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MINTRANSPORTE - Concepto 20231341300601 de 2023

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20231341300601 de 2023
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2023

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341300601

20231341300601 24-11-2023 Bogotá, D.C.; Señora

CLAUDIA MARCELA GARCÍA CORREDOR

juridicocalidad@etsg.com.co Ciudad

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRÁNSITO – Plan Estratégico Seguridad Vial PESV.

Radicado núm.: 20223032233652 del 07 de diciembre de 2022.

Respetado señora Claudia García, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Oficina Asesora Jurídica (en adelante OAJ) del Ministerio de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, se permite dar alcance a su solicitud contenida en el documento radicado con núm. 20223032233652, mediante el cual formulan la siguiente: CONSULTA (…) “ 1. La Resolución 405 de 1995 (sic) del 12 de julio de 2022, en el anexo técnico paso 11 señala: Paso 11. Responsabilidad y comportamiento seguro (Aplica para nivel Avanzado) Para la definición de la responsabilidad de los colaboradores en el PESV y la evaluación de su comportamiento en relación con la seguridad vial, la organización debe:

1. Documentar en uno (1) o varios procedimientos en los que se establezcan los requisitos de contratación en seguridad vial de los colaboradores que realizan desplazamientos laborales (pruebas teóricas y prácticas, exámenes médicos, entre otros).”

2. La norma en mención, no hace referencia a la idoneidad o requisitos del personal que deben realizar las pruebas teóricas y prácticas por parte de las empresas de

transporte para el cumplimiento del requisito legal.

Consulta: Solicitamos a su entidad se sirva aclararnos si el personal que practique las pruebas teóricas y prácticas deben ostentar únicamente el conocimiento necesario para

1 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341300601

20231341300601 24-11-2023 realizar las mismas o se requiere certificación de competencias o formación específica para la realización de las pruebas”1. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 8 del Decreto 087 de enero 17 de 2011, modificado por el Decreto 1773 de 2018, mediante el cual se establecen entre otras las siguientes funciones de la oficina asesora jurídica (En adelante OAJ) de este Ministerio: (…) “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la

aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. (…) 8.7 Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”2. Por lo anterior, debemos señalar que esta OAJ tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco normativo La OAJ estima pertinente dejar como precedente que, la Resolución en la cual se basa su consulta, es la número 20223040040595 del 12 de julio de 2022, más no la “Resolución 405 de 1995 del 12 de julio de 2022”, como lo ha expresado usted en su escrito de fecha 7 de diciembre de 2022. Ahora, la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte número 20223040045295 del 4 de agosto de 2022, compila entre otras, la Resolución número 20223040040595 del 12 de julio de 2022 “Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación de Planes Estratégicos de Seguridad Vial y se dictan otras disposiciones”, y en su “Capítulo I. Metodología para el diseño e implementación del PESV”, menciona la Ley 1503 de 2011, en el siguiente sentido: “(…) Para los efectos del PESV, son colaboradores de la organización, todos los trabajadores independientemente de su forma de vinculación o contratación, los empleados, contratistas, afiliados, o personas vinculadas mediante tercerización, subcontratación, outsourcing o por intermediación laboral de manera permanente u

1 Solicitud concepto jurídico de fecha 07 de diciembre de 2022 Radicado MT núm. 20223032233652. 2 Decreto 087 de 2011. por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias. 17 de enero de 2011. 2 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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20231341300601 24-11-2023 ocasional, que realizan funciones para los diferentes procesos de la organización” (...).3 Así las cosas, y entendiendo que para el efectivo diseño e implementación del PESV, la organización deberá primero catalogarse en uno de los tres (3) niveles: básico, estándar o avanzado, de acuerdo con su misionalidad y tamaño, estos resumidos en la norma así: Aunado a lo anterior, establece la referida normatividad, que dicho nivel definirá cuáles de

los pasos inmersos en cada una de las cuatro (4) fases que integra la Metodología, deberán seguir unos u otros, de manera sistemática bajo el ciclo Planificar, Hacer, Verificar, Actuar (PHVA), para lograr la correcta implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV, y así, materializar una efectiva mejoría de la seguridad vial. Se entenderán como fases y pasos de la Metodología, especificando los niveles a los que cada uno deberá ser aplicado, los siguientes: - Fase 1. Planificación del PESV.

