MINTRANSPORTE - Concepto 20201340188571 de 2020
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20201340188571 de 2020
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2020
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340188571
20201340188571 04-05-2020 Bogotá D.C., 04-05-2020 Señor
JUAN CARLOS CARDENAS REY
Alcalde Municipal de Bucaramanga contactenos@bucaramanga.gov.co Calle 35 No. 10 - 43
Bucaramanga - Santander Asunto: Transporte. Denuncia presunto Abuso de confianza y posible malversación del fondo de reposición automotor.
Respetado señor: En virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 y como quiera que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.1.2 del Decreto 1079 de 2015, la inspección, vigilancia y control de la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi, está a cargo de los Alcaldes o las autoridades municipales que tengan asignada la función, por competencia damos traslado de la denuncia presentada mediante oficio 20203210209092 del 23 de abril de 2020 por el señor Jhon Alexander Pabón Villamizar respecto al presunto Abuso de Confianza y posible malversación del Fondo de Reposición Automotor por parte de la Cooperativa COTAXI NIT 890.200.218-6, lo anterior por cuanto en el escrito de denuncia expone el señor Pabón lo siguiente: “En la cooperativa COTAXI NIT. 890.200.218-6 con sede principal en la ciudad de Bucaramanga,
Santander, cada asociado fue a retirar el 85% del fondo de reposición automotor amparado por el decreto 572 de 2020 (sic), pero al momento de reclamar los dineros, el gerente de la cooperativa nos indica, por medio de wharsApp, que esos dineros están en un CDT, generando intereses, lo cual me parece un abuso de confianza ya que esos dineros deberían estar en una fiduciaria, con cuentas a partes a cada dueño de vehículo (…)” Aunado a lo anterior, de considerarse que el Gerente de la referida Cooperativa está incurso en algún presunto delito deberá denunciarse ante la seccional de la Fiscalía General de la Nación del respectivo municipio. Por último, agradecemos remitir a esta oficina copia de la respuesta dada al peticionario. Cordialmente,
PABLO AUGUSTO ALFONSO CARRILLO
Jefe Oficina Asesora de Jurídica Anexo: Seis (6) folios 1 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340188571
20201340188571 04-05-2020
Elaboró: Amparo Ramírez – Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal Revisó: Dora Inés Gil La Rotta – Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal y
2 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321