MINTRANSPORTE - Concepto 20191340368071 de 2019
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20191340368071 de 2019
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2019
e AN N 15O 9001:2015 eS de to... d os = N| Aé º“º. —ºº¡?ífi '? . £ "E ]A A ONAOE D TE AR A A —d REN SA aa Trs INAC i ano nn éa He PBTETTA
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340368071
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01-08-2019 Bogotá D.C, 01-08-2019
PARA: TC John Fredy Suárez Guerrero - Subdirector de Tránsito De: Jefe Oficina Asesora de Jurídica ASUNTO: Tránsito — Trastado radicado 20193030079102 de 2019.
Respetado Doctor: En virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, me permito trasladar por competencia el oficio con número de radicado 20193030079102 del 13 de junio de 2019, elevado por el señor Hubert Alexis Montañez Gatvis Coordinador 1PS Asistir 15 y HSE LTDA, scbre la Practica de las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) de exámenes médicos del Plan Estratégico de Seguridad Vial, en los siguiente términos: “:Nosotros como una IPS quien cuenta con los equipos, insumos, dispositivos y talento humano competente, puede practicar todos los exámenes ocupacionales de ingreso, periódicos o seguimiento de los conductores que hablan en el numeral 1 y 2 del texto citado anteriormente? 4. ¿Sirven para dar cumplimiento al PESV en su evaluación y seguimiento por las entidades
competentes? 5. de (Sic) lo contrario ¿quién debe realizar estos exámenes de ingreso de los que habla la resolución 1465 del 20147” Es de anotar, que frente al tema se pronunció esta Cartera Ministerial mediante el radicado 20191340361621 del 29 de julio de 2019, anexo a este documento. Por último, agradec)g_mgs… mitir a esta oficina copia de la respuesta dada al peticionario. / SOL ANGEL CALA ACOSTA Jefe Ofícina Asesora de Jurídica (E) Anexo: Oficio con numero de radicado 20191340361621 del 28 de julio de 2019, en ? hojas.
Copia:
HUBERF ALEXIS MONTAÑEZ GALVIS
Cocidinador 1PS Asistir IPS Y HSE LTDA Calle 1r No 27 -56
Yopal - Casanare Proyectó: Magda Paola Suarez Alejo — Abogada Grupo de Conceptos y Apoyo Legal Revisn: Claudia Patricia Rea Orjuela - Coordinadora Grupo de Conceptos y Apoyo Leg Fecha de elabaración: 08 — 04 - 2019 ax Rúrmero de radicado que responde: 701930300791407 ripo de respuesta Total (x ) Parcial
Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia, Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Linea gratuita nacional 018000 112042 H7 / Mintransporte.goy.co — PORS-WEB: h,ttp:Ugg;s_:_tiºmiqpu;nemtaj.m¡n_tr_an!spggtg.goy_.c_gf_gqx£
Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
15O 9001:2015 El M eLas dmeotvoildiodsa d — - MIN" ENSnsPp orte N—A NEO CONMU , NÁTA % Para contestar cite: do MT No.: 20191340361621 MOOOO 29-07-2019 Bogotá, 29-07-2019
Señor: "
HUBERT ALEXIS MONTANEZ GALVIS
Coordinador IPS Asistir IPS Y HSE LTDA Calle 17 No 27 -56 Yopal - Casanare
Asunto: Tránsito - Exámenes Médicos Plan Estratégico de Seguridad Vial.
