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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340490381 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340490381 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

) -43 ISO 9001:2015 .cs W' eL sa dm eo tv oil did oa sd G3tift3£EEX£&&i> i'.LVVT gl> ISO OO^ r oA ofvj of/v ^t criarnni/vo/\

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340490381

09-10-2019 Bogota D.C., 09-10-2019 Senora

AMPARO JACOME DE MOLINA

amparito3159@hotmail.com Bogota D.C.

Asunto: Transito - inmovilizacion de vehiculo.

Respetada senora: En atencion a la comunicacion allegada mediante radicado 20193210553992 del 28 de agosto de 2019, a traves de la cual eleva consulta acerca de la inmovilizacion de un vehiculo por infraccion a las normas de transito, esta oficina se pronuncia en los siguientes terminos: PETICI6N “(...) solicitud informacion Y sustento juridico de cuiles son los documentos para retirar un vehiculo inmovidzado por infracciones a las normas de transito (...) “ CONSIDERACIONES Sea lo primero sehalar que, de conformidad con los numerales 8.1. y 8.7., del articulo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011, modificado por el articulo 1e del Decreto 1773 de 2018 son funciones de la oficina asesora de juridica de este Ministerio las siguientes: "8.1. Asesorary asistir al Ministro y demas dependencias del Ministerio en la aplicacion e interpretacidn de las normas constitucionales y legales. (...) 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de peticion relacionados con las

funciones de la oficina. presentados ante el Ministerio por personas de carActer publico o privado". Significa lo anterior, que sus funciones son especificas no siendo viable entrar a analizar sobre un caso en concrete; en consecuencia, esta oficina se pronunciara de manera general y en lo que le compete al tema objeto de analisis asi: La Ley 769 de 2002 “por la cual se expide el Codigo Nacional de Transito Terrestre y se dictan otras disposicioned\ sehala: "Articulo 125. Inmovilizacion. La inmovilizacion en los casos a que se refiere este codigo, consists en suspender temporalmente la circutacion del vehiculo por las vias publicas o privadas abiertas al publico. Para tal efecto, el vehiculo sera conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen, a menos que sea subsanable en el sitio que se deteetd la infraccion. Paragrafo 1°. El propietario o administrador del parqueadero autorizado utilizado para este fin, que permits la salida de un vehiculo inmovilizado por infraccion de las normas de transito, sin orden de la autoridad competente, incurrira en multa de cincuenta (50) salarios minimos legales mensuales vigentes. Si se tratare de parqueadero autorizado no oficial. incurrir£ ademas en suspension o cancelacion de la autorizacion del patio, parqueadero autorizado de acuerdo con la gravedad de la falta. En todo caso, el ingreso del vehiculo al lugar de inmovilizacion debera hacerse previo inventario de los elementos contenidos en el y descripcidn del estado exterior. Este mismo procedimiento se hara a la salida del vehiculo. En caso de diferencias entre el

inventario de recibo y el de entrega, el propietario o administrador del parqueadero autorizado incurrira en multa de veinte (20) salarios minimos legales mensuales vigentes y, adicionalmente, debera responder por los elementos extraviados, dahados o averiados del vehiculo. Paragrafo 2°. La orden de entrega del vehiculo se emitira por la autoridad de transito competente, previa comprobacion directa de haberse subsanado la causa que motive <\ Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estacidn II, Costado Esfera. Pisos 9 y 10, Bogota Colombia. Tel4fonos Linea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Linea gratuita nacional 018000 112042 http://www.rnintransporte.goy.co - PQRS-WEB: .http://ge§tiondocurneD.taLrniatranspprteigpy,cp/p.qri Atenciin al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m„ Codigo Postal 111321 ISO9001:2015 La roovil id ad is-5 0 j J T: TI-Ui/VI 'c? i. o.<i»v-4

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340490381 09-10-2019 i! la inmovilizacion. La orden de entrega se ejecutara a favor del propietario del vehfcu o o al infractor, quien acreditara tal calidad con la exhibicion de medios de prue\ a documentales. ',i Paragrafo 3°. En el caso de vehtculos de servicio publico, cuando no sea posibie

subsanar la falta por encontrarse el vehiculo retenido, la autoridad de transito pod\i ordenar la entrega al propietario o infractor previa suscripcion de un acta en la cual s? comprometa a subsanarla en un plazo no mayor a cinco dias. Copia del acta se remitir'a a la Empresa de Transporte Publico a la cual se encuentre afiliado el vehiculo. I El incumplimiento del compromiso suscrito por el propietario o infractor dara lugarkx una multa de veinte (20) salaries minimos legales mensuales vigentes a cargo del propietario. Paragrafo 4°. En el caso de inmovilizacion de vehiculos de servicio publico, la empresi transportadora respondera como deudor solidario de las obligaciones que st contraigan, entre ellas las derivadas de la prestacion del servicio de grua j parqueaderos. La inmovilizacion o retencion a que hacen referenda las normas de transporte se regiran por el procedimiento establecido en este articulo. J Paragrafo 5°. Cuando el vehiculo no sea llevado a parqueaderos autorizados la inmovilizacion se hara bajo la responsabilidad del propietario del vehiculo o del, infractor, para lo cual, el agente de transito notificara al propietario o administradoP del parqueadero autorizado. , Paragrafo 6°. El propietario del vehiculo sera el responsable del pago al administrador^ o al propietario del parqueadero por el tiempo que estuvo inmovilizado el vehiculo. Paragrafo 7°. Los parqueaderos autorizados deben ser aprobados por el organismo de transito correspondiente en resolucion que determinara lo atinente. Asi mismo, el Manual de Infracciones a las normas de transito adoptado por la Ressl

