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MINTRANSPORTE - Concepto 20221340990551 de 2022

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20221340990551 de 2022
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2022

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20221340990551

20221340990551 29-08-2022 Bogotá D.C., Señora

OLGA JANETH LOPEZ AGUDELO

Representante Legal

DESCONT S.A.S E.S.P.

Calle 30 A No. 23-10.

E-mail: gerencia@descont.com.co Floridablanca - Santander Asunto: Transporte – Transporte de residuos hospitalarios.

Cordial saludo, En atención a su oficio radicado con el número MT. No. 20223031489882 del 4 de agosto de 2022, se da respuesta en los siguientes términos: PETICIONES “Por medio de la presente solicito cordialmente se rinda concepto jurídico respecto a la necesidad de habilitar o no los vehículos que hacen parte de la flota destinados por la empresa DESCONT S.A.S E.S.P para el cumplimiento de su objeto social del cual es preciso aclarar que la empresa no se dedica exclusivamente al transporte sino que la misma cumple con funciones de recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento y/o disposición final de residuos hospitalarios y peligrosos. En el mismo sentido por favor informar si para la actividad desarrollada por DESCONT SAS ESP es aplicable contar con el manifiesto de carga reglamentado por el decreto 1079 de 2015 y la resolución 2000 de 2004. Esta solicitud se efectúa a fin de aclarar un requerimiento hecho por la autoridad ambiental CORMACARENA con relación a la habilitación como empresa de carga, quien pese a haberles presentado los comunicados MT No. 20171340527791 del 05/12/2017, y MT No. 201713470547691

del 14/12/2017, del Ministerio de Transporte…” CONCEPTO Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011, modificado por el artículo primero del Decreto 1773 de 2018, son funciones de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio las siguientes: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. (…) 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado.” 1 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20221340990551

20221340990551 29-08-2022 Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas, esté Despacho se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: En principio, esta Oficina Asesora de Jurídica se permite señalar que reitera lo señalado en los oficios que refiere en su comunicación en cuanto a la definición de servicio público de transporte y servicio privado de transporte.

Es pertinente resaltar, que si su representada en desarrollo de su objeto social no ofrece de forma exclusiva los servicios de transporte a cambio de una contraprestación económica, sino que este se presta con vehículos de servicio particular de su propiedad como parte una logística que lleva inmersa diversas actividades para cumplir un fin determinado, no se requiere habilitación como empresa de transporte, no obstante, sino cuenta con vehículos de su propiedad deberá contratar el servicio de transporte de carga con una empresa habilitada en esa modalidad de servicio conforme a lo establecido en el aparte final del inciso segundo del artículo 5 de la Ley 336 de 1996 “Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte”. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia, no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Cordialmente, ANDREA BEATRIZ ROZO MUÑOZ Jefe de Oficina Asesora de Jurídica (E) Proyectó: Pedro Nel Salinas Hernández - Abogado Grupo Conceptos y Apoyo Legal Revisó: Andrea Beatriz Rozo MuñozCoordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal cargo 2 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co

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