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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340485851 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340485851 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

oeo 1SO 9001:2015

ME ONPO

150 9001

VNEN conTit: caDAe

Fa SGS 00ITA Para contestar ' cite: dicado MT No.: 20191340485851

COO Ó ONO OÁR

07-10-2019 Bogotá D.C., 07-10-2019 Señor(a)

JUEZ ÚNICO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LETICIA.

Carrera 6 No. 8-31, Piso 2, Palacio de Justicia.

Leticia -Amazonas. Asunto: Tránsito - Cascos reglamentarios para motociclismo.

Respetado(a) Señor(a), En atención a su comunicación radicada con el No. 20193210617602 del 18 de septiembre del 2019, en el que solicita se “..certifique cual es el tipo de casco reglamentario exigido a los motociclistas en el país, cuáles son sus especificaciones técnicas, cuál es su resistencia y capacidad en prevención de daños y como debe portarse al momento de conducir”, nos permitimos informarle que el Grupo de Seguridad Vial de esta cartera ministerial se pronunció al respecto mediante memorando 20194230096663 del 4 de octubre del 2019, del cual se anexa copia. Cordialmente, SOL ÁNGEL CALA ACOSTA Jefe Oficina Asesora de Jurídica (E) ANEXOS: Memorando 20194230096663 del 4 de octubre del 2019.

Proyectó: Pedra Nel Salinas Hernández, Abogado Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal. E—-— Reviso: Dora Ines Gil La Rotta, Coordinadera Grupo Conceptos y Apoyo Legal.

Fecha de elaboración: Octubre de 2019

Número de radicado que responde; 201937210617602 Tipo de respuesta Total (x) Parcial () Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación I|, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 Mig Ay mintiansporte.gov.co - PORS-WEB: hetp://gestiendocumental.mintransporte.gov.co/pgr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321 s ——. ISO 9001:2015La movilidad - ER — MN CONPARÍA — _es de todos o m£f£í£?:f

MEMORANDO

COOO2019 42300966D 63 OOUI AE

04-10-2019 Bogotá, 04-10-2019

PARA: DORA INES GIL LA ROTTA

Grupo Conceptos y Apoyo Legal DE: EDGAR JAVIER MURILLO QUINTERO Coordinador Grupo de Seguridad Vial ASUNTO: Apoyo en la contestación requerida por el Juzgado Único Administrativo del Circuito Judicial de Leticia — Amazonas, dentro del Medio de Control de Reparación Directa No. 91001-33-33-001-2017-09144-01

Respetada Doctora Dora Inés: Conforme a lo selicitado mediante radicado No. 20193210617602 por el Despacho del asunto y remitido al Grupo de Seguridad Vial el día 3 de octubre de 2019, nos permitimos apoyar la

contestación del documento, en los siguientes términos:

1. En primer lugar, se hace necesario resaltar los valores del Plan Nacional de Seguridad Vial - PNSY 2011-2021, que se promoverán en TODAS las actuaciones a desarrollar: - Lavida es el valor máximo y todas las ideas y propósitos estarán encaminadas a protegerla y respetarla en el sistema de movilidad. - Los actores viales fomentarán la capacidad de vivir en sociedad, promoviendo actitudes de convivencia y solidaridad en los espacios de movilidad. - El cumplimiento de las normas de tránsito y transporte se realizará de manera libre y consciente por todos, convirtiendo así a la autorregulación y a la corresponsabilidad en mecanismos de educación y ejemplo. - Tedas las acciones en pro de la seguridad vial serán desarrolladas con el fin de disminuir los accidentes de tránsito, realizadas bajo los parámetros de honestidad y rectitud. - La responsabilidad y el compromiso son la base para el desarrollo de la política colombiana de seguridad vial, en las distintas escalas y niveles.

2. De igual manera, uno de los principios del PNSV es la Tendencia a la baja, que buscará presentar durante el período de vigencia, tendencías a la baja en el número de víctimas mortales, heridos graves, motociclistas, peatones y víctimas por la conducción bajo efectos del alcohol. La baja se medirá en valores absolutos, dado que la disminución por tasas puede generar resultados muy poco significativos en el número real de failecimientos o heridos.