Respetado Señor: En atención al oficio con número de radicado 20193030079102 del 13 de junio de 2019, por el cual eleva unos interrogantes relacionados con la práctica de exámenes médicos señalados por el plan estratégico de seguridad vial, de manera atenta esta Oficina Asesora de Jurídica da respuesta en los siguientes términos: PETICIÓN “¿Nosotros como una IPS quien cuenta con los equipos, insumos, dispositivos y talento humano competente, puede practicar todos los exámenes ocupacionales de ingreso, periódicos o seguimiento de los conductores que hablan en el numeral 1 y 2 del texto citado anteriormente? 4, ¿Sirven para dar cumplimiento al PESV en su evaluación y seguimiento por las entidades competentes? 5, de (Sic) to contrario ¿quién debe realizar estos exámenes de ingreso de los
que habla la resolución 1465 del 20147” CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica de éste Ministerio las siguientes: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerío por personas de carácter público o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas este Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación Il, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.eov.co - PORS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.g9y.cof/pgr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m,, Código Postal 111321 150 9091:2015 La movilidad ME . —. esdetodos — S S n
PE Para contestar cite: cado MT No.: 20191340361621
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29-07-2019 Las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) son las entidades responsables de prestar servicios de salud a la población. Entre las funciones de las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud está prestar los servicios en su nivel de atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros y principios señalados en la Ley 100/93. En lo que respecta al plan estratégico de seguridad vial, el Ministerio de Transpdrte en cumplimiento de lo dispuesto por el parágrafo del artículo 10% del Decreto 2851 de 2013, expidió la Resolución N2 1565 de 2014 “por la cual se expide la Guía metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial”. I La citada guía metodológica para la elaboración del plan estratégico de seguridad viál, con respecto a las pruebas de ingreso, dispone lo siguiente: “8.1.2. Pruebas de ingreso Dentro de las pruebas requeridas, se encuentran, las establecidas por la ley, con la forma y periodicidad establecida por el Ministerio de Trabajo o Ministerio de Protección Social y Salud, así como los exámenes requeridos para la obtención de la licencia de conducción, En caso de ser un vehículo especial, de igual forma, como mínimo deben realizarse — estas pruebas, en donde adicionalmente, la empresa debe establecer aquellas que sean necesarias a efectos de conocer la aptitud del conductor para asumir la responsabilidad de la conducción. Las pruebas que debe realizar la empresa son: Y Exámenes médicos De acuerdo con lo establecido en la ley Y Exámenes psicosensométricos
De acuerdo con lo establecido en la ley Visiometría Audiometría , Exámenes de coordinación motriz l Examen de psicología | Prueba teórica Esta prueba debe medir el nivel de conocimiento del conductor, sobre los factores proptos de la conducción, normatividad, vía y del vehículo que va a conducir. Y Prueba práctica Realizar una prueba práctica, que permita conocer los hábitos y habitidades en la conducción, estas pruebas deben estar basadas en el tipo de vehículo que se va a conducir. 0000g Las pruebas deben ser realizadas, por personal que garantice idoneidad en cada campo, segtín lo establecido por las leyes que rigen nuestro territorio.” En este orden de ideas, en relación con el objeto de consulta, la citada guía establece que los exámenes psicosensométricos los debe realizar la empresa; por consiguiente, esta debe garantizar que los mismos sean realizados por personal que garantice idoneidad, según lo establecido por las leyes que rigen nuestro territorio. Así las cosas, no existe disposición normativa que establezca de manera específica que entidad u empresa es la competente para la realización de los exámenes psicosensométricos Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 h£tp://www.mintransporte.gov.co — PORS-WEB: http://gestiondocumental.mintransportc.gov.co/paré Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111371
15O 9001:2015 = . al < eLsa dmeo vtioldiodsa d M¡ntranaparte TI SO QD2'- E1 A
ELACCIARA
Crm a, RE NEF TUSOLIDA Para contestar cite: dicado MT No.: 20191340361621 ONOO VÍ O 29-07-2019 relacionados con el plan estratégico de seguridad vial, no obstante es deber de la empresa garantizar que los mismos sean realizados por personal idóneo. No obstante, se procederá a trasladar lo consultado a la Subdirección de Tránsito del Ministerio de transporte con el fin de que se pronuncien en el marco de sus competencias. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término de treinta (30) días hábiles, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del CPACA, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Cordialmente, SOL ÁNGEL/CALA ÁCOSTAJefe Oficiná Asesora de Jurídica (E) Proyectó: Magda Paola Suarez Alejo -Abegada Grupo Conceptos y Apoyo Legal Revisó: Claudia Patricia Roa OrjuelaCoordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal ( Fecha de elaboración: julio de 2019
Número de radicado que responde: 2019303D079102 Í“ Tipo de respuesta: Total (x) Parcial () |
Avenida La Esperanza (Calle 24) No, 62-49, Complejo Empresaríal Gran Estación I|, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Linea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.crc o/par/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321