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MINTRANSPORTE - Concepto 20211340397241 de 2021

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20211340397241 de 2021
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2021

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340397241

20211340397241 26-04-2021 Bogotá D.C.,

Señor:

BRANDON ENRIQUE CAMARGO CARVAJAL

Calle 105 No. 05B-27 El Porvenir Tel. 3202016160

Correo: accionjuridicaytrans.nacional@hotmail.com BucaramangaSantander Asunto: Tránsito. Caducidad de la acción y proceso de cobro coactivo por infracción a las normas de tránsito.

Respetado señor, En atención a la comunicación allegada mediante radicado N° 20213030471332 el 08 de marzo de 2021 remitido por competencia a esta dependencia por el área de Subdirección Administrativa y Financiera de la Secretaria de Tránsito de Aguachica - Cesar, relacionada con la caducidad de la acción y proceso de cobro coactivo por infracción a las normas de tránsito, nos permitimos indicar que este Despacho dio respuesta a su solicitud mediante oficios con número de radicados MT 20201340690341 del 24 de noviembre de 2020 y el radicado 20211340059911 del 26 de enero de 2021, los cuales se envían anexos Aunado a lo anterior y de manera reiterativa usted procede a elevar nuevamente petición ante la Secretaria de Tránsito de Aguachica – Cesar, formulando los mismos cuestionamientos a los cuales esta cartera ministerial con anterioridad ya había generado respuesta, por lo mismo me permito señalar: La Constitución Política, en el artículo 23 dispone: “ARTICULO 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las

autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.” Que, conforme a lo anterior, la Ley 1437 de 2011 señala: “Artículo 5. Derechos de las personas ante las autoridades. En sus relaciones con las autoridades toda persona tiene derecho a:

1. Numeral modificado por la Ley 2080 de 2021, artículo 1º. Presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbalmente, o por escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener información oportuna y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones vigentes exijan para tal efecto.

Las anteriores actuaciones podrán ser adelantadas o promovidas por cualquier medio tecnológico o electrónico disponible en la entidad o integradas en medios de acceso unificado a la administración pública, aún por fuera de las horas y días de atención al público 1 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340397241

20211340397241 26-04-2021

2. Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.

3. Salvo reserva legal, obtener información que repose en los registros y archivos públicos en los términos previstos por la Constitución y las leyes.

4. Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto. (...) Artículo 19. Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas. (..) Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores, salvo que se trate de derechos imprescriptibles, o de peticiones que se hubieren negado por no acreditar requisitos, siempre que en la nueva petición se subsane.” En Sentencia T-414/95, con el Magistrado Ponente José Gregorio Hernández Galindo frente a las peticiones reiterativas señaló: "El derecho de petición no resulta vulnerado cuando la autoridad omite reiterar una respuesta dada por ella misma al solicitante. El derecho de petición no implica que, una vez la autoridad ha respondido al solicitante, deba repetir indefinidamente la misma respuesta frente a nuevas solicitudes cuando éstas son idénticas a la inicial inquietud, ya satisfecha”.

Sobre esta materia la Corte Constitucional ha señalado: 11 "Así, pues, contestada una petición en sentido contrario al querido por el solicitante, no es razonable que éste pretenda vulnerado su derecho cuando la administración deja de responderle peticiones iguales sin haber cambiado la normatividad que gobierna el asunto y permaneciendo las mismas circunstancias consideradas al resolver en la primera oportunidad" (Cfr. Corte Constitucional, Sala Quinta de Revisión, Sentencia T-121 del 21 de marzo de 1995)

Teniendo en cuenta la normatividad expuesta, esta cartera ministerial ha dado respuesta a todas y cada una de las comunicaciones que han sido radicadas ante diferentes entidades estatales y las cuales han sido remitidas por competencia, sin que se pueda llegar a entender que se trata de peticiones adicionales o diferentes a la inicialmente presentada. Conforme lo anterior, este Ministerio a través de la Oficina Asesora de Jurídica, entiende ejercidas las funciones asignadas legal y reglamentariamente, y en tal sentido, se da por atendido y resuelto de manera amplia, oportuna, eficiente y eficaz el asunto referenciado. Cordialmente, 2 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340397241

20211340397241 26-04-2021 BEATRIZ HELENA GARCÍA GUZMÁN Jefe de Oficina Asesora de Jurídica Anexo: Copia simple de los oficios N° 20201340690341 del 24 de noviembre de 2020 y el radicado 20211340059911 del 26 de enero de 2021 a veinte (20) folios Copia: Instituto Municipal de Tránsito y Transporte de Aguachica, atencionalusuarioimtta@gmail.com

Elaboró: Orfi Carolina Nova GómezAbogada Oficina Asesora de Jurídica

Revisó: Andrea Beatriz Rozo Muñoz-– Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal p

3 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co

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