Avenida La Esperanza (Calle 24) No, 62-49, Complejo Empresarlal Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá

Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 M i — PQRS-WEB: http://eestiondocumentalmintransporte.s0v.co/por/ Atanción al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321 | _1SO 9001:2011 . | . - La movilidad o — N ANEN conpañía - esdetodos 1PJF…&H]NZ&HI%F)DF…&J 1 T7 21680 9003 - — C | VU centiricho 15 Ceetifizado He, £0 2017050817 Á

MEMORANDO W

94230096663 IID UN 04-10-2019 ¿ En ese sentido, Colombia incluye objetivos cuantitativos duros (de base empirica), buscando un compromiso total de los distintos sectores y niveles de la administración pública, así como de las organizaciones privadas y de la academia.

3. El abjetivo que Colombia adopta sobre seguridad vial, a nivel general es: Redntc¡J del número de víctimas fatales en un 26% por accidentes de tránsito a nivel nac¡uri_al ara el año 2021. | r

4. Ahora bien, mediante memorando con radicado No. 20191400004871, la Agencia Nacional de Seguridad Vial - ANSV, indicó que, con base en las cifras procesadas: por el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, la tasa de siniestralidad ocurrida %ur¿ante el periodo comprendido entre los años 2012 a 2018, es de 21.774, motociclistas y

acompañantes, que fallecieron en accidentes de tránsito, cifra que pone de presente la necesidad de generar una acción inmediata para prevenir esta situación.

5. El Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2021, dentro del pilar estratégico de vetlículos, en su ficha técnica número 5.3., establece que “El ordenamiento colombiano debe armonizarse con la normatividad internacional para determinar los reguisitos mínimos en los vehiculos tipo motocicleta importados y/o ensamblados en el país, así como del equipamiento de seguridad del automotor y los elementos de protece. 'ón| del usuario motociclista (materiales reflectantes y ropa de protección de motocitlistas, cascos para motociclistas).”.

6. Se tiene en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.1.7.6.1 del Decreto 1595 d¿ 2b15, respecto de la elaboración y expedición de reglamentos técnicos, que estárán enmarcados dentro de la defensa de los objetivos legítimos, entre los cuales se encuentran la protección de la vida, así como de la salud y seguridad humanaj

7. Así mismo, con memorando 20194000027033 de fecha 08 de marzo de 2019, el Direetor de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte, expuso las razones téin¡£as, por las cuales se hace necesario la expedición de un Reglamento Técnico bon el objetivo de proteger la vida e integridad de las personas mediante la exigencia de requisitos técnicos de desempeño y seguridad para los cascos. | j Consecuencia de lo anterior, éste Ministerio expidió la Resolución No. 1080 de 2019 "Par la

cual se expide el reglamento técnico de cascos protectores para el uso de motocitletas, cuatrimotos, motocarros, mototriciclos, y similares”, que tiene como objetivo proteger la $ida e integridad de las personas mediante la exigencia de requisitos técnicos de desempeño y seguridad. Avenida La Esperanza (Calle 24) No, 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 y transpo — PORS-WEB: http://gestiondocumentaLmintragnosv.pcoo/rpatoer/ W Atención al Cludadano: Sede Central Lunes a Viernas de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321

1SO 9001:2045 ¡MENNNNN COMPAÑÍA , GINDO ISO sOO _CERTIFICADA f “Cartilicado Kko, AG 7617006411 4

MEMORANDO

01942300966

IO S DRO

04-10-2019 Ahora bien, la citada resolución establece que sus disposiciones son aplicables a los productores, inportadores y comercializadores de cascos protectores, para los conductores y acompañantes de motocicletas, cuatrimotos, motocarros, mototriciclos y similares, que se encuentran clasificados dentro de la siguiente subpartida del Arancel de Aduanas

Colombiano: Subpartida Descripción/Texto de Nota marginal subpartida Cascos de seguridad, | Cascos protectores para los conductores y

