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MINTRANSPORTE - Concepto 20191340549521 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20191340549521 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

1SO 9001:2015

AEE OMPAÑÍA

EaEA E A 15O QÚ(£"I ENEN cERTIFICADA20 17

Crrtilicaria No. SG 2017000817 A Para contestar cite: dicado MT No.: 20191340549521

AOOO EAO

12-11-2019 Bogotá D.C, 12-11-2019

Señora:

MARÍA PATRICIA ZUNIGA CAMPO

Subsecretaria General Alcaldía de Medellín Calte 44 No. 52 — 165

Medeilín - Antioquia Asunto: Tránsito — Desintegración de vehículos Respetada Señora: En atención a la comunicación allegada a esta Cartera Ministerial a través de radicado 20193210665772 del 27 de septiembre de 2019 mediante la cual señala que la Secretaria de Medellín tuvo conocimiento de un hurto a un menor de edad a donde se vio vinculado un vehículo tipo taxi, el cual aparecía en el sistema RUNT como si hubiera sido desintegrado, igualmente manifiesta que por exposiciones ciudadanas se ha enterado sobre el incumplimiento de los requisitos para la chatarrización por parte de algunas entidades desintegradoras autorizadas que operan en el Área Metropolitana por lo anterior, solicita intervención con el fin de que se haga seguimiento y contro!, esta Oficina Asesora de Jurídica

se pronuncia en los siguientes términos: CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica de éste Ministerio las siguientes:

“8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter puúblico o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas esté Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: El Ministerio de Transporte expidió la Resolución 646 de 2014 mediante la cual reglamentar el procedimiento para la cancelación de la licencia de tránsito así como los requisitos que deben cumplir las entidades desintegradoras para obtener la habilitación por parte del Ministerio de Transporte para realizar la desintegración física de vehículos automotores en el país, señalando: Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación I, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Calombia. Teiéfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 hito://wenw mintraneporte.goy.co - PORS-WEB: http://gestiondocumental.mintransnorte.Cov.co/par/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.. - 4:30 p.m, línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321 ISO 9001 - H ._ — |l - OMIPAÑIA .Z SD 0071 eos án de0 1¡:t/o¡d|áods3d u.. M'. “tf3f.$9i>ñº- E Cnjc

e N i Camtradokr : ye. « YE Para contestar cite: o MT No:: 2|(|)|'hí|'¡í|405495¡2í … 12-11-2019 “Artículo 9 Certificación emitida por la Dirección de Iinvestigación Criminal N e interpolDijín. Todos tos vehículos que deban someterse al proceso e desintegración física total vehicular deberán obtener el Certificado de Revisión Técni :a de la Dijín con el fin de garantizar que el vehícuto no tiene ningún pendiente í reguerimiento de una autoridad judicial y constatar los guarismos de identificación e motor, serie y chasis y que los guarismos de identificación del vehículo correspond a la clase, modelo y marca del vehículo objeto de desintegración física, teniendo es como único soporte el certificado de tradición, La información de las característica del vehículo y del propietario que el certificado contiene deberá ser corroborada traves del sistema RUNT, eS V [ Artículo 10. Entrega y recepción del vehículo automotor, Expedida la certificación pg¡r parte de la Dijín, el vehículo deberá ser presentado dentro de los siguientes quince (15 días calendario ante la entidad desintegradora. La entrega del vehículo se podrá realizar o cualquier desintegradora habilitada s importar el lugar del país en donde se ubique y se formalizará con un acta suscrita pár quienes intervienen, en donde se indicará la autenticidad de los guarismos o!9 identificación y que estos corresponden a tos consignados en la solicitud realizada p£ lr el propietario y a los consignados en la revisión técnica realizada por la Dijín, de la cu ! se dará copia al propietario del vehículo o su representante, inmediatamente a'espu

de su suscripción. La entidad desintegradora, llevará registro fotográfico y fílmico del proceso recepción del vehículo, de la persona que lo entrega y de la desintegración del mism información que deberá reposar en la carpeta que para cada uno de los veh¡culos | genere; estas carpetas deberán estar disponibles para las autoridades que en el ejercicio de sus competencias las requieran. El vehículo entregado queda depositado en las instalaciones de la desintegradora, [ cual responderá por su guarda, custodia, conservación y posterior desintegración físich total “ Artículo 11 Entrega de documentos del vehículo automotor a la desintegradora. momento de la entrega del automotor, el propietario del vehículo entregara ta desintegradora, los siguientes documentos: !

1. Certificado expedido por la Dijín, el cual deberá ser validado a través del sistem

RUNT,

2. Autorización suscrita por el propietario del vehículo para realizar la des¡nfegrac¡ár'1' física total. "

3. Certificado de tradición del vehículo en el que conste que el mismo está libre d¿ gravámenes o limitaciones a la propiedad, excepto que el gravamen o timitación provenga de deudas de impuestos del respetivo vehículo a desintegrar.

