransperte.gov.co - PORS-WEB: http;//gestiondocumenta%.mintnansporte.gov.co/pqrj Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m,, línea Gratuita Nacional O18000t12042. Código Postal 111221 ] ISO 9001:2015 La movilidad - MV ..“ E CoNóNiA es de todos w3:9 E¿ U: N ÍSoÚ e90o01

Coniceda No M0:7aperz a Para contestar cite: W

Radicado MT No.: 20191340363991

NAUCOOO O DAO 30-07-2019 “Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto reglamentar el regf.' rO y trámites de la maquinaria agrícola, industrial y de construcción autoprapuíaaa inclvida la maquinaria que pertenece a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00,00, 8429.52.00.00, 8429.53,00.00 y 8905.10.00.06, delegar en los Organf$mc>s de Tránsito la realización de tos trámites, y determinar las condiciones para el trastado o movilización de la unidad, sus partes, los horarios, las vías terrestres, fluviates]y marítimas. lgualmente, define el procedimiento y requisitos para llevar a cabo la expedición Ve la Guía de maovilización o tránsito de la maqgumaria pertenecienté las subpartidas 8429.71.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52. 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00. Artículo 2%, Obligatoriedad del Registro en el Sistema RUNT. A partir de la fec _1 de entrada en vigencia del Decreto número 019 de 2072, la maquinaria agricola, ¡nd:j¿m'.él y de construcción autopropulsada, Tabricada, inportada o ensamblada en el país, tielie ser registrada de manera obligatoria en el Sistema RUNT.

| El registro de la maquinaria ingresada al país o ensamblada con anterioridad a 1a entrada en vigencia del Decreto numero 019 de 2012, es voluntaria. L Parágrafo. De conformidad con lo señalado en el Decreto número 723 de 2014, td¿[a la maquinaria clasificable en las subpartidas 8423.11.00.00, 8423.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, que se encuentre e ingrese al terrt horib colombiano debe registrarse obligatoriamente en el registro de Maquinaría, del Re stro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Previa a su inclusión en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), esta deberá tener incorporado de manera permanente y en funcionamiento, un Sistemá de Posicionamiento Global (GPS) u otro dispositivo de seguridad y monitoreo electró, autoridades de control. (.) Artículo 7%, Registro inicial de la maquinaria. Para llevar a cabo el registro inicial € maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada en el Regº| tro Nacional de Maquinaria Agricola y de Construcción Autopropulsada en v:]g&:fvc¡d del Decreto número 019 de 2012 en el Sistema RUNT, el propietario debe presentar ante el Organismo de Tránsito, formato de solicitud de trámite de maquinaria, declaratión de importación, factura de compra de la maquinaria, y acreditación del pago del tos derechos que se causen por el trámite.

Parágrafo 1%. Para efectuar el registro de la maquinaria existente en el país antes de la entrada en vigencia del Decreto número 019 de 10 de 2012 en el Sistema RUNV e propietario o poseedor, deberá presentar ante el Organismo de Tránsito, formatd| de solicitud de trámite de maquinaria y copia de la declaración de importación o copíá de la factura de compra de la maquinaria, el Formutario de Dectaración de Propiedad'ide equipo y acreditación del pago de los derechos que se causen por el trámite. “Artículo 8%. Registro inicial de maquinaria perteneciente — d las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00/00! 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00 en el Sistema RUNT. Con el fin de llevar a cabo el registro Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresaríal Gran Estación I, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Aogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185http://www mintransporte.gov.co - FORS-WEE: http://gestiondeocumental.mintransporte.Eqv.co/pgr/ ' Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes e Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal Í113 ISO 9001:2015 La movilidad Pir . “¡;;M;Agig1 es de todos — my U 2A