Nota marginal | incluso guarnecidos. | acompañantes de motocicletas, Tocados de — seguridad ¡ cuatrimotos, motocarros, mototricicios y (cascos). Los demás | similares, destinados a circular por las vías sombreros y — tocados, | públicas o privadas que estén abiertas al incluso guarnecidos. ¡ público, o en las vías privadas, que Tocados y sus partes internamente circulen vehículos. tgualmente se obliga a que los cascos protectores para los conductores y acompañantes de motocicletas, cuatrimotos, motocarros, mototriciclos y similares, destinados a circular por las vías públicas o privadas que estén abiertas al público o en las vías privadas, que internamente circulen vehículos, para poder importarse, comercializarse, producirse en Colombia, deberán cumplir con las condiciones y requisitos establecidos en ta presente Resolución. Por lo anterior, queda prohibida ta importación y/o comercialización y producción de tos productos de qué trata la presente resolución que no cumplan .con tos requisitos establecidos en la norma técnica NTC 4533-2017, el Reglamento No. 2205 anexado al Acuerdo de las Naciones Unidas de 1958 o el estándar FMVSS 2016, Respecto de la inquietud de la demandante Señora María Jesús Quiñones de Hernández, dentro del Medio de Control del asunto, relacionada con las especificaciones técnicas de los cascos protectores, para los conductores y acompañantes de motocicletas, cuatrimotos, motocarros, mototriciclos y similares; es procedente citarle lo dispuesto en el Capítulo |l Contenido Técnico Específico del Reglamento de la Resolución No, 1080 de 2019, así:

“Capitulo ! CONTENIDO TÉCNICO ESPECÍFICO DEL REGLAMENTO Artículo 6. REQUISITOS MÍNIMOS DE ETIQUETA. Deberá incluirse en el casco una et¡queta que contenga la información que se describe a continuación: a. Nombre del producto: “Casco para uso en motocicleta y vehículos afines”.

D. Tallía.

Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia, Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratulta nacional 01BDOD 112042 "N i — PORS-WEB: el i Atención al Clidadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m, - 4:30 p.m., Cédigo Postal 111321 aa ISO 9001: 20 “La mov¡l¡dad M X &,;g”'; !AH es de t0dº$ E : 1-_cenm=1 nm¡]sts Cartiicado Ne, EO '.'G"…Il:

MEMORANDO |

942300966 |

IIIO NVO

04-10-2019

C. País de origen.

d. Indicación del reglamento, estándar o norma técnica que cumple entre los señ+[a dos en este reglamento. Esta información podrá venir en idioma inglés. - e. importador o fabricante, con su razón social. , f Número de lote y fecha de producción. | | La información descrita en el etiquetado podrá estar en una o más etiquetas y deberá ser fegible a simple vista, veraz y completa.

! La etiqueta se colocará en lugar visible y de fácil acceso para consulta, adherida internamente de manera que no altere la estructura del producto y debe estar disponible al momento de su primera comercialización. La información de la etiqueta o de las instrucciones deberá estar en idioma castellaho, excepto aquella para la que no sea pos¡b[e su traducción al mismo. En todo casó esta información deberá encontrarse como minimo, en alfabeto latino o remano, Artículo 7. REQUISITOS TÉCNICOS ESPECÍFICOS, NUMERALES Y ENSAYOS APLICABLES: Los cascos protectores, para los conductores y acompañantes de motocicletas, cuatrimotos, meotocarros, mototricicios y similares destinados a circular por las vías públicas o prnl?aaas que estén abiertas al público o en las vías privadas, que internamente circulen vehídulos; deben cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos %e tos numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 4533 de 2017, de ac rerdo con lo señalado en la siguiente tabla , así: | Numeral de los | Numeral de í¿s requisitos de la | ensayos e Número Requisito técnico especifico NTC 4533 de | verificación NTC 2017 4533 de 2017 | l RI Visión periférica 3.12 Anexo B, Ane£l|:a R2 Extensión de la coraza 34 AC nexo B dTl R3 Ángulo de apertura del visor 3.13.2 Anexo G 1 R4 Transmitancia Luminosa 3.13.3,4 4.8.3,2.1.1, 1

Anexo J | R5 Transmitancia Espectral 3.13.3.7 4.8.3.2.1.1, [| Anexo J " Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 8 y 10, Bogotá Colombia, Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 01BDOO 112042 http://www mintransporte.gov.co - PORS-WEB: i .mMintr o Atención al Cludadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321 — 1SO 9001:2015 +La mºYiljDdR“QadN_ — _R COMPAÑÍA x.: -esdetodos” : - __ .

