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MINTRANSPORTE - Concepto 20241341173091 de 2024

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20241341173091 de 2024
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341173091

20241341173091 23-09-2024 Bogotá, D.C.; Señor

GILBERTO ROBALLO ALVARADO

Correo E.: groballoa07@gmail.com

Carrera 42 No. 6 SUR – 148, Conjunto Residencial, Caso llano 2. Villavicencio - Meta

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRANSPORTE – Vida útil del parque automotor. Radicado No. 20243030999412 del 18 de junio de 2024. Respetado señor Roballo, reciba un cordial saludo por parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento con radicado con el No. 20243030999412 del 18 de junio de 2024, mediante el cual informa lo siguiente: CONSULTA “Mi primera pregunta si realmente aún estoy en lo correcto y este artículo se puede acoger para ser aplicado a una flota de vehículos, Mi segunda pregunta es quien establece el tipo de transformación o modificación que debe sufrir el vehículo para prolongar su vida útil, me explico si es necesario reemplazar el motor del vehículo por un motor Euro VI Diesel o Euro VI dedicado a gas natural. Mi tercera pregunta en caso de ser la alcaldía Municipal quien deba definir los requisitos de la transformación de los vehículos para prolongar la vida útil por 10 años más, el ministerio de transporte audita y supervisa estos requisitos?, en caso de que la alcaldía no quiera definir los requisitos y entorpezca los procesos de actualización o de

reposición de los vehículos de transporte público de pasajeros con que entidad se puede elevar el caso para que tomen las medidas necesarias para que estos requisitos de modernización sean definidos.”.

CONSIDERACIONES: En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos Y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica de este Ministerio: 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. !ORO etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www

Transporte Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341173091

23-09-2024

Bogotá, D.C.; Señor

GILBERTO ROBALLO ALVARADO

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRANSPORTE - Vida útil del parque automotor. Radicado No. 20243030999412 del 18 de junio de 2024. Respetado señor Roballo, reciba un cordial saludo por parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento con radicado con el No. 20243030999412 del 18 de junio de 2024, mediante el cual informa lo siguiente: CONSULTA “Mi primera pregunta si realmente aún estoy en lo correcto y este artículo se puede acoger para ser aplicado a una flota de vehículos, Mi segunda pregunta es quien establece el tipo de transformación o modificación que debe sufrir el vehículo para prolongar su vida útil, me explico si es necesario reemplazar el motor del vehículo por un motor Euro VI Diesel o Euro VI dedicado a gas natural. Mi tercera pregunta en caso de ser la alcaldía Municipal quien deba definir los requisitos de la transformación de los vehículos para prolongar la vida útil por 10 años más, el ministerio de transporte audita y supervisa estos requisitos?, en caso de que la alcaldía no quiera definir los requisitos y entorpezca los procesos de actualización o de reposición de los vehículos de transporte público de pasajeros con que entidad se puede elevar el caso para que tomen las medidas necesarias para que estos requisitos de modernización sean definidos.”.

CONSIDERACIONES:

En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos Y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica de este Ministerio: Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

J Transporte PPaarraa cco on nt te es st ta ar r cci it te e: : 5 RRaaddiiccaaddoo MMTT NNoo.:. : 220022441133441111773300991 1 20241341173091 2233--0099--22002244 ““66. . CCoonncceepptutuaar r eenn mmaatetreiraia ddee ttrraannssppoortrtee AAéérreeo,o , MMaarírtítiimmo,o , FFlluuvviaila,l , FFéérrrreeo,o , MMaassivivoo yy

TTeerrrreesstrter,e , qquuee nnoo sseeaann ccoommppeteetnecnicaia ddee oottrraass eennttiiddaaddese.s . 77. . CCoonncceepptutuaar r yy aabbssoollvveer r llaass ccoonnssuultltaass qquuee sseeaann ssoommeteitdidaas s aa ssuu ccoonnssiiddeerraaccióiónn qquuee ffoorrmmuulelenn llooss oorrggaanniissmmoos s ppúúbbliliccooss yy pprriivvaaddoso,s , aassí í ccoommoo llaass ppeerrssoonnaass ppaarrttiiccuullaarreess yy llaass ddeemmáás s qquuee sseeaann ssoommeteitdidaas s aa ssuu ccoonnssiiddeerraacicóión”n.” . PPoorr lloo aanntteeriroiro,r , ddeebbeemmoso s sseeññaalalar r qquuee eel l GGrruuppoo ddee CCoonncceepptotos s yy AAppooyyoo LLeeggala l ddee llaa OOffiicciinnaa AAsseessoorara ddee JJuurrííddiiccaa ttiieennee ffuunncciioonneess eessppeecícfíificcaas,s , lloo qquuee iimmppliliccaa aannaalilizzaar r ddee mmaannereara aabbssttrraacctata yy ggeenneerarla l eel l tteemmaa oobbjjeettoo ddee eessttuuddioi.o . NNoo ttiieennee ffaaccuullttaaddeess ppaarraa rreessoollvveer r ccaassooss