Cerfcane tto, EQ 701TO00RI7 A Para contestar cite: icado MT No.: 20191340363991 OOOADO DN 30-07-2019 del equipo en el Sistema RUNT, los propietarios o poseedores y/o locatarios deben llevar acabo el siguiente procedimiento, según la Techa de importación del equipo al país: (.) « Los propietarios o poseedores y/o locatarios de la maquinaria pertenecientes a las subpartidas8429.11,00.00, 8479.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, importada al país con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 2261 de 2012, deberán presentar copia de la declaración de importación o copia de la factura de compra de la maquinaria y diligenciar el Formultario de Declaración de Propiedad del equipo para el registro de la maquinaria, anexo a la presente resolución. En este caso, el trámite de cargue de la información del detalle al Sistema RUNT y registro del equipo, podrá surtirse en un mismo momento. En este caso, el organismo de tránsito confrontará la información reportada en el Formulario de Declaración de Propiedad, requerirá el formulario único de trámites de maquinaría, copía de la certificación de instalación de GPS y expedirá la Tarjeta de Registro.” De conformidad con la norma anterior, a partir de la entrada en vigencia del Decreto Ley 019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.”, la

maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada, fabricada, importada o ensamblada en el país, debe registrarse en el sistema RUNT. En cuanto a la maquinaria ingresada al país o ensamblada con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 019 de 2012, es voluntaria. Por otro lado, es importante mencionar que la maquinaria clasificada en las subptartidas 429,11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, que se encuentre o ingrese al país debe registrarse obligatoriamente en el registro de maquinaria del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Es relevante mencionar que previa a su inscripción en el RUNT, esta maquinaria deberá tener incorporado de forma permanente y en funcionamiento un Sistema de Posicionamiento Global (GPS) u otro dispositivo de seguridad y monitoreo electrónico que permita a las autoridades de control su localización y verificación. Referente a su consulta, es preciso indicar que el registro de la maquinaria en el Sistema RUNT, ingresada al país o ensamblada con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Ley 019 de 2072, es voluntaria. En tal caso, para efectuar su registro en el Sistema Runt, el propietario o poseedor deberá presentar ante el Organismo de Tránsito los siguientes documentos:

1. Formato e solicitud de trámite de maquinaria.

2. Copia de la declaración de importación o copia de la factura de compra.

3. Formulario de declaración de propiedad del equipo

4. Acreditación del pago de los derechos que se causen por el trámite.

Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación I, Costado Esfera, Pisos $ y 10, Bogotá Colombia, Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http://www.mintransporte.gov.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/par/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m,, línea Gratuita Nacional 019000112042. Código Postal 111321 | ISO 9001:2015 La movilidad E es de todos ]]] Ce lr ada Ny 64 ZAN UN7 A

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340363991

TEU O 30-07-2019 Por otro lado, el propietario, poseedor y/o locatario de la maquinaria relacionada en las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, importada al país con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 2261 de 2012, deberá:

1. Presentar copia de la declaración de importación o copia de la factura de compra de la maquinaria.

2. Diligenciar el formulario de declaración de propiedad del equipd para el registro de la maquinaria anexo en la Resolución 1068 de 2015 del Ministerio

de Transporte. W Así mismo, el Organismo de Tránsito comparará la información reportadal en el formulario de declaración de propiedad, solicitará el formulario único de trámites de maqguinaria, copia de la certificación de instalación del Sistema de Posicionamiento Global (GPS) y expedirá la Tarjeta de Registro. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término de treinta (30) días habiles, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del CPACA, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen, efectos vinculantes. | Cordialmente, | SOL ANGEL CALA Ac | Jefe Oficina Asesora de Jurídica (E) , Proyectó: Andrea Rozo Muñoz/Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal Revisó: Claudia Patricia Roa Orjuela/Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal W Fecha de elaboración: Julio de 2019

Número de radicado que responde: 20193210416242 | Tipo de respuesta: Total (X) Parcial () '

Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación !, Costado Esfera, Pisos $ y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 htte://www.mintransporte.Eov.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/por/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m,, línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 114321

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