MINTRANSPORTE - Concepto 20241340918851 de 2024
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20241340918851 de 2024
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2024
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340918851
20241340918851 02-08-2024 Bogotá, D.C.;
Señor:
GUSTAVO ALFONSO CABARCAS GÓMEZ
Correo E.: gustalfocabarcas@hotmail.com
Bogotá, D.C.
Asunto: Solicitud de Concepto.
TRÁNSITO – Información Empresa en Liquidación. Radicado No. 20233031816522 del 16 de noviembre de 2023. Respetado señor Cabarcas, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento con el radicado No. 20233031816522 del 16 de noviembre de 2023, mediante el cual formulan la siguiente: CONSULTA “En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, remitimos al interior de su entidad, Derecho de petición presentado por el señor, GUSTAVO ALFONSO CABARCAS GOMEZ por considerarse un asunto de su competencia.
PRIMERA: Se declare que la CÁMARA DE COMERCIO DE CARTAGENA Y PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, ha vulnerado mi derecho fundamental de petición.
SEGUNDA: Se tutele mi derecho fundamental de petición.
TERCERA: Como consecuencia, se ordene a la CÁMARA DE COMERCIO DE CARTAGENA Y PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo de tutela, dé
respuesta de fondo conforme lo establecen la normatividad y la jurisprudencia Colombianas”. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.
Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340918851
02-08-2024 Bogotá, D.C.;
Señor:
GUSTAVO ALFONSO CABARCAS GÓMEZ
Asunto: Solicitud de Concepto.
TRANSITO - Información Empresa en Liquidación. Radicado No. 20233031816522 del 16 de noviembre de 2023. Respetado señor Cabarcas, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento con el radicado No. 20233031816522 del 16 de noviembre de 2023, mediante el cual formulan la siguiente: CONSULTA “En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, remitimos al interior de su entidad, Derecho de petición presentado por el señor, GUSTAVO ALFONSO CABARCAS GOMEZ por considerarse un asunto de su competencia.
PRIMERA: Se declare que la CÁMARA DE COMERCIO DE CARTAGENA Y PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, ha vulnerado mi derecho fundamental de petición.
SEGUNDA: Se tutele mi derecho fundamental de petición.
TERCERA: Como consecuencia, se ordene a la CÁMARA DE COMERCIO DE CARTAGENA Y PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN, que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo de tutela, dé respuesta de fondo conforme lo establecen la normatividad y la jurisorudencia Colombianas”. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.
Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340918851
20241340918851 02-08-2024 Marco normativo El Decreto 087 de 2011, “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias.”, el cual ha dispuesto: “Artículo 1. Objetivo. El Ministerio de Transporte tiene como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte”. Así las cosas, vale precisar que en virtud de lo establecido en el artículo 1 del Decreto 087 de 2011, el objetivo primordial del Ministerio de Transporte es la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo. Así como la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. No obstante, no
funge como superior jerárquico de los organismos de tránsito, por lo tanto, esta Entidad no es competente para pronunciarse respecto al tema objeto de consulta, desde el punto de vista legal. De otro parte, los documentos que solicita en su escrito, no reposan en esta cartera Ministerial, por lo cual no es posible dar una respuesta de fondo a las pretensiones contenidas en su solitud, ahora bien podrá acudir en todo caso al organismo de tránsito donde fue matriculado el automotor y solicitar un histórico vehicular o descargarlo de la página del Registro Único Nacional de tránsito RUNT, así mismo, frente a los documentos relacionados con la empresa podrá realizar la respectiva consulta en el Registro Único Empresarial RUES administrado por Confecámaras. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes Cordialmente.
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora del Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Con copia a: Maria José Exmeral Sierra - Jefe de Experiencia del Usuario y CAECámara de Comercio Cartagena. Correo E.: gestiondocumental@cccartagena.org.co y notificaciones@cccartagena.org.co Proyectó: Paola Vásquez Vergara – Contratista - Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ.
Revisó: Yulimar Maestre Viana – Profesional EspecializadoGrupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ
2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. !ORO etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340918851 02-08-2024 al ap ]naM Marco normativo El Decreto 087 de 2011, “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias.”, el cual ha dispuesto: “Artículo 1. Objetivo. El Ministerio de Transporte tiene como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y
aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte”. Así las cosas, vale precisar que en virtud de lo establecido en el artículo 1 del Decreto 087 de 2011, el objetivo primordial del Ministerio de Transporte es la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo. Así como la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. No obstante, no funge como superior jerárquico de los organismos de tránsito, por lo tanto, esta Entidad no es competente para pronunciarse respecto al tema objeto de consulta, desde el punto de vista legal. De otro parte, los documentos que solicita en su escrito, no reposan en esta cartera Ministerial, por lo cual no es posible dar una respuesta de fondo a las pretensiones contenidas en su solitud, ahora bien podrá acudir en todo caso al organismo de tránsito donde fue matriculado el automotor y solicitar un histórico vehicular o descargarlo de la página del Registro Unico Nacional de tránsito RUNT, así mismo, frente a los documentos relacionados con la empresa podrá realizar la respectiva consulta en el Registro Unico Empresarial RUES administrado por Confecámaras. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en
consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes Cordialmente. =—
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora del Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Con copia a: Maria José Exmeral Sierra - Jefe de Experiencia del Usuario y CAECámara de Comercio Cartagena. Correo E.: gestiondocumentalOcccartagena.org.co y notificacionesocccartagena.org.co Proyectó: Paola Vásquez Vergara - Contratista - Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ.
Revisó: Yulimar Maestre Viana - Profesional EspecializadoGrupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.
Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.