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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340489021 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340489021 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

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CEPTIFICADA CenScidoNoIsOMJJOOOWr-''’

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340489021

08-10-2019 Bogota D.C., 08-10-2019

Senora:

ANGELA FAJARDO ANDRADE"

CalLe 9 No. 10 - 54 Belen de Ibague angela.fajardoa@outLook.com Ibague, Tolima Asunto: Transito. Infracciones al transit© por la circulacion de un vehiculo en via publica sin licencia de conduccion Respetada senora: En atencion al oficio con numero de radicado 20193030118252 del 26 de agosto de 2019, mediante el cual solicita concept© respecto al transito de un vehiculo apagado en via publica, esta Oficina Asesora de Juridica responde en los siguientes terminos: PETICION >1 “(...)ies infraction circular y/o transitar con un vehiculo o moto apagado en las vias cuando no se porta la licencia de conduction por la perdida (sic) o hurto de la documentation a pesar de que se tenga el denuncio? ;se considera transitar o circular en una via con un vehiculo o moto apagado al empujarlo o caminar junto a el (sic)? (...)” CONSIDERACIONES Sea lo primero sehalar que de conformidad con el articulo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de juridica de este Ministerio las siguientes:

“8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demas dependencias del Ministerio en la aplicacion e interpretation de las nornias constitucionales y legales. M 8.7. Atendery resolver las consultas y derechos de petition relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de caracter publico o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son especificas no siendo viable entrar a analizar un caso en concrete, asi las cosas, este Despacho de acuerdo a sus funciones se referira de manera general y en lo que le compete al terna objeto de analisis asi: En virtud de la disposiciones contenidas en el articulo 24 de la Constitucion Politica, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio Nacional, pero esta sujeto a la intervencion y reglamentacion de las auto'idades para garantia de la seguridad y comodidad de los habitantes, especialmente de los peatones y de los discapacitados fisicos Avenida La Esperanza (CalLe 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estaci6n II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogoti Colombia. Telifonos: (57+1) 3240800 (57+-1) 4263185 http://www.mintransoorte.gov.eo - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ I Atenci6n al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m,, linea Gratuita Nacional 018000112042. Codigo Postal 111321 ■j r ISO 90+0^":2015 D La movilidad COM >ANfA (MifiES^HSuS es de todos S iso BOO'l J cetm :ICAD? A01 5

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Para contestar cite: Radicado MI No.: 20191340489021 i 08-10-2019 \\ y mentales, para la preservacion de un ambiente sano y la proteccion del uso|comun del espacio publico.

De igual forma, el articulo I9 de la Ley 769 de 2002, senala que las normasfde Cddigo Nacional de Tfansito Terrestre rigen en todo el territorio nacional y regulan la cirduticion de los peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas, agentesfile transito y vehi'culos por las vias publicas y privadas abiertas al publico. || Sea precise citar las definiciones que trae el articulo 2° del^Capitulo I del Titulo] ds la Ley 769 de 2002 - C6digo Nacional de Transito Terrestre, relacionadas con la circulacidn de vehi'culos en via pdblica: }; %..) Conductor: Es la persona habititada y capacitada ticnica y tedricamente para operaY un vehiculo. ■ (...) Licencia de conduccidn: Documento publico de car&cter personal e intransferible expei 'ido por autoridad competente, el cual autoriza a una persona para la conduccidn de vetychlos con validez en todo el territorio nacional. (...) Motocicleta: Vehiculo automotor de dos ruedas en linea, con capacidad para el condt, ctbr y un acompahante. (...)n ? I Ast mismo, el Diccionario de la Real Academia Espahola, define el verbo conducirjcomo: "Transporter a alguien o algo de una parte a otra. Guiar un vehiculo automdvil.”

Asi mismo, el articulo 18 de la Ley 769 de 2002, modificado por el articulo 195 del Decreto 19 de 2019, establece las facultades del titular de la licencia de conduccidn, asi: 11 "Articulo 18. Modificado por el Decreto 19 de 2012, articulo 195. Facultad del titular. La licencia de conduccidn habilitard a su titular para conducir vehiculos automotores de ac'uet do con las categories que para cada modalidad establezca la teglamentacidn que adofate el Ministeno de Transporte, estipulando claramente si se trata de un conductor de servicio publico o particular." u j| En efecto, el literal B del articulo 131 del Codigo Nacional de Tr&nsito Terrestre, mod ficado por el articulo 21 de la Ley 1383 de 2010, preve la multa a la que hay lugar ehlcaso de incumplir con la obligacidn de portar con el documento que autoriza a una persona para la conduccidn de vehiculos, asi: | "B. Serd sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios minimos legates dianos vigentes (smldv) el conductor y/o propietario de un vehiculo automotor que incufra ?n cualquiera de las siguientes infracciones: 8.1. Conducir un vehiculo sin llevar consign la licencia de conduccidn. De igual manera, el Manual de Infracciones al Transito adoptado por el Ministerio de i Avenlda La Esperanza (Calle 24) No. 62'49, Complejo Empresarial Gran Estac!6n II. Costado Esfera, Plsos 9 y 10, Bogota

