MINTRANSPORTE - Concepto 20241340158841 de 2024
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20241340158841 de 2024
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2024
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340158841
20241340158841 16-02-2024 Bogotá, D.C.;
Señora:
DILEY VANESSA BARRERO OLAYA
Directora de Trámites y Servicios Secretaria de Movilidad de Ibagué
Correo E.: movilidad@ibague.gov.co
transito@ibague.gov.co Ibagué - Tolima Asunto: Solicitud de concepto. TRÁNSITO – Cancelación matricula por hurto.
Radicado: 20233031105252 del 11 de julio de 2023.
Respetada señora Barrero, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado No. 20233031105252 del 11 de julio de 2023, mediante el cual formula la siguiente: CONSULTA “(…) Por lo anterior solicito de manera respetuosa se me emita CONCEPTO JURÍDICOADMINISTRATIVO PARA LA CANCELACIÓN DE LA MATRICULA Y ACTUALIZACIÓN EN EL RUNT – VEHÍCULO PLACA IBZ -906, conforme a lo contenido en la Resolución 12379 de 2012, en su Capitulo V, articulo 16, de la siguiente manera: (…)”. [SIC] CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio:
“6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.
Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general 1 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340158841
20241340158841 16-02-2024 el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco normativo El artículo 5.3.5.1. de la Resolución 20223040045295 de 2022, “Por medio del cual se expide
la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte.”, Sección 5 sustituida por el artículo 25 de la Resolución 20233040017145 de 2023, “Por la cual se modifica la Resolución número 20223040045295 de 2022 y se dictan disposiciones para la correcta y amplia implementación de la política de Simplificación y racionalización de trámites.”, establece el procedimiento y requisitos para la cancelación de matrícula de un vehículo, en los siguientes términos: “Artículo 5.3.5.1. Procedimiento y requisitos. Verificada la inscripción del usuario en el sistema RUNT, para realizar la cancelación de la matrícula de un vehículo ante el Organismo de Tránsito, se deberá aplicar el siguiente procedimiento y cumplir con los requisitos que el mismo exige:
1. Presentación de documentos. Cuando el usuario se encuentre adelantando el trámite, sea de forma presencial o virtual, el Organismo de Tránsito requerirá al usuario el Formato de Solicitud de Trámite debidamente diligenciado, el documento que soporta la solicitud de cancelación de matrícula según el caso y confrontará con el sistema RUNT los datos del vehículo a cancelar la matrícula contra los contenidos en la licencia de tránsito o tarjeta de registro aportada por el usuario según el caso, o en su defecto con los datos registrados en el documento soporte.
2. Validación y verificación de información. El Organismo de Tránsito validará los datos del vehículo sobre el cual se cancelará la matrícula y verificará los documentos aportados dependiendo de la causal que origina la cancelación de la matrícula.
En todo caso el Organismo de Tránsito requerirá la entrega de las placas. Si el ciudadano venía
adelantando su trámite de manera virtual, este deberá asistir presencialmente al Organismo de Tránsito para realizar la entrega formal de las placas del vehículo objeto de cancelación. Las placas deberán ser devueltas cuando la cancelación de la matrícula se origina por vencimiento del término de la importación temporal del vehículo o cuando se exporten vehículos usados y matriculados en Colombia.
3. Validación del pago por infracciones de tránsito. El Organismo de Tránsito validará en el sistema RUNT que el usuario se encuentra a paz y salvo por concepto de multas o comparendos por infracciones de tránsito.
Se exceptúa de la presente validación los casos donde la cancelación sea solicitada por la SAE, por la Fiscalía General de la Nación, o por cualquier autoridad de tránsito que adelantó el proceso de que trata el artículo 128 de la Ley 769 de 2002, sobre declaratoria de abandono, pues en tal caso la obligación pecuniaria causada por las infracciones de tránsito, continuarán 2 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340158841
20241340158841 16-02-2024 vigentes en cabeza del propietario al que se le dictó medida de extinción de dominio, o se le decretó el abandono del vehículo.
4. Validación y verificación del pago de los derechos del trámite. Cuando el usuario se encuentre adelantando el trámite sea de forma presencial o virtual, el Organismo de Tránsito validará en el sistema RUNT el pago realizado por el usuario por los derechos de tarifa RUNT y verifica la realización del pago correspondiente a los derechos del Organismo de Tránsito.
Se exceptúa del pago de la tarifa RUNT y los derechos del trámite cuando la solicitud de cancelación de una matrícula proviene de una decisión judicial o Administrativa.
