MINTRANSPORTE - Concepto 20201340237401 de 2020
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20201340237401 de 2020
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2020
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340237401
20201340237401 19-05-2020 Bogotá, 19-05-2020
Señores:
CÉSAR AUGUSTO PINZÓN CORREA
Presidente Veeduría de Movilidad
KAREN ANDREA HUERTAS VELAZQUEZ
Oficina de Planeación Estratégica
JHON HENRY ALFONSO CARRANZA
Jefe Nacional de Operaciones Veeduría de Movilidad presidencia@veeduriademovilidad.org Asunto: Tránsito - solicitud de desarrollar una política pública de inclusión a la población con discapacidad y la modificación del Manual de Señalización Vial. Cordial saludo, En atención a su comunicación, allega a través de radicado 20203210270082 del 15 de mayo de 2020, mediante la cual manifiesta su inconformismo con las ciclorrutas construidas sobre zonas peatonales (aceras) y con los dispositivos de señalización de las mismas (maletines y conos) construidas por la Secretaria Distrital de Movilidad de Bogotá aduciendo que genera dificultades a la población discapacitada como también con unos dispositivos móviles instalados por la Secretaria Distrital de Movilidad de Bogotá sobre espacios peatonales como aceras y separadores para la detección electrónica de presuntas infracciones al tránsito invadiendo el espacio público sin informar a la comunidad discapacitada y solicita al Ministerio de Transporte que desarrolle una política pública de inclusión a la población discapacitada y la modificación del Manual de Señalización Vial, esta Oficina Asesora de Jurídica se pronuncia en los siguientes términos:
PETICIÓN
“(…)
5. Que el Ministerio de Transporte desarrolle una política pública de verdadera inclusión de la población discapacitada en el diseño e implementación de los espacios públicos, en concordancia con los principios establecidos en la constitución y en la ley 1618 de 2013, reglamentando el diseño de las vías y las zonas peatonales para las personas con discapacidad física.
6. Que el Ministerio de Transporte modifique el Manuel de Señalización Vial, para que sus determinaciones incluyan elementos de protección y prevención especiales para la comunidad discapacitada.
(…)” 1 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340237401
20201340237401 19-05-2020 Teniendo en cuenta lo anterior, es preciso señalar que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 087 de 2011, mediante el cual establece entre las funciones de la Dirección de Transporte y Tránsito planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la gestión del transporte y tránsito, y por plantear en su solicitud aspectos técnicos y de política, esta Oficina
Asesora de Jurídica da traslado por competencia a la Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte. Por otra parte, considerando que dentro de su petición relaciona inconformismo con las ciclorrutas construidas sobre zonas peatonales (aceras) y con los dispositivos de señalización de las mismas (maletines y conos) construidas por la Secretaria Distrital de Movilidad aduciendo como también con unos dispositivos móviles instalados por la Secretaria Distrital de Movilidad de Bogotá sobre espacios peatonales como aceras y separadores para la detección electrónica de presuntas infracciones al tránsito, se da traslado de su comunicación a la Secretaria Distrital de Movilidad de Bogotá para que en el ámbito de sus competencias se pronuncie sobre a lo que haya lugar. Por último, es importante indicar que en virtud del parágrafo 3° del artículo 3° de la Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito Terrestre, es la Superintendencia de Transporte la encargada de la vigilancia y control de las autoridades de tránsito, organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que constituyan organismos de apoyo, por lo tanto, nos permitimos dar traslado a dicha entidad para que adelante las investigaciones que considere pertinentes. Atentamente, PABLO AUGUSTO ALFONSO CARRILLO Jefe Oficina Asesora de Jurídica Proyectó: Ángela Aldana Naranjo – Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal Reviso: Dora Inés Gil La Rotta – Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal
2 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321