Colombia. Telifonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 httD://www.mintransoorte.gQv.co - PQRS-WEB: bttP://gestiondoeumentRl.m'ntransporte.gov.co/oqr/ Atencl6n al Ciudadano: Sede Central Lunea a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., linea Gratulta Nacional 018000112042. C6digo Postal 11 321

ISO 9001:2015 La movilidad / COMPANIA esdetodos ISO 9001 ; I K ?015

CERTIFICADA/ iL

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340489021

08-10-2019 Transports mediante la Resolucion 3027 del 26 de julio de 2010 aPor la que se actualiza la codificacion de las infracciones al transito, de conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de 2010, se adopta Manual de Infracciones y se dictan otras disposiciones”, complementa la disposicion anterior, estableciendo que: El documento que acredita que el conductor esta autorizado para conducir es la Licencia de conduccion debidamente expedida por organismo de transito o por ente autorizado por este. En el caso no portarla se mantendra la inmovilizacion del veht'culo en el lugar de la infraccion, hasta que otra persona autorizada por el infractory que tenga licencia de conduccion vigente conduzca el vehiculo. ” En consecuencia, de las disposiciones normativas citadas se evidencia que la licencia de conduccion tiene como objeto verificar la idoneidad del conductor, motive por el cual, su porte mientras conduce un vehiculo automotor que se encuentra en circulacion en el

territorio Nacional es de caracter obligatorio. En este punto, es necesario precisar que el ordenamiento jun'dico no realiza una diferenciacion con respecto al tratamiento de vehiculos con base en. si estos estan encendidos o apagados, unic^amente hace referencia a que estos se encuentren transitando por las vfas publicas. >.'■ Asi pues, al conducir un vehiculo, sin licencia de conduccion se incurre en una infraccion al transito, lo que acarrea la sancion prevista en el literal B del articulo 131 del Codigo Nacional de Transito Terrestre, modificado por el articulo 21 de la Ley 1383 de 2010. En este orden de ideas, es preciso sehalar que las infracciones a las normas de transito se encuentran taxativamente tipificadas en el Codigo Nacional de Transito, asi como detalladas en el Manual de Infracciones al Transito adoptado por la Resolucion 3027 del 26 de julio de 2010 por esta Cartera Ministerial, en virtud del principio de legalidad, de tal manera que no exista duda tanto para las autoridades de transito, como para los beneficiarios de la via sobre las conductas que constituyen infracciones de transito objeto de sancion. Ahora bien, en cuanto a los presupuestos facticos planteados por el peticionario relacionados con la validez de la constancia de denuncia de perdida de dqcumentos, es preciso sehalar que esta no es valida como identificacion o soporte legal ante algun proceso ejecutivo o administrative o Judicial, asi pues, en caso de perdida, se debera proceder a tramitar ante el organismo de transito competente la expedicion de su duplicado, esto es la copia fiel de la licencia de conduccion original, de identicas caracteristicas tanto en su forma, como en su

contenido y con la misma validez, o sea, la reproduccion exacta del original. En los anteriores terminos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concept© que se emite dentro del termino de treinta (30) dias habiles, de conformidad con lo preceptuado en el articulo 14 del Codigo de Procedimiento Administrative y de lo Contencioso Administrative, sustituido por el articulo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el articulo 28 del Codigo de Procedimiento Administrative y de lo Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estaci6n II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogoti Colombia. Tetefonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 httDV/www.mintransoorte.gov.co - PORS-WEB: http://gestiondocumentaL.mintran5oorte.gov.co/DQr/ A Atencl6nalCiudadano:SedeCentralLunesaViernesde8:30a.m.-4:30p.m., lineaGratuitaNacional018000112042.CddigoPostal111321 ISO 9001:2<)15 La movilidad ,v P AINII'A siocn es detodos 2015 I FICAOA . cnmcj«> Mo. sc; si rte ns: a

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340489021

08-10-2019 ? 'I Contencioso Administrative, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Cordialmente 5

SOL ANGEL GALA ACOSJA s

Jefe Oficina Asesor^^reJuridica (E) i

Proyecto: Daniela Barrera Pedraza • Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal Revisd: Dora Ines Gil La RottaCoordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legalr Fecha de elaboracidn: Octubre de 2019

Numero de radicado que responds: 20193030118252

Tipo de respuesta: Total (X) Parcial ()

V-' .r Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49. Complejo Empresarial Gran Estacidn II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, BogitA Colombia. Tel6fonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 htto://www.mintransDorte.gov.co - PQRS-WEB: httD://festiondocumentaLmintransporte.eov.co/oqr/ Atencidn al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Knea Gratuita Nacional 018000112042. Cddigo Posta 111' 21

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