5. Cancelación de la matrícula. Confrontada y validada la información, el Organismo de Tránsito procederá a expedir el acto administrativo a través del cual se cancela la matrícula, dejando copia de la misma en la carpeta del vehículo. Posterior a ello el Organismo de Tránsito actualizará la información en el sistema RUNT.
Cuando se trate de cancelación de vehículos particulares, no se exigirá la certificación de la revisión técnica de la DIJÍN o de la autoridad de policía judicial que por sus facultades y competencias pueda certificar tal situación”. Frente a la cancelación de matrícula de vehículos por pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada. el artículo 5.3.5.5. de la Resolución precitada, consagra: “Artículo 5.3.5.5. Cancelación de matrícula originada por pérdida definitiva, hurto o
desaparición documentada. El Organismo de Tránsito requerirá al usuario la presentación de la denuncia instaurada ante la autoridad respectiva por el hurto del vehículo o cualquier otra conducta típica que genere la pérdida de la posesión del vehículo, junto con la certificación expedida por autoridad competente, que constate que se desconoce el paradero final del vehículo”. (NFT) Desarrollo del problema jurídico Se precisa que el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de esta cartera Ministerial, conforme con lo establecido en la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, le compete conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración, en este sentido, los conceptos emitidos por esta Coordinación poseen los efectos del artículo 28 de la ley 1437 del 2011, por lo tanto, no le compete pronunciarse frente a casos particulares y concretos. Por lo anterior, se procederá a emitir concepto frente a las normas que atañen al procedimiento de cancelación de matrícula generada por pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada. 3 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340158841
20241340158841 16-02-2024 El artículo 5.3.5.1. de la Resolución 20223040045295 de 2022, sección 5 sustituida por el artículo 25 de la Resolución 20233040017145 de 2023, establece el procedimiento y requisitos para la cancelación de matrícula de un vehículo ante los Organismos de Tránsito. En este orden de ideas, cuando el usuario se encuentre adelantando el trámite, sea de forma presencial o virtual, el Organismo de Tránsito requerirá al usuario el formato de solicitud de trámite debidamente diligenciado, el documento que soporta la solicitud de cancelación de matrícula según el caso y confrontará con el sistema RUNT los datos del vehículo a cancelar la matrícula, entre otros requisitos, contra los contenidos en la licencia de tránsito o tarjeta de registro aportada por el usuario según el caso, o en su defecto con los datos registrados en el documento soporte, dependiendo de la causal que origina la cancelación de la matrícula. Una vez, confrontada y validada la información, el Organismo de Tránsito procederá a expedir el acto administrativo a través del cual se cancela la matrícula, procediendo a actualizar la información en el Registro Único Nacional de Transito RUNT. Ahora bien, cuando la cancelación de matrícula de vehículo tenga su origen en la pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada, el artículo 5.3.5.5. de la Resolución
20223040045295 de 2022, el Organismo de Tránsito requerirá al usuario la presentación de la denuncia instaurada ante la autoridad respectiva por el hurto del vehículo o cualquier otra conducta típica que genere la pérdida de la posesión del vehículo, junto con la certificación expedida por autoridad competente, que constate que se desconoce el paradero final del vehículo. Así las cosas, las normas establecen los requisitos documentales frente al procedimiento para la cancelación de matrícula de vehículo por pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada, sin que sea viable que el Organismo de Tránsito, solicite al usuario otros requisitos no contemplados expresamente en las normas. Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta al interrogante único Atendiendo lo establecido en el artículo 5.3.5.5. de la Resolución 20223040045295 de 2022, para la cancelación de matrícula de vehículo por pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada, es necesario que se adjunte por el interesado la denuncia instaurada ante la autoridad respectiva por el hurto del vehículo o cualquier otra conducta típica que genere la pérdida de la posesión del vehículo y la certificación expedida por autoridad competente, que 4 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950
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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340158841
20241340158841 16-02-2024 constate que se desconoce el paradero final del vehículo, así como los requisitos generales consagrados en artículo 5.3.5.1. de la Resolución 20223040045295 de 2022, sección 5 sustituida por el artículo 25 de la Resolución 20233040017145 de 2023. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del referido Código, en consecuencia, no son de obligatorio cumplimiento, ni tienen efectos vinculantes. Atentamente.
AMPARO RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Yulimar Maestre Viana – Profesional Especializado, Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ
5 Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m, agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 op. 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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