MINTRANSPORTE - Concepto 20211340857591 de 2021
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20211340857591 de 2021
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2021
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340857591
20211340857591 23-08-2021 Bogotá D.C,
Señor:
JUAN MARTÍN CAICEDO FERRER
Presidente Ejecutivo cci@infraestructura.org.co Bogotá D.C.
Asunto: Transporte – Solicitud plazo adicional para presentar comentarios a proyecto.
Respetado Señor: En atención al oficio con número de radicado 20213031360762 del 21 de julio de 2021, por el cual solicita un plazo adicional para presentar comentarios al proyecto relacionado con la reglamentación del sistema de interoperabilidad de peajes IP/REV, de manera atenta esta Oficina Asesora de Jurídica da respuesta en los siguientes términos: PETICION: “En consideración a la importancia que la reglamentación del sistema de interoperabilidad de peajes IP/REV reviste para el gremio de la infraestructura, es de nuestro interés presentar comentarios al proyecto de resolución de la referencia.
Sin embargo, teniendo en consideración la envergadura de dicho proyecto de resolución, y que el plazo para comentarios del público otorgado por el Ministerio fue de dos (2) días hábiles, respetuosamente le solicitamos una ampliación del mismo, de ser posible hasta el viernes 30 de julio. Respetada Ministra, confiamos en que la petición presentada sea de recibo por parte de su despacho, ya que consideramos que los comentarios del gremio son valiosos para enriquecer la reglamentación del sistema de interoperabilidad de peajes.” CONSIDERACIONES: Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de
enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica de éste Ministerio las siguientes: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. (…) 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado” Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas este Despacho de acuerdo a sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: 1 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340857591
20211340857591 23-08-2021 En cumplimiento de lo determinado en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, que señala: “8. Los proyectos específicos de regulación y la información en que se fundamenten, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas. Para el efecto, deberán señalar el plazo dentro del cual se podrán presentar observaciones, de
las cuales se dejará registro público. En todo caso la autoridad adoptará autónomamente la decisión que a su juicio sirva mejor el interés general.” En el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015 adicionado por el Decreto 1273 de 2020, que establece: “Artículo 2.1.2.1.14. Modificado por el Decreto 1273 de 2020, artículo 2º. Publicidad e informe de observaciones y respuestas de los proyectos específicos de regulación expedidos con firma del Presidente de la República. Con el fin de que los ciudadanos o grupos de interés participen en el proceso de producción normativa, a través de opiniones, sugerencias o propuestas alternativas, los proyectos específicos de regulación elaborados para la firma del Presidente de la República, junto con la versión preliminar de la memoria justificativa, deberán publicarse en la sección normativa, o en aquella que hagas sus veces, del sitio web del ministerio o departamento administrativo cabeza del sector administrativo que lidera el proyecto de reglamentación, por lo menos durante quince (15) días calendario, antes de ser remitidos a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República. Los quince (15) días calendario se contarán a partir del día siguiente a la publicación del proyecto.” Y en el artículo 1 de la resolución 994 de 2017, que dispone: “Artículo 1.- Objeto. Establecer el plazo de publicación de los proyectos específicos de regulación de carácter general y abstracto que deba expedir el Ministerio de Transporte. Artículo 2.- Plazo de publicación. La publicación de los proyectos de regulación de carácter general y abstracto que deba expedir el Ministerio de
Transporte, se realizará por el término de quince (15) días calendario, previo a su suscripción. Parágrafo 1. De manera excepcional, la publicación podrá hacerse por un plazo inferior, siempre y cuando sea autorizado por el Despacho del Ministro. Para tal fin la dependencia encargada de la redacción del proyecto de regulación deberá presentar al Despacho, por intermedio de la Oficina Asesora Jurídica, el escrito que contenga la justificación respectiva.” Esta Cartera Ministerial público el proyecto de acto administrativo “por el cual se adecua la reglamentación del sistema de interoperabilidad de peajes con recaudo electrónico vehicular (IPREV) y se dictan otras disposiciones” en la página web del Ministerio de Transporte, del 2 al 17 de marzo y del 15 al 25 de julio de 2021, con el objeto de recibir opiniones, comentarios y propuestas alternativas. Vale precisar, que vencido el termino de publicación, se expidió la Resolución 20213040035125 del 11 de agosto de 2021, “por el cual se adecua la reglamentación del sistema de interoperabilidad de peajes con recaudo electrónico vehicular (IPREV) y se 2 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co
Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20211340857591
20211340857591 23-08-2021 dictan otras disposiciones” la cual tiene por objeto adecuar la reglamentación del sistema para la Interoperabilidad de Peajes con Recaudo Electrónico Vehicular (IP/REV), establecer los lineamientos para la protección de los Usuarios del sistema de interoperabilidad de Recaudo Electrónico Vehicular (IP/REV), fijar los requisitos que deben cumplir los Actores Estratégicos para obtener y mantener la Habilitación para la prestación del servicio de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) de peajes, en condiciones de interoperabilidad entre los actores del sistema y adoptar los siguientes anexos, los cuales hacen parte integral de la resolución En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Atentamente, BEATRIZ HELENA GARCÍA GUZMÁN Jefe de Oficina Asesora de Jurídica Elaboró: Magda Paola Suarez Alejo – Abogada Grupo de Conceptos y Apoyo Legal Revisó: William de Jesús Gómez Rojas – Coordinador Grupo de Conceptos y Apoyo Legal (E) 3 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace:
https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (57+1) 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
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