MINTRANSPORTE - Concepto 20231340485491 de 2023
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20231340485491 de 2023
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2023
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231340485491
20231340485491 09-05-2023 Bogotá, D.C.;
Señora:
ROSA QUIROZ
qrosa3947@gmail.com
Ciudad Asunto: TránsitoSeguro Obligatorio de Accidentes de TránsitoSOAT Respetada señora Quiroz, reciba un cordial saludo por parte del Ministerio de
Transporte. La oficina Asesora Jurídica (en adelante OAJ) del Ministerio de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y reglamentarías, se permite dar alcance a su solicitud contenida en el documento radicado 20223032208442 de diciembre 2 de 2022, mediante el cual informa lo siguiente: CONSULTA “Hola buenos días quisiera saber dónde puedo sacar el papel que dijo el presidente donde dice q el Soat no se puede sacar.... Y podré circular con ese documento ya que tránsito me inmoviliza la moto “. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 8 del Decreto 087 de enero 17 de 2011, modificado por el Decreto 1773 de 2018, mediante el cual se establecen entre otras las siguientes funciones de la oficina asesora jurídica (En adelante OAJ) de este Ministerio: “8.1. Asesorar y asistir al ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. (…) 8.7 Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Por lo anterior, debemos señalar que esta OAJ tiene funciones específicas, lo que implica
analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio; no tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. En este orden de ideas y atendiendo su solicitud de consulta, el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte, ante las dificultades presentadas con ocasión a la Ley 2161 del 2021 “por la cual se establecen medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), se modifica la Ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones”, dado que, dificultó a muchos usuarios tener acceso a la póliza de seguro obligatorio de accidentes de tránsitoSOAT, razón por la cual, se emitió la Circular Externa 20221300000197 del 01 de diciembre de 2022, donde se sugiere a los organismos de tránsito tener en cuenta dentro del proceso contravencional contemplado en el artículo 136 y subsiguientes de la 1 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231340485491
20231340485491 09-05-2023 Ley 769 de 2002, al momento de conocer sobre ordenes de comparendo por no porte o
no tener vigente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT, valorar las pruebas allegadas por los presuntos infractores que demuestren a imposibilidad en la obtención del Seguro por causas atribuibles a terceros. La circular se anexa al presente documento. Finalmente, es de mencionar que no hay documento que sirva como porte de exoneración para no cumplir con la obligación de constituir el SOAT de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito Terrestre. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia, no son de obligatorio cumplimiento, ni tienen efectos vinculantes. Sin ser otro el objeto de la presente nos suscribimos de usted, no sin antes desearle éxitos en sus labores diarias. Atentamente, ANDRÉS FELIPE FERNÁNDEZ ROCHA Jefe Oficina Asesora de Jurídica Anexo: Circular Externa 20221300000197 de 2022.
Elaboró: Abg. Karen Alexandra Rodríguez Estupiñán - Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ Revisó: Abg. Amparo Ramírez Cruz - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ Revisó: Abg. Andrea Beatriz Rozo - Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal
2 Atención virtual de lunes a viernes desde las 8:30am – 4:30pm, Agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de Servicio al Ciudadano: (+57) 601 3240800 op. 1 Línea gratuita nacional: 018000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co