MINTRANSPORTE - Concepto 20211340702021 de 2021
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20211340702021 de 2021
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2021
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340702021
20211340702021 13-07-2021 Bogotá D.C,
Señor:
CARLOS ANDRÉS BELTRAN VIVEROS
cyg@misena.edu.co Asunto: Tránsito – Infracción literal B.08 artículo 131 de la Ley 769 de 2002.
Respetado señor: En atención al oficio con número de radicado 20213030982592 del 21 de mayo de 2021, por el cual se eleva consulta relacionada con la infracción del literal B.08 del artículo 131 de la Ley 769 de 2002, de manera atenta esta Oficina Asesora de Jurídica da respuesta
en los siguientes términos: PETICION: “De manera atenta me permito solicitar de su colaboración en aclarar la infracción del literal B del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito por no pagar el peaje en los sitios establecidos. Esta infracción corresponde a pasar por la caseta de pagos sin realizar el respectivo pago, o transitar por vías alternas al sitio donde está ubicado el peaje.” CONSIDERACIONES: Sea lo primero señalar, que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 de 2011 -modificado por el Decreto 1773 de 2018-, son funciones de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio, las siguientes: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. (…) 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de
carácter público o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas este Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: Frente a la infracción contenida en el literal B numeral 08 contenida en el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, que trata sobre no pagar el peaje en los sitios establecidos, establece el Manual de Infracciones al Tránsito adoptado por la Resolución 3027 de 2010, lo siguiente: 1 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340702021
20211340702021 13-07-2021 “B.08. No pagar el peaje en los sitios establecidos. Se debe en todo momento cancelar el respectivo valor del peaje según el tipo de vehículo, así como conservar durante su recorrido, el respectivo recibo de pago, como comprobante ante las Autoridades Control Operativo del tránsito.” En virtud de lo anterior, la referida infracción hace relación al no pago del valor por concepto de la tarifa de peaje según el tipo de vehículo en la estación de peaje establecida, así como la obligación de conservar durante su recorrido, el respectivo recibo
de pago, como comprobante ante las Autoridades Control Operativo del tránsito. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Atentamente, BEATRIZ HELENA GARCÍA GUZMÁN Jefe de Oficina Asesora de Jurídica Elaboro: Magda Paola Suarez Alejo – Abogada Grupo de Conceptos y Apoyo Legal Reviso: William Jesús Gómez Rojas – Coordinadora Grupo de Conceptos y Apoyo Legal 2 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co