MINTRANSPORTE - Concepto 20231340128401 de 2023
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20231340128401 de 2023
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2023
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231340128401
20231340128401 13-02-2023 Bogotá, D.C.;
Señora:
MARGARITA ROSA DE LA HOZ JURE
Procuradora Regional del Atlántico regional.atlantico@procuraduria.gov.co
Asunto: Transporte – Peajes.
Respetada señora Rosa de La Hoz, cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. En atención al oficio con N. de radicado 20233030190902 de febrero 6 de 2023, mediante el cual formula la siguiente solicitud: CONSULTA “En ejercicio de las funciones Preventivas y de Control de Gestión que le competen a la Procuraduría General de la Nación, de conformidad con lo instituido en el numeral 1 y 5 del artículo 277 de la Constitución Nacional, el artículo 75 del Decreto 262 de 2000 y en atención a las quejas de la comunidad por el incremento del valor de los peajes específicamente los ubicados en jurisdicción de los municipio de Sabanagrande y Baranoa, los cuales quedaron excluido del decreto que ordenó el congelamiento de la tarifa en la vigencia 2023, me permito requerirlo para que en el término de cinco (5) días hábiles contados a partir del recibo del presente oficio, informe a este despacho cuales fueron las razones legales para que dichos peajes no hayan sido incluidos en el mencionado decreto, situación que ha sido rechazada por la comunidad de dichos municipio y de todos los que transitan por esas vías”. CONSIDERANDOS En virtud de lo preceptuado en el artículo 8 del Decreto 087 de enero 17 de 2011, modificado por el Decreto 1773 de 2018, mediante el cual se establecen entre otras las
siguientes funciones de la oficina asesora jurídica (En adelante OAJ) de este Ministerio: “8.1. Asesorar y asistir al ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. (…) 8.7 Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado.” Por lo anterior, debemos señalar que esta OAJ tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio, es decir no resolvemos casos concretos presentados a la administración. En este orden de ideas y atendiendo la solicitud de consulta, es preciso señalar que el Presidente de la República de Colombia, el Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del empleo de Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Ministro de Transporte, en usos de las facultades 1 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231340128401
20231340128401 13-02-2023 constitucionales y legales, en especial, las consagradas en el artículo 189 numeral 11,
artículo 56 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo del artículo 2 literal b) de la Ley 105 de 1993, respectivamente, expidieron el Decreto 050 de 2023: “Por medio del cual se ordena no incrementar las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías - INVIAS y de la Agencia Nacional de Infraestructura” . Aunado a lo anterior, vale precisar que el referido Decreto fue expedido con el fin de contribuir con el conjunto de medidas antiinflacionarias que viene implementando el Gobierno Nacional, considerando conveniente al respecto no incrementar las tarifas de peaje a vehículos que transitan por el territorio nacional en relación con las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías - INVIAS y de la Agencia Nacional de Infraestructura. Es así, que el artículo 1 del referido Decreto estableció no incrementar a partir de la vigencia del decreto, esto es del enero 15 de 2023, (Diario Oficial 52.278) las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías - INVIAS y de la Agencia Nacional de Infraestructura, durante la vigencia del mismo. En virtud de lo anterior, ningún peaje quedó excluido de la aplicación del Decreto 0050 de 2023, por tal razón los peajes a cargo del Instituto Nacional de Vías - INVIAS y de la Agencia Nacional de Infraestructura, no podían efectuar incrementos en la tarifa, a partir del 15 de enero de 2023. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia, no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Sin ser otro el objeto de la presente nos suscribimos de usted, no sin antes desearle éxitos en sus labores diarias. Atentamente, ANDRÉS FELIPE FERNÁNDEZ ROCHA Jefe Oficina Asesora de Jurídica Elaboró: Abg. Magda Paola Suarez Alejo - Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ 2 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231340128401
20231340128401 13-02-2023
Revisó: Abg. Amparo Ramírez Cruz - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ Revisó: Andrea Beatriz Rozo Muñoz - Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ
3 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
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