1. Paso 1. Líder del diseño e implementación del PESV (Aplica a todos los niveles – Básicoestándar y avanzado).

2. Paso 2. Comité de Seguridad Vial (Aplica para el nivel Estándar y Avanzado).

3. Paso 3. Política de Seguridad de la Organización (Aplica para todos los niveles).

4. Paso 4. Liderazgo, compromiso y corresponsabilidad del nivel directivo (Aplica para todos los niveles).

5. Paso 5. Diagnóstico (Aplica para todos los niveles). 3 Anexo 63 pág. 1255, Resolución Única Compilatoria número 20223040045295 del 4 de agosto de 2022.

3 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

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6. Paso 6. Caracterización, evaluación y control de riesgos (Aplica para todos los niveles).

7. Paso 7. Objetivos y metas del PESV (Aplica a todos los niveles).

8. Paso 8. Programas de gestión de riesgos críticos y factores de desempeño (Aplica para todos los niveles). -Fase 2. Implementación y Ejecución del PESV.

9. Paso 9. Plan Anual de trabajo (Aplica a todos los niveles). 10.Paso 10. Competencia y Plan Anual de formación (Aplica para todos los niveles). 11.Paso 11. Responsabilidad y comportamiento seguro (Aplica a nivel avanzado). 12.Paso 12. Plan de preparación respuesta ante emergencias viales (Aplica para todos los niveles). 13.Paso 13. Investigación Interna de siniestros viales (Aplica para el nivel Estándar y Avanzado). 14.Paso 14. Vías seguras administradas por la organización (Aplica a todos los niveles). 15.Paso 15. Planificación de desplazamientos laborales (Aplica para todos los niveles). 16.Paso 16. Inspección de vehículos y equipos (Aplica para todos los niveles). 17.Paso. 17. Mantenimiento y control de vehículos seguros y equipos (Aplica para todos los niveles). 18.Paso. 18. Gestión de cambio y gestión de contratistas (Aplica para nivel Estándar y

Avanzado). 19.Paso 19. Archivo y retención documental (Aplica para el nivel Estándar y Avanzado). -Fase 3. Seguimiento por la Organización. 20.Paso 20. Indicadores y reporte de auto gestión PESV (Aplica para todos los niveles). 21.Paso 21. Registro y análisis estadístico de siniestros viales (Aplica para nivel avanzado). 22.Paso 22. Auditoría anual (Aplica para todos los niveles). -Fase 4. Mejora continua del PESV. 23.Paso 23. Mejora continua, acciones preventivas y correctivas (Aplica para todos los niveles. 24.Paso 24. Mecanismos de comunicación y participación (Aplica a todos los niveles). Así las cosas, vale traer a colación lo establecido en el paso 10. “Competencia y plan anual de formación (Aplica para todos los niveles)4”, en el siguiente: 4 Anexo 63 pág. 1269, Resolución Única Compilatoria número 20223040045295 del 4 de agosto de 2022. 4 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

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Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341300601

20231341300601 24-11-2023 “(…) La organización debe definir la competencia en seguridad vial de los colaboradores que realizan desplazamientos laborales al servicio de la organización. La competencia se define así: a). Educación: nivel de estudios. b). Formación: capacitaciones de seguridad vial. c). Experiencia: en conducción relacionada con el cargo. La organización al menos debe documentar la competencia de los siguientes cargos y roles:

1. Líder del diseño e implementación del PESV.

2. Miembros del comité de Seguridad Vial.

3. Capacitadores en seguridad vial.

4. Planificadores de rutas o personas que realizan la función de coordinar desplazamientos laborales.

5. Coordinadores y técnicos de mantenimientos de vehículos.

6. Auditores de seguridad vial

7. Brigadista Vial o personas de la organización con conocimientos en primeros auxilios, rescate vehicular y manejo de extintores, encargadas de brindar apoyo en la atención de los siniestros viales, bien sea como primer respondiente o como soporte en la atención.

8. Investigadores Internos de siniestros viales.

9. Colaboradores que conducen un vehículo para sus desplazamientos laborales. […] El plan anual de formación es el documento de gestión del conocimiento que contiene los temas de capacitación y sensibilización por cada actor vial (…)”5.

De otro lado, respecto al Paso 11. “Responsabilidad y comportamiento seguro (Aplica a nivel Avanzado)”, se establece lo siguiente:

“(…) Para la definición de la responsabilidad de los colaboradores en el PESV y la evaluación de su comportamiento en relación con la seguridad vial, la organización debe:

1. Documentar en uno (1) o varios procedimientos en los que se establezcan los requisitos de contratación en seguridad vial de los colaboradores que realizan desplazamientos laborales (pruebas teóricas y prácticas, exámenes médicos, entre otros). 5 Anexo 63 pág. 1270, Resolución Única Compilatoria número 20223040045295 del 4 de agosto de 2022.