3027 de 2010 del Ministerio de Transporte, senala: i| "Capitulo 6. INMOVILIZACION DEL VEHICULO: . Consiste en la suspension temporal de la circulacion de un vehiculo, en este caso en particular y a diferencia de la retencion preventive, el vehiculo se trasladara a patios oficiales o parqueaderos autorizados osea, los aprobados por el organismo de transito correspondiente mediante Acto Administrativo. (...) En cuanto a la inmovilizacion de vehiculos se tendran en cuenta los siguientes parametros: El traslado del vehiculo debe realizarse mediante la utilizacion de un medio idoneo que impida que se siga cometiendo la infraccion que dio origen a la inmovilizacion, por ejemplo si se pretende inmovilizar un vehiculo por contaminacion ambiental, no se podra consentir que dicho vehiculo siga circulando por la via, asi sea solamente para ser llevado a los patios, por lo que seguira contaminando. (...) • Igualmente el policia de transito antes de enviar el vehiculo a los patios, debera revisar el inventario y confrontarlo con lo observado objetivamente en el vehiculo, tales como elementos contenidos en el y descripcion del estado exterior, para que las diferentes anotaciones del estado del mismo se ajusten a la realidad y no sea a simple capricho del operador de la grua. Esto en aras de evitar que un vehiculo en buen estado, figure en el inventario con todos sus componentes en mal estado. (...) • La orden de entrega del vehiculo inmovilizado en parqueaderos oficiales se extenders a favor del propietario o del infractor. En el evento de que el 1 AvenidaLaEsperanza(Calle24)No. 62-49,ComplejoEmpresarialGran EstacionII,Costado Esfera,Pisos9y10,Bogota 1

Colombia.TelefonosLineadeservicioalciudadano: (57+1)3240800op.2 ' Lineagratuitanacional018000112042 : h.1;l;R:/''^-.ww.!ninUans»p.'1.r-.£gy,ccPQRS-WEB: il1;tE?;//gGstiondocj!inj.entr4rrKinii;rK;sfiqrt<\gqv.(;u/p.q|;/ .l[ AtencionalCiudadano:SedeCentralLunesaViernesde8:30a.m.-4:30p.m.,CodigoPostal111321

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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191340490381 09-10-2019 infractor no sea el propietario del vehiculo debera exhibir en original la orden de comparendo impuesta, el inventario de patio, la licencia de transito del vehiculo y la cedula de ciudadania. (.r Conforme a lo anterior, en relacion al objeto de consulta, en virtud de lo dispuesto por el articulo 125 de la Ley 769 de 2002, la inmovilizacion en los casos a que se refiere el Codigo Nacional de Transito, consiste en suspender temporalmente la circulacion del vehiculo por las vi'as publicas o privadas abiertas al publico. Para tal efecto, el vehiculo sera conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen, a menos que sea subsanable en el sitio que se detecto la infraccion.

Asi mismo, establece que para el ingreso del vehiculo al lugar de inmovilizacion se debera

hacer un inventario de los elementos contenidos en el y descripcion del estado exterior, este mismo procedimiento se hara a la salida del vehiculo. En caso de diferencias entre el inventario de recibo y el de entrega, el propietario o administrador del parqueadero autorizado incurrira en multa de veinte (20) salaries minimos legales mensuales vigentes y, adicionalmente, debera responder por los elementos extraviados, dahados o averiados del vehiculo. La orden de entrega del vehiculo se emitira por la autoridad de transito competente, previa comprobacion directa de haberse subsanado la causa que motive la inmovilizacion, la misma se ejecutara a favor del propietario del vehiculo o al infractor, quien acreditara tal calidad con la exhibicion de medios de prueba documentales. Finalmente, cabe precisar que el Manual de Infracciones a las normas de transito adoptado por la Resolucion 3027 de 2010 del Ministerio de Transporte, dispone que la orden de entrega del vehiculo inmovilizado en parqueaderos oficiales se extendera a favor del propietario o del infractor. En el evento de que el infractor no sea el propietario del vehiculo debera exhibir en original la orden de comparendo impuesta, el inventario de patio, la licencia de transito del vehiculo y la cedula de ciudadania. En los anteriores terminos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del termino de treinta (30) dias habiles, de conformidad con lo preceptuado en el articulo 14 del Codigo de Procedimiento Administrative y de lo Contencioso Administrative, sustituido por el articulo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el articulo 28 del Codigo de Procedimiento Administrative y de lo

Contencioso Administrative, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Cordialmente, CLAUDIA PATRICIA ROA ORJUELA Jefe Oficina Asesora de Juridica (E) Proyecto: Evelyn Julieth Medina Medina -Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal ^ Revise: Dora Ines Gil La Rotta Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal 1

Fecha de elaboracion: Octubre de 2019 fj Numero de radicado que responde: 20193210553992 f Tipo de respuesta: Total (X) Parcial ()

Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estaci6n II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogota Colombia. Tel^fonos Linea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Linea gratuita nacional 016000 112042 bttpr//www.m>ntransporte.gQv.co - PQRS-WE8: .http://gestiondoQ.umental.mintraosporte.goy.cp/pqr/ AtencionalCiudadano:SedeCentralLunesaViernesde8:30a.m.-4:30p.m.,CddigoPostal111321

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