MINTRANSPORTE - Concepto 20231341434461 de 2023
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20231341434461 de 2023
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2023
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341434461
20231341434461 26-12-2023 Bogotá, D.C., Señora
MARTHA JANETH MOJICA
GEINPETROL S.A.S
Correo E.: logistica.geinpetrolsas@gmail.com
Acacías - Meta
Asunto: Solicitud de Concepto.
TRÁNSITO – Normatividad y parámetros del PESV. Radicado No. 20223032177822 del 28 de noviembre de 2022. Respetada señora Martha, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado No.20223032177822 del 28 de noviembre de 2022, mediante los cuales formulan la siguiente: CONSULTA “(…) la actividad de la empresa es Transporte especial de pasajeros y transporte especial de carga, la intención de este correo es solicitar como puedo obtener el registro en la página del ministerio que para yo poder tomar las pruebas de alcoholemia, he tratado de comunicarme y de revisar en la página nacional y no encuentro como poder obtener el registro, cabe aclarar que yo tengo el certificado de la capacitación para poder aplicarlas de acuerdo al equipo que se maneja en la empresa, pero con la normatividad y los parámetros del PESV, uno de los requisitos es estar registrados y avalados por el ministerio de salud. Me gustaría obtener respuesta alguna para saber dónde y cómo puedo obtener el registro”. CONSIDERANDOS En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de
noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos Y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.
1 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341434461
20231341434461 26-12-2023 Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos
concretos presentados a la administración.
Marco normativo: La Resolución 001844 de 18 de diciembre de 2015 expedida por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses “Por la cual se adopta la segunda versión de la Guía para la Medición Indirecta de Alcoholemia a Través de Aire Espirado”, establece: “Artículo 1. Adopción de la Guía. Adoptar en todas sus partes, la segunda versión de la "Guía para la Medición Indirecta de Alcoholemia a Través de Aire Espirado", la cual hace parte integral de la presente resolución.
Artículo 2. Destinatarios. La Guía que se adopta mediante la presente resolución, tiene como destinatarios a todas las Entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y demás autoridades o funcionarios autorizados para realizar la prueba de alcoholemia, así como a la ciudadanía en general.”. La Resolución 20223040040595 de 2022 expedida por el Ministerio de Transporte “Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial y se dictan otras disposiciones.”, compilada en la Resolución 20223040045295 del 4 de agosto de 2022, dispone: “Artículo 7.2.1. Objeto. El presente capítulo tiene por objeto adoptar la “Metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial”, contenida en el anexo 63, la cual hace parte integral de la presente resolución” (…). Anexo 63: (…) Capítulo I. Metodología para el diseño e implementación del PESV. (…) Fase 1. Planificación del PESV.
(…) Paso 8. Programas de gestión de riesgos críticos y factores de desempeño (Aplica para todos los niveles). (…) La organización debe diseñar e implementar, como mínimo los siguientes programas: 2 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20231341434461
20231341434461 26-12-2023 (…)
4. Programa de Cero Tolerancia a la conducción bajo los efectos del Alcohol y Sustancias Psicoactivas: Procedimiento para evitar que se conduzca bajo los efectos del alcohol y sustancias psicoactivas, el programa debe contener: estrategias para identificar posibles casos de conducción bajo el efecto del alcohol y psicoactivas; acciones y correctivos; responsables del programa; frecuencia de evaluación de resultados; procedimiento en caso de presentarse conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas y
casos reiterativos; mecanismos de comunicación y campañas de prevención vial en torno a la cero tolerancia a la conducción bajo el consumo del alcohol o sustancias psicoactivas. Los factores de desempeño de Cero Tolerancia a la conducción bajo los efectos del Alcohol y Sustancias Psicoactivas, entre otras pueden ser: Pruebas aleatorias de alcohol a los conductores de los vehículos automotores y no automotores que realicen actividades al servicio de la organización, o en las instalaciones de la organización, o en zonas aledañas que estén bajo el control de la organización, prueba anula de sangre ara alcohol y en orina para sustancias psicoactivas para conductores que realizan recorridos al servicio de la organización.”. Desarrollo del problema jurídico En este orden de ideas y atendiendo su solicitud de consulta, la Resolución 001844 de 18 de diciembre de 2015 “Por la cual se adopta la segunda versión de la Guía para la Medición Indirecta de Alcoholemia a Través de Aire Espirado”, esta Guía establece los mínimos que deben cumplir las autoridades competentes para llevar a cabo las mediciones de alcohol en aire espirado en el desarrollo de actividades administrativas o judiciales, los cuales deben cumplir con criterios y procedimientos estandarizados establecidos en la Guía. El objetivo de esta Guía es garantizar que la medición de alcohol en aire espirado cumpla con los criterios y procedimientos estandarizados y de calidad que certifique resultados confiables, es preciso establecer que esta Guía aplica para todas las mediciones de alcohol en aire espirado exceptuando el uso de instrumentos de tamizaje que ofrezcan resultados de tipo positivo/negativo o pasa/no pasa, ya que, no proporcionan resultados
cuantitativos, razón por la cual, es pertinente anexar al presente concepto la Guía en mención. Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a su Consulta No existe disposición legal y reglamentaria que establezca como obligación que en las empresas de transporte modalidades de Servicio Público de Transporte Terrestre 3 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
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20231341434461 26-12-2023 Automotor Especial y de Carga, deban tomar prueba de alcoholemia a los conductores de su parque automotor, sin embargo, estas empresas, la podrán implementar como medida de control interno o mediante la implementación del plan estratégico de seguridad vial bajo el programa de cero tolerancia a la conducción bajos los efectos de sustancias alcohólicas y psicoactivas.
Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia, no son de obligatorio cumplimiento, ni tienen efectos vinculantes. Cordialmente.
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora del Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: José David Rincón Camacho – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo LegalOAJ Revisó: Pedro Nel Salinas – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 4 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.