5 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341300601

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2. Asignar, documentar y comunicar en debida forma las funciones y responsabilidades en materia de seguridad vial de todos los colaboradores de la organización, las cuales al menos deben contener: (…)”.

Desarrollo del problema jurídico

La norma establece los lineamientos para el diseño, implementación y verificación del Plan Estratégico de Seguridad Vial - PESV, entre ellos, el ámbito de aplicación para quienes cumplan algunos de los siguientes requisitos: a) que la entidad, organización o empresa cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o b) que la entidad, organización o empresa contrate o administre personal de conductores. Asu turno, la Resolución 20223040045295 de 2022 compiló la Resolución 20223040040595 de 2022, que adoptó la metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial – PESV, la cual establece que son colaboradores de la organización, todos los trabajadores independientemente de su forma de vinculación o contratación, los empleados, contratistas, afiliados o personas vinculadas mediante tercerización, subcontratación, outsourcing o por intermediación laboral de manera permanente u ocasional, que realizan funciones para los diferentes procesos de la organización. De manera complementaria, la referida resolución respecto del tamaño de la organización para efectos del PESV establece que se debe tener en cuenta: a) Flota de vehículos automotores o no automotores. b) Conductores contratados o administrados por la organización, y en cuanto a la ubicación de la organización en alguno de los niveles de diseño e implementación del PESV, en función de la misionalidad y el tamaño de las organizaciones se tener en cuenta:

1. Básico,

2. Estándar y

3. Avanzado el cual se demuestra en la tabla 1. Resumen grupos PESV (Anexo 63 Pág. 1256) también citada en el presente escrito.

Aunado a lo anterior, la referida normatividad dispone que la metodología se encuentra integrada por una serie de fases y pasos consecutivos, que deben seguirse de una manera sistemática bajo el ciclo PHVA, para lograr los resultados en mejora de la seguridad vial. 6 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341300601

20231341300601 24-11-2023 A su vez, el Anexo 63 de la Resolución 20223040040595 de 2022 que hace parte de la Resolución 20223040045295 de 2022 compilatoria, y en la fase 2., “Implementación y Ejecución del PESV” del cual hace parte el paso 10, respecto de la competencia y plan anual de formación, establece que la organización debe definir la competencia en seguridad vial de los colaboradores que realizan desplazamientos laborales al servicio de la organización.

Aunado a lo anterior, el Anexo 63 respecto al Paso 11. Responsabilidad y comportamiento seguro, el cual Aplica a nivel Avanzado, establece que para la definición de la responsabilidad de los colaboradores en el PESV y la evaluación de su comportamiento en relación con la seguridad vial, la organización, entre otros debe: 1. Documentar en uno (1) o varios procedimientos en los que se establezcan los requisitos de contratación en seguridad vial de los colaboradores que realizan desplazamientos laborales (pruebas teóricas y prácticas, exámenes médicos, entre otros). Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a la única pregunta de su escrito Así las cosas, respecto al “Paso 11. Responsabilidad y comportamiento seguro (Aplica para nivel Avanzado)”, cuando hace referencia a las “pruebas teóricas y prácticas, exámenes médicos, entre otros”, lo hace de una forma meramente enunciativa con el fin de surtir unos ejemplos frente a los distintos mecanismos en los que podrá la organización determinar las capacidades y aptitudes del colaborador, para desplazamientos laborales, a contratar. En este mismo sentido lo hace al referirse a los procedimientos que se podrían establecer para determinar si el candidato, es apto. Pero jamás se refiere la norma, o discute ésta, que las opciones de evaluación enunciadas son taxativas, ni cuál es el procedimiento idóneo para aplicar los mecanismos de evaluación escogidos por la organización. Siendo así, es pertinente reiterar que la competencia del personal que realice los

mecanismos de selección de contratación del personal, será el que la organización estime pertinente para cada uno de los actores viales, no perdiendo de vista que esta deberá promover la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía. Lo anterior siempre en concordancia con el plan anual de formación emitido por la 7 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341300601

20231341300601 24-11-2023 organización, siguiendo los lineamientos de los pasos:  Paso 6. Caracterización (aplica para todos los niveles);  Paso 9. Plan anual de trabajo (Aplica para todos los niveles) y;  Paso 21. Registro y análisis estadístico de siniestros viales (Aplica para nivel Avanzado). Lo anterior, con el propósito de lograr los resultados en la mejora de la seguridad vial.

Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia, no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Sin ser otro el objeto de la presente nos suscribimos de usted, no sin antes desearle éxitos en sus labores diarias. Atentamente,

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora del Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Elaboró: Paola Vásquez Vergara - Contratista - Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ. 8 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

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