4. Placas del vehículo automotor a desintegrar o denuncio por pérdida.

Estos documentos deberán reposar en la carpeta que la desintegradora genere par, el archivo de los registros relacionados con el vehículo, con excepción de las placas] las cuales deberán ser destruidas por o desintegradora, en el momento de |, desintegración del vehículo, de este hecho, se dejará constancia, Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación lI, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogot

Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185

http://www.mintransporte.gov.co — PQRS-WEB: hrtp://gestiondocumental.mintransporte.gomrCop:a Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., liñea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 1113 u2[ ISO 9001:2015 ANEN comentvía ., 1SO 9001 UN centiFICADA . Carticado No $6 7017000817 4

Para contestar cite: o MT No.: 20191340549521

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12-11-2019 Artículo 12 Desintegración física del vehículo. Suscrita el acta de entrega, la entidad desintegradora dentro de los diez (10) días hábiles siguientes procederá a realizar la desintegración del vehículo de acuerdo con los procesos que desde el punto de vista ambiental, reglamente el MADS. Artículo 13. Certificado de desintegración física del vehículo. La entidad desintegradora, deberá expedir el certificado de desintegración física total de un vehículo el mismo día que concluya su desintegración, en el que se acredite el cumplimiento de la descomposición física de todos los componentes integrantes del automotor y su disposición final conforme a lo establecido en la presente resolución y en las normas ambientales expedidas por la autoridad competente. El mismo día de su expedición el certificado de desintegración física total será registrado por la desintegradora directamente en el Registro Unico Nacional de Tránsito (RUNT).” Artículo 14. Obligaciones de las desintegradoras. Una vez autorizada la desintegradora,

deberá: (.) d) Mantener vigente los permisos, certificado de calidad, autorizaciones y demás registros propios de su actividad, exigidas por las entidades de contro! y autoridades competentes; C) Artículo 15. Transmisión de información al Sistema RUNT, Las entidades desintegradoras, deberán reportar por medios electrónicos en línea y tiempo real al Registro Único Nocional de Tránsito (RUNT), las desintegraciones de los vehículos aprobados y los vehículos rechazados desde las sedes que hayan sido habilitadas para el registro y cargue de información, (.) En caso contrario, no podrá transmitir información y copia de la evidencía del incumplimiento se remitirá a la Superintendencia de Puertos y Transporte, para que se acelante las investigaciones respectivas. (.) Por otro lado, el Decreto 2409 de 2018 — “Por el cual se modifica y renueva la estructura de la Superintendencia de Transporte y se dictan otras disposiciones”, establece: “Artículo 4%, Objeto. La Superintendencia de Transporte ejercerá las funciones de vigilancia, inspección, y control que le corresponden al Presidente de la República como suprema 'autoridad administrativa en materia de tránsito, transporte y su infraestructura de conformidad con la ley y la delegación establecida en este decreto. El objeto de la delegación en la Superintendencia de Transporte es: Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185

HEt //araw.Imintransporte.gov.co — PQRS-WEB: ht;p:/1ggs_tiondopgmeg'gaL.min_tn;an599;_te.ggv,;g/pqr[ Atención aí Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.. - 4:30 p.m.. línea Gratuita Nacional 018000112042. Código Postal 111321 ISO 9001:-1. — -- La movilidad “ Wintrans es de todos . — Camficado 1 SA 0A Cel Para contestar cite: cado MT No.: 20191340549521 M N

1. Inspeccionar, vigilar y controlar la aplicación y el cumplimiento de las normas que rigen el sistema de tránsito y transporte. (.) Artículo 5% Funciones de la Superintendencia de Transporte. La Superintendencia |u e

Transporte tendrá las siguientes funciones: ()

2. Adoptar las políticas, metodologías y procedimientos para ejercer la supervisión de las entidades sometidas a la vigilancia, inspección y control de la Superintendencia! ()” De acuerdo a lo anterior, es preciso señalar a través de la Resolución 646 de 12014 el Ministerio de Trasporte establece el procedimiento y requisitos que deben cu?npl¡r las entidades desintegradoras para obtener la habilitación por parte del Ministerio de Tránsporte y para realizar la desintegración física de vehículos automotores en el país, !

Asi mismo, es necesario manifestar que si bien es cierto que el Ministerio de Transpoñte funge como ente regulador de normatividad en materia de tránsito y transporte a nivel " acional, no es menos cierto puntualizar que no ostenta la calidad de superior jerárquic¿ de las

autoridades y los organismos de tránsito, ni de las entidades públicas o privadas que constituyen organismos de apoyo en esa materia, dado que éstos son entes autónomos e independientes. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término de treinta (30) días hábiles, de conformidad| con lo preceptuado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, ytiene el alcance de que trata el articulo 28 del Código de Procedimiento Administrativoly de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ñi tienen efectos vinculantes. I Atentamente, SOL ANGEL CALA ACOSTA Jefe Oficina Asesora de Jurídica (E) Proyectó: Ángela Aldana Naranjo - Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal p .

Reviso: Dora Ines Gil La Rotta — Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal My Fecha de elaboración: 05-11-2019

Número de radicado que responde: 20193210665772

Tipo de respuesta Total (x) Parcial () Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación ll, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogatá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 httpo://www.mintransporte.gov.co — PQRS-WEB: httb://gestiondocumental.mintragnosvp.coorptore/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacionat 018000112042. Código Postal 111321 — A

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