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MINTRANSPORTE - Concepto 20201340610821 de 2020

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20201340610821 de 2020
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2020

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340610821

20201340610821 19-10-2020 Bogotá D.C., 19-10-2020 Señor

JOSE PEDRO NEL CORREA ROSERO

Gerente General COOPERATIVA DE MOTORISTAS DEL CAUCA

coomotorista@gmail.com Popayán-Cauca ASUNTO: Transporte – Envío anexo Rad MT No. 20201340415131 del 30 de julio de 2020. Respetado Señor, En atención a la petición allegada a esta Cartera Ministerial a través de radicado 20203031224222 de 2020, mediante la cual solicita se envíe el anexo correspondiente a la Resolución 222 de 2000 del Ministerio de Transporte, esta Oficina Asesora de Jurídica se pronuncia en los siguientes términos: PETICIÓN “(…) el 12 de Junio se suscribió una petición los Gerentes y Representantes Legales de las Empresas SOCIEDAD TRANSPORTADORA DEL CAUCA “SOTRACAUCA” S.A.; COOPERATIVA INTEGRAL DE TRANSPORTES RAPIDO TAMBO “TRANSTAMBO”; COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DE TIMBIO “TRANSTIMBIO” y el suscrito, la cual fue radicada con Nº 20203030267282 del 16 de Junio de 2020, a la cual se le dio respuesta mediante radicado Nº 20201340415131 del 30 de Julio de 2020, pero en lo que precisa de la Resolución Nº 222 del año 2000 no adjuntan los anexos, y en el oficio mencionan enviar dichos anexos, los cuales contienen las tarifas. Por lo cual de manera atenta me dirijo a usted con el fin de solicitar se ordene a quien

corresponda, se envíen los anexos anteriormente mencionados para dar cumplimiento a lo solicitado y manifestado por ustedes” Siendo así, nos permitimos enviar adjunto el anexo mencionado en el Radicado MT No. 20201340415131 del 30 de julio de 2020, referente a la Resolución 222 de 2000 del Ministerio de Transporte “Por la cual se fijan las tarifas de servicio público de transporte intermunicipal de pasajeros por carretera”. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Cordialmente, 1 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20201340610821

20201340610821 19-10-2020 PABLO AUGUSTO ALFONSO CARRILLO Jefe de Oficina Asesora de Jurídica Anexo: Dos (02) foliosResolución 222 de 2000 del Ministerio de Transporte Proyectó: Viviana Alejandra Gil García-Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal Revisó: Andrea Rozo Muñoz - Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal 2 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321

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