ccoonnccrreettoos s pprreesseennttaaddoos s aa llaa aaddmminiinsitsrtraacicóión.n . MMaarrccoo nnoorrmmataitvivoo LLaa LLeeyy 110055 ddee 11999933 ““PPoorr llaa ccuuaal l ssee ddiiccttaann ddiissppoossiicciioonneess bbáássiiccaass ssoobbrree eel l ttrraannsspporotret,e , ssee rreeddiissttrriibbuuyyeenn ccoommppeteetencnicaias s yy rreeccuurrssooss eennttrree llaa NNaacciióónn yy llaass EEnnttiiddaaddeess TTeerrrriittoorriiaaleles,s , ssee rreeggllaammeenntata llaa ppllaanneeaaccióiónn eenn eell sseeccttoorr ttrraannssppoortrtee yy ssee ddiiccttaann oottrraass ddiissppoossiicciioonnese.s”.,” , sseeññaalal:a : ““AARRTTIICCUULLOO 660o. . IInncciissoo 112º mmoodidfifiiccaaddoo ppoorr llaa LLeeyy 227766 ddee 1199996,6 , aarrttííccuulloo 222º. . RReeppoosisciciióónn ddeel l PPaarrqquuee AAuuttoommotootro r ddeel l SSeerrvvicicioio PPúúbbliliccoo ddee PPaassaajjeerrooss yy//oo mmixixtot.o . LLaa vviiddaa úúttili l mmááxxiimma a ddee llooss vveehhííccuullooss tteerrrreessttrreess ddee sseerrvviicciioo ppúúbbliliccoo ccoolleeccttiivvoo ddee ppaassaajjeerrooss yy//oo

mmiixxttoo sseerráá ddee vveeiinnttee ((2200) ) aaññoos.s . SSee eexxcclluuyyeenn ddee eessttaa rreeppoossiciciióónn eel l ppaarrqquuee aauuttoommotootor r ddee sseerrvviciciioo ppúúbbliliccoo ccoolleeccttiivvoo ddee ppaassaajjeerrooss yy//oo mmixixttoo ((ccaammppereorso,s , cchhiivvaas)s ) ddee sseerrvviicciioo ppúúbbliliccoo ccoolleeccttiivvoo ddee ppaassaajjeerrooss yy//oo mmixixttoo ddeel l sseeccttoorr rruurraal,l , ssiieemmpprere yy ccuuaannddoo rreeúúnnaann llooss rreeqquuisisiittooss ttééccnniiccooss ddee sseegguurriiddaadd eexxiiggiiddooss ppoorr llaass nnoorrmmaas s yy ccoonn llaa cceerrttiiffiiccaacciióónn eessttaabblleecciiddaa ppoorr eellllaass. . ((.…..)) PPAARRAAGGRRAAFFOO 22. . EEl l MMiinniisstteeriroio ddee TTrraannssppoortrtee ddeeffiinniriráá, , rreeggllaammeenntatarárá yy fifijjaarráá llooss rreeqquuisisiittooss ppaarraa llaa ttrraannssffoorrmmaaccióiónn ddee llooss vveehhííccuullooss tteerrrreessttrreess qquuee vviieenneenn ooppeerraannddoo eenn eel l sseerrvvicicioio

ppúúbbliliccoo ddee ppaassaajjeerrooss yy//oo mmixixtot,o , ddee ttaal l ffoorrmmaa qquuee ssee lleess pprroolloonngguuee ssuu vviiddaa úúttili l hhaassttaa ppoorr ddiieezz ((1100) ) aaññooss yy ppoorr uunnaa ssoollaa vveez,z , aa ppaartritrir ddee llaa ffeecchhaa eenn qquuee rreeaalliicceenn llaa ttrraannssffoorrmmacaicóinó.n”..” . ((NNeegrgirlillala ffuueerraa ddee tteexxttoo oorriiggiinnaal)l ) EEl l DDeeccrreettoo LLeeyy 22