MINTRANSPORTE - Concepto 20201340452391 de 2020
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20201340452391 de 2020
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2020
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340452391
20201340452391 12-08-2020 Bogotá D.C, 12-08-2020
Señor: HUGO ALBERTO OSPINA AGUDELO Presidente Asociación de Propietarios y Conductores de Taxi (ASOPROCTAX)
hoasoproctax@hotmail.com Asunto: Transporte – APPs, por medio de las cuales se ofrece el servicio de transporte Respetado Señor: En atención a la comunicación allegada a esta Cartera Ministerial a través de documento radicado con número .20203030522082 del 09 de julio de 2020 trasladado a este despacho por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional mediante el cual consulta aspectos relacionados con las aplicaciones que ofrecen el servicio de transporte esta Oficina Asesora de Jurídica se pronuncia en los siguientes términos: PETICIÓN “(…) 6. Solicito de manera respetuosa se me informe cual es la autoridad que homologa vehículos para la prestación del servicio público de pasajeros. 7. ¿Puede una plataforma tecnológica o aplicación, fijar tarifas o aumentarlas deliberadamente de acuerdo a la oferta y a la demanda del servicio? ¿Puede una plataforma tecnológica autorizar la homologación para prestar servicio público de pasajeros? 8. ¿Solicito se me informe que acciones ha tomado el Ministerio de Transporte y las Secretarias de Movilidad, frente a la usurpación de funciones públicas por parte de las plataformas tecnológicas y aplicaciones en la homologación de vehículos particulares y fijación de tarifas. (…)” CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de
enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica de éste Ministerio las siguientes: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas, esté Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: 1 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340452391
20201340452391 12-08-2020 A su primera consulta, la homologación es definida por el artículo 2 de la Ley 769 de 2002 “por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.” de la siguiente manera: “(…) Homologación: Es la confrontación de las especificaciones técnico-mecánicas,
ambientales, de pesos, dimensiones, comodidad y seguridad con las normas legales vigentes para su respectiva aprobación. (…)” A su turno el artículo 31 de la Ley 336 de 1996 “por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte.” “(…) Los equipos destinados al servicio público de transporte en cualquier modo, deberán cumplir con las condiciones de peso dimensiones, capacidad, comodidad, de control gráfico o electrónico de velocidad máxima, de control a la contaminación del medio ambiente, y otras especificaciones técnicas, de acuerdo con lo que se señale en el reglamento respectivo, para efectos de la homologación correspondiente. (…)” En consecuencia en la Ficha Técnica de Homologación se señalan las características y especificaciones de un vehículo en lo técnico – mecánico, ambiental, en sus pesos y dimensiones así como en las ofrecidas para su comodidad y seguridad, a su vez los vehículos de servicio público de transporte en cualquiera que sea su modo deben cumplir con dichas condiciones y las que señalen los reglamentos dictados por esta cartera ministerial. Ahora bien, conforme al numeral 15.7 del artículo 15 del Decreto 087 de 2011 “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias.” que a su tenor reza: “(…) Expedir los actos administrativos en relación con los procesos de homologaciones, habilitación, permiso de operación, adjudicación, negación, modificación, reestructuración, revocatoria de rutas y horarios; capacidad transportadora; declaratoria de vacancia o abandono de rutas y horarios; de las empresas de transporte terrestre automotor de
pasajeros y mixto por carretera y de los demás modos de su competencia. (…)” En consecuencia, es esta cartera ministerial mediante la Subdirección de Transporte la encargada de aprobar las homologaciones de los vehículos, en el caso de pasajeros con el tipo de ficha FTH-001 que equivale a transporte de pasajeros y mixto. Las restantes consultas son trasladadas al Viceministerio de Transporte, a la Secretaria Distrital de Movilidad y a la Supertransporte para su correspondiente respuesta dentro de los términos previstos en la Ley 1755 de 2015. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término de treinta (30) días hábiles, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. 2 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340452391
20201340452391 12-08-2020 Cordialmente, PABLO ALFONSO AUGUSTO CARRILLO Jefe Oficina Asesora de Jurídica Copia: Capitán Laura Yaneth Huertas Calderón – Jefe Oficina Asuntos Jurídicos – DITRA – ditra.jefat@policia.gov.co Elaboró: Luis Carlos Quintero Peña, AbogadoGrupo de Conceptos y Apoyo Legal Revisó: Andrea Beatriz Rozo Muñoz – Coordinadora Grupo de Conceptos y Apoyo Legal. Completo y cargo 3 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321