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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340376501 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340376501 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

z %Q…»……………m ISO 9001:2015 . o T% ANEN convoñia La mºv¡"dad ZE ¡N ISO 9D01 es de tºd05 s "_ 4 ea ……£ VUN centicICADA. - o i NE Certficadoo $ 2017000437 A Para contestar cite: ado MT No.: 20191340376501 I ÓON 06-08-2019 Bogotá D.C, 06-08-2019

Señor:

HUMBERTO JOSÉ IGLESIAS GÓMEZ

Secretario de Movilidad Alcaldía de Medellin Calle 44 No. 52 - 165 Centro Administrativo Municipal CAM Medellín - Antioquia

Asunto: Tránsito - Revocatoria Respetado Señor: En atención a la comunicación allegada a esta Cartera Ministerial a través de radicado 20193210478412 del 26 de julio de 2019 mediante la cual consulta aspectos relacionados con la Revocatoria señalada en el artículo 161 de la Ley 769 de 2002, esta Oficina Asesora de

Jurídica se pronuncia en los siguientes términos: PETICIÓN “ (.) ¿La revocatoria directa producirá a futuro los efectos jurídicos descritos en el inciso final del artículo 11 de la Ley 1843 de 2017, esto es, iniciar nuevamente la contabilización de la caducidad y restabtecer tos términos para obtener los descuentos de ley o solicitar la audiencía pública, siempre y cuando la misma se resuelva dentro del término de un (1) año contado a partir de la ocurrencia de los hechos previstos

para ejercer la acción contravencional? (...)” CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 medificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica de éste Ministerio las siguientes: “8,1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público a privado”. Significa lo anterior que sus funciones son especificas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas esté Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación l, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http://www.mintransporte.gov.co — PQRS-WES: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pgr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 am. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321 | 1SO 9001:2015 AEE cc¿%m AÑIA ISC 9001 “E comimeicada LentrcuNu fta, |E7OSE 174

a 1 l Para contestar cite: Da Radicado MT No.: 20191340376501 _ TT a 06-08-2019 | La Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito Terrestre, frente a la revocatoria ¡Frrecta establece: | l “Artículo 161, Modificado por la Lay 1843 de 2017, artículo 11, Caducidad. La acción ,:…1or| contravención de las normas de tránsito, caduca al año (1), contado a partir de' la| ocurrencia de los hechos que dieron origen a ella. En consecuencia, durante este término se deberá decidir sobre la imposición de la sanción, en tal momento se' entenderá realizada efectivamente la audiencia e interrumpida la caducidad, | a La decisión que resuelve los recursos, de ser procedentes, deberá ser expedida en un término de un (1) año contado a partir de su debida y oportuna interposición, sí las recursos no se decid. en en el téra rmino fi..j ado en esta di-s posicL ión, se entenderánra falladas 1 a favor del recurrente, La revocación directa solo podrá proceder en forma supletiva al proceso contravencional y en el evento de ser resuelta a favor de los intereses del presuntb infractor sus efectos serán a futuro, iniciando la contabilización de la caducidad h partir de la notificación de la aceptación de su solicitud o su declaratoria de oficia, permitiendo al presunto infractor contar con los términos establecidos en la ley park — la obtención de los descuentos establecidos en la ley o la realización de la aud:enc¡á ¡

contemplados en el Código Nacional de Tránsito” | A su turno la Ley 1843 de 2017, artículo 11, siempre y cuando se den los requi itos establecidos en el artículo 93 de la ley 1437 de 2011, así: | “Artículo 93. Causales de revocación. Los actos administrativos deberán ser revocados| por las mismas autoridades que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores: jerárquicos o funcionales, de oficio o a solicitud de parte, en cualquiera de tos l siguientes casos:

1. Cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la ley. '

|

2. Cuando no estén conformes con el interés público o social, o atenten contra él _ | 1 3, Cuando con eltos se cause agravio injustificado a una persona.” a 1

Conforme la norma en cita, es importante indicar que la revocatoria directa procede cuando el acto administrativo sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la Lley, cuando no estén conformes con el interés público o social, o atenten contra él o cuando con ellos se cause agravio injustificado a una persona y será de forma supletiva al próceso contravencional por infracción a las normas de tránsito. l Igualmente vale señalar que en el evento de ser resuelta la revocatoria directa a fav¿r los intereses del presunto infractor sus efectos serán a futuro y se reiniciará lla contabilización de la caducidad a partir de la notificación de la aceptación de su solicitudlo su declaratoria de oficio, permitiendo al presunto infractor contar con los términos

establecidos en la ley para la obtención de los descuentos establecidos en la ley o la realización de la audiencia contemplados en el Código Nacional de Tránsito. , Ea Como complemento a lo anterior, vale reiterar que de ser favorable la revocatoria d|r$c€a para el recurrente y siempre y cuando se trate de un comparendo impuesto en vigencia del articulo 93 de la Ley 1843 de 2017 y que la facultada sancionatoria de la administraciór no o Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación Il, Costado Esfera, , Pisos 9 y 10, , Bogotá 1 Colombia, Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 N I http:7/www.mintransporte.Bov.co - PQRS-WEB: hetp://gestiondocumental.mintransporte gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m,, lnea Gratuita Nacional 018000112042. Cádigo Postat 111321 ISO 9001:2015 La movilidad - — — es de tºdºs VNEN CERTIFICADA. | Cembiado Kq 56 2017000817 A

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340376501

CPO 000O 06-08-2019 haya caducado el presunto infractor podrá obtener los descuentos sobre la sanción pecuniaria y acogerse a los términos establecidos en el artículo 159 de la Ley 769 de 2002

o podrá rechazar la comisión de la infracción y comparecer ante el funcionario en audiencia pública para que éste decrete las pruebas conducentes que le sean solicitadas y las de oficio que considere útiles, en la cual si fuere posible, se practicarán las pruebas y se sancionará o absolverá al presunto infractor, lo anterior de conformidad con el artículo 136 de la Ley 769 de 2002. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término de treinta (30) días hábiles, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Atentamente, Jefe Oficina Asesora de Jurídica (E) A Proyectó: Ángela Aldana Naranjo - Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal '¡/ , Reviso: Dora Ines Gil La Rotta - Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Fecha de elaboración: 06-08-2019

Número de radicado que responde: 20193210478412

Tipo de respuesta Total (x) Parcial () Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación il, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185

http://www.mintransporte.gov.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/parí Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042, Código Postal 111321

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