MEMORANDO

(E Tr m 04-10-2019 Numeral de los | Numeral de los requisitos de la | ensayos de Número Requisito técnico especifico NTC 4533 de | verificación NTC 2017 4533 de 2017 RE Valores permitidos para potencia de | 3.13.3.8 Anexo L refractiva R7 Cociente relativo de atenuación visual | 3.73.3.6 24.8.3.2.1.1, Anexo J RE Ensayo absorción de impactos 4.3.2, 4.3.3 4.3.1y 4.3.4 R Ensayo de protuberancias y fricción | 4.4.17, 4.4.2 T4117, 4421 superticial RIO | Ensayo de rigidez 4.5 Z.5

RA Ensayo dinámico del sistema de| 46 4.6 retención R2 Ensayo de retención | 4.7 4.7 (desprendimiento) R13 Ensayo del Visor. Características | 4,8.2 4.8.2 mecánicas RT4 Ensayo del Visor, Cualidades ópticas y | 4.8.3.2 2,8.3.7 resistencia a los rasguños R15 Ensayo de micro-deslizamiento al 49 4.3 barbuqguejo R6 Ensayo para la resistencia a la| 4.10 4.10 abrasión del barbuquejo — — R17 | Ensayo para sistemas de retención | 4.1 4.11 con mecanismos de liberación rápida Parágrafo, Si para realizar los ensayos se requiere muestreo del producto objeto del presente reglamento técnico, se hará de acuerdo con los procedimientos establecidos por el organismo de certificación acreditado. Artículo B. REFERENCIA A NORMAS TECNICAS COLOMBIANAS NTC, De acuerdo con el Numeral 2,4 del Artículo 2 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comerelo - OTC de la OMC y de conformidad con el Artículo 8 de la Decisión 562 de la Comisión de la Comunidad Andina, el presente Reglamento Técnico se basa en la Norma Técnica Colombiana NTC 4533 segunda actualización del 21 de junio de 2017 Avonida La Esperanza (Colle 24) No. 62-48, Complejo Empresarial Gran Estución I, Costado Esfera, Pisos 8 y 10, Bogutá Colembia, Teléfenos Línea de aurvicio al cludadano; (57+1) 3240000 op, 2

Línea gratulta naclonal $1¿8000 112042 " ACENY/WWww.mintranaporte.dov.aco - AQRS-WEB: httm//gastiondocumentalmintrensporte ERV.a9/00r/ Atanaión al Cludadano: Í£Íu Cuntral Lunes y Viarnos %u B€:ID a, - 4:30 p.r, Gódkge Postal 1115á1

1SO 9001:201 - ANUN CONPAÑÍA /….…………. p

- .

MEMORANDO

CAAO U DOVAO 04-10-2019 ' Se hace procedente, que le sea señalado al honorable Despacho, que éste reglament; lO para la producción, importación y comercialización de cascos en el territorio Nacional, en trará a regir en el mes de marzo de 2020, en cuyo régimen de transición, los comercializadóres deberán adoptar las medidas necesarias para agotar el inventario existente. Una vez v encido el plazo no podrán comercializar los cascos que no cumplan con lo dispuesto reglamento técnico. Por tanto, una vez finalizado su régimen de transición se de Resolución No. 1737 de 2004 del Ministerio de Transporte. En el siguiente link, se podrá consultar la integridad de la referida Resolución: | https://mintransporte.gov.co/documentos/354/2019/8enPasDocs=5 | Por último, es importante reiterar el compromiso del Ministerio de Transporte ohasL elaboración de Políticas Publicas tendientes a proteger la vida e integridad de las pel mediante la exigencia de requisitos técnicos de desempeño y seguridad para los condu rtores y acompañantes de motocicletas.

Cordialmente,

EDGAR JAVIER MURILLO QUINTERO

Coordinador Grupo de Seguridad Vial Anexos: Dos (2) fotios

Copia: WILLIAM JESUS GOMEZ ROJAS. Grupo Defensa Judicial

JOHN FREDY SUAREZ GUERRERO. Subdirección de Transito.

Proyecto: Mleon - GSY Fecha de elaboración: 03/10/2019

Número de radicado que responde: 20194230096663

Tipo de respuesta Total (X) Parcial () Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación if, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombía. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 htto://www.mintransporte.cov.co - PORS-WEE; hitp://gestiondocumental mintransporte.gov.compgr/ Atención al Cludadano: Sede Central Lunes a Viernes de 6:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321

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