MINTRANSPORTE - Concepto 20221341434181 de 2022
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20221341434181 de 2022
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2022
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20221341434181
20221341434181 14-12-2022 Bogotá, D.C.; Señora
DANILUZ JARAMILLO TABORDA
dirsec.cauca@fiscalia.gov.co Asunto: Tránsito – vehículos escalera Respetada señora Jaramillo, cordial saludo. En atención al radicado con N. 20223031854762 de septiembre 29 de 2022, mediante el cual formula la siguiente solicitud: CONSULTA “se solicita suministrar al despacho, la normas mediante las cuales se regula la carga pesada en vehículos escalera, con vigencia para la fecha 30 de diciembre de 2013.” CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 8 del Decreto 087 de enero 17 de 2011, modificado por el Decreto 1773 de 2018, mediante el cual se establecen entre otras las siguientes funciones de la oficina asesora jurídica (En adelante OAJ) de este Ministerio: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. (…) 8.7 Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Por lo anterior, debemos señalar que esta OAJ tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. En este orden de ideas y atendiendo a la solicitud de su consulta, los artículos 1 y 2 de la
Resolución 5443 de 2009: “Por la cual se adopta la parametrización y el procedimiento para el registro de información al Registro Nacional Automotor del Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT”, compilados en los artículos 4.3.1.1 y 4.3.1.2 de la Resolución 20223040045295 de 2022, que establecen lo siguiente: “Artículo 4.3.1.1 el presente capitulo tiene como objeto adoptar las tablas de parametrización y el procedimiento para su actualización, que deben cumplir los importadores, ensambladores y fabricantes de vehículos, carrocerías y motocicletas, para operar con Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT. Artículo 4.3.1.2. Adoptar como obligatorias las tablas de parametrización, anexas a la presente Resolución, correspondientes a clases de vehículo, clases de servicio, modalidades de servicio, tipos de combustible y tipos de carrocería, para la operación del Registro Nacional Automotor. (…)”. De tal manera, que el acto administrativo citado, adopta como obligatorias las tablas de parametrización y el procedimiento para su actualización, las mismas se encuentran anexas 1 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20221341434181
20221341434181 14-12-2022 a la citada Resolución y en ella se encuentran las clases de vehículo, clases de servicio, modalidades de servicio, tipos de combustible y tipos de carrocería. Ahora bien, dentro del Manual Guía de Parametrización de Clases de Vehículo y Tipos de Carrocería en el Registro Nacional Automotor del RUNT anexo a la Resolución 5443 de 2009: “Por la cual se adopta la parametrización y el procedimiento para el registro de información al Registro Nacional Automotor del Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT”, compilada en la Resolución 20223040045295 de 2022: “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte”, se encuentran dos clases de vehículo automotor que tienen carrocería abierta o escalera así: “CLASES DE VEHICULOS La clase de un vehículo es la denominación dada a un automotor de conformidad con su destinación, configuración y especificaciones técnicas. De acuerdo al Código Nacional de Tránsito y demás normas legales vigentes se tienen las siguientes clases de vehículos automotores: (…) Bus: Vehículo automotor destinado al transporte de personas y sus equipajes, debidamente registrado conforme a las normas y características especiales vigentes, con capacidad de más de 30 pasajeros. (…) Microbús: Vehículo destinado al transporte de personas con capacidad de 10 a 19 pasajeros. (…) TIPOS DE CARROCERIA DE BUS Abierto, Chiva o Escalera: Vehículo automotor destinado al transporte simultaneo de personas y carga o mercancías, con carrocería de madera y silletería compuesta por
bancas transversales. (…) TIPOS DE CARROCERIA MICROBUS Abierta, Chiva o Escalera: Vehículo automotor destinado al transporte simultaneo de personas y carga o mercancías, con carrocería de madera y silletería compuesta por bancas transversales. (…)”. En consecuencia, los vehículos de clase bus y microbús son los únicos que tienen carrocería tipo escalera. Por otro lado, los artículos 2 y 38 de la Ley 769 de 2002: “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”, señalan respecto de la licencia de tránsito lo siguiente: “Artículo 2°. Definiciones. Para la aplicación e interpretación de este código, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: (…) Licencia de tránsito: Es el documento público que identifica un vehículo automotor, acredita su propiedad e identifica a su propietario y autoriza a dicho vehículo para circular por las vías públicas y por las privadas abiertas al público. (…) Artículo 38. Contenido. La licencia de tránsito contendrá, como mínimo, los siguientes datos: 2 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
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Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20221341434181
20221341434181 14-12-2022 Características de identificación del vehículo, tales como: marca, línea, modelo, cilindrada, potencia, número de puertas, color, número de serie, número de chasis, número de motor, tipo de motor y de carrocería. Número máximo de pasajeros o toneladas: Destinación y clase de servicio: Nombre del propietario, número del documento de identificación, huella, domicilio y dirección. Limitaciones a la propiedad. Número de placa asignada. Fecha de expedición. Organismo de tránsito que la expidió. Número de serie asignada a la licencia. Número de identificación vehicular (VIN). (…)”. De acuerdo con las normas en cita, la licencia de tránsito es el documento público que identifica un automotor, acredita la propiedad y lo autoriza para circular por las vías públicas y por las privadas abiertas al público, en su contenido se encuentran las características de identificación, entre ellas el número máximo de pasajeros o toneladas. Ahora, con el objeto de responder a su interrogante único: “se solicita suministrar al despacho, la normas mediante las cuales se regula la carga pesada en vehículos escalera, con vigencia para la fecha 30 de diciembre de 2013.”. En relación con el objeto de su consulta, la Ley 769 de 2002: “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”, inicia su vigencia desde el 06 de agosto del año 2002 y la Resolución 5443 de 2009: “Por la cual se adopta la parametrización y el procedimiento para el registro de información al Registro Nacional
Automotor del Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT” inicio su vigencia desde el 10 de noviembre de 2009, esta normatividad se adjunta a la presente respuesta. Vale precisar, que el peso máximo y la capacidad de pasajeros con la cual los vehículos de tipo bus y microbús con carrocería escalera es la registrada en la licencia de tránsito de los mismos. Dicho lo anterior, se absuelve de manera abstracta el objeto de la consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia, no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. ES EL
CONCEPTO.
Cordialmente, 3 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20221341434181
20221341434181 14-12-2022 JOHN JAIRO MORALES ALZATE Jefe Oficina Asesora de Jurídica Anexo: Ley 769 de 2002 y Resolución 5443 de 2009
Elaboró: Abg. Luis Carlos Quintero Peña - Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ
Revisó: Abg. Amparo Ramírez Cruz - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ Revisó Abg. Andrea Beatriz Rozo Muñoz. - Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ
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