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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340432611 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340432611 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

ISO 9001:2015

’f' GOMPAlNjiA % . ISO 9001

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CertifitaflON3UW/OOOmA

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340432611

06-09-2019 Bogota D.C., 06-09-2019 Senor

VICTOR ALEJANDRO AGUIRRE MONSALVE

Director de Ingenien'a Busscar Busscar de Colombia S.A.S. Kilometre 14, Via Pereira-Cerritos. vaaguirre@busscar.com.co Cerritos - Valle del Cauca.

Asunto: Transporte - Accesibilidad a los diferentes modes de transporte y reglamento tecnico para vehiculos de transporte de transporte de pasajeros.

Respetado Senor, En atencion a su comunicacion radicada con el No. 20193210483232 del 29 de julio del 2019 esta Oficina Asesora de Jundica se pronuncia en los siguientes terminos: PETICION «... aclarar si el decreto 1660 de 2003 “Por el cual se reglamenta la accesibilidad a los modos de transporte de la poblacion en general y en especial de las personas con discapacidad” puede derogar las exigencias de accesibilidad de las resoluciones 3753 de 2015 y 4200 de 2016 y de ser asi cuales senan las condiciones de construccion de los vehiculos que se deben cumplin> CONSIDERACIONES Sea lo primero senalar que de conformidad con los numerales 8.1, y 8.7, del articulo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones

de la oficina asesora de jundica de este Ministerio las siguientes: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demas dependencies del Ministerio en la aplicacion e interpretacion de las normas constitucionales y legates. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de peticion relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de caracter publico o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son especificas no siendo viable entrar a analizar un caso en concrete, asi las cosas este Despacho de acuerdo a sus funciones se referira de manera general y en lo que le compete al tema objeto de analisis, asi: En principio se debe indicar que el Decreto 1660 de 2003 “por el cual se reglamenta la accesibilidad a los modos de transporte de la poblacion en general y en especial de las Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estacion II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogota Colombia. Telefonos: (67+1) 3240800 (57+1) 4263185 http;//wvyw.mintransporte.goy.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumenta.Lrnintransporte,goy.cp/pqr/ AtencionalCiudadano:SedeCentralLunesaViernesde8:30a.m.-4:30p.m., lineaGratuitaNacional018000112042.CddigoPostal111321 130 9001:201!) gggCOMfAN IA •JISO J1C Q "I CEHTIHCAOA Crt.;.;an-|Nlj:«j?CI/y>r1>^

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340432611

06-09-2019 personas con discapacidad”, fue compiLado en el Titulo 7, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector Transporte”, norma en la que se establece en los articulos 2.2.7.1 y 2.2.7.3.1: ! “Articulo 2.2.7.1. Objeto. El presente Titulo tiene por objeto fijar la normatividad\ general que garantice gradualmente la accesibilidad a los modos de transporte y la movilizacion en ellos de la poblacion en general y en especial de todas aquellas personas con discapacidad” “Articulo 2.2.7.3.1. Vehiculos accesibles. El Ministerio de Transporte, mediante aqto administrative, establecera los parametros minimos que debera poseer un vehicMo de transporte colectivo terrestre automotor de pasajeros, para ser considerado corno accesible” Con la expedicion del Decreto 1660 del 2003 el Gobierno Nacional reglamento las condiciones mmimas de accesibilidad y movilizacion en los diferentes modos de transporte de la poblacion en general y en especial de aquellas personas con discapacidad. Asi rr ismo dispone que el Ministerio de Transporte mediante acto administrative estableceri los parametros minimos que deben cumplir los vehiculos de transporte colectivo terrestre automotor de pasajeros para ser considerados accesibles. Con fundamento en lo sehalado y en las facultades legales conferidas en el articulo 31 de la Ley 769 de 2002, y el numeral 6.3 del articulo 6° del Decreto numero 087 de 2011, el Ministerio de Transporte expidio la Resolucion 3753 de 2015 “por la cual se e, '.piie el

Reglamento Tecnico para vehiculos de servicio publico de pasajeros y se dicti n otras disposiciones”, modificada por la Resolucion 4200 de 2016, la cual establece en el articulo IQ; “Articulo 1°. Expedir el siguiente Reglamento Tecnico aplicable a los vehiculos c m capacidad de nueve (9) pasajeros en adelante, mas el conductor, destinados al Servicio Publico de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carrete. h3, Colectivo Metropolitano, Distrital y Municipal de Pasajeros, Masivo y Especial” El precitado reglamento tecnico establece las condiciones tecnicas que deben curhplr los vehiculos con capacidad de nueve (9) pasajeros en adelante, mas el conductor, deStir ados al Servicio Publico de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera, Cplectivo Metropolitano, Distrital y Municipal de Pasajeros, Masivo y Especial, con el fin de minimizar riesgos para la vida e integridad de las personas y de hacerlos mas accesibles para personas con discapacidad o movilidad reducida. De lo expuesto y frente al tema objeto de consulta, debemos indicar que el Codrgo Civil establece en el articulo 71 que las normas pueden ser derogas de forma expresa o tscita, en la primera de estas la nueva norma establece de forma expresa la derogatoria de la amerior y la derogatoria tacita, es cuando la nueva norma no lo sehala; asi mismo esta la derogetoria organica que es cuando la nueva norma regula integramente la materia a que la knlerior disposicion haci'a referencia, en consecuencia, el Decreto 1660 del 2003, no dero^a la Resolucion 3753 del 2015 modificada por la Resolucion 4200 del 2016, toda vez que la

derogatoria siempre se da por una norma posterior a una anterior, ya sea de forma e xpresa, Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo EmpresariaL Gran Estacion II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogt ta Colombia. Telefonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http://wvvw.mintransporte.gpv.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.miriixanspoi te.gov.co/pqr/ Atencion al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., tinea Gratuita Nacional 018000112042. Codigo Postal 111321 pgrr-' ISO 9001:2015 i4 lua movilidad COMPANfA 1les de todos ISO 9001 201f.

CEPTIFICADA

CntifKMsNaSCMirMOtlfA

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340432611 06-09-2019 tacita u organica. Igualmente se debe senalar que aunque estas normas regulan aspectos tendientes facilitar la movilidad y transporte a personas con algun tipo de discapacidad, estas no regulan la misma materia, como ya se indico, pues en el Oecreto 1660 del 2003 se establecen las condiciones de accesibilidad a los diferentes modos de transporte y con la Resolucion 3753 del 2015 se expide el reglamento tecnico para vehiculos de servicio publico de pasajeros, en la que se establece que estos vehiculos deben ser accesibles a personas con movilidad y/o comunicacion reducida.

En los anteriores terminos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto

que se emite dentro del termino de treinta (30) dias habiles, de conformidad con lo preceptuado en el articulo 14 del Codigo de Procedimiento Administrative y de lo Contencioso Administrative, sustituido por el articulo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el articulo 28 del Codigo de Procedimiento Administrative y de L rffeboio&p Administrative, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tiefien efectos vine ntes. Cqrdiaimente, SOL ANGEL GALA ACOSTA Jefe Oficina Asesora de Jun'dica (E) Proyectd: Pedro Nel Salinas Hernandez. Abogado Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal.

Reviso: Dora Ines Gil La Rotta, Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal.

Fecha de elaboracidn: Septiembre de 2019 T ^ Numero de radicado que responde: 20193210483232 W Tipo de respuesta Total (x) Parcial () •

Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Comptejo Empresarial Gran Estaciin II, Costado Esfera. Pisos 9 y 10, BogotA Colombia. Teldfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 http://www.mintra.nsp_orte,gov.cp - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.eov.co/pqr/ Atencidn at Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. • 4:30 p.m., linea Gratuita National 018000112042. Cddigo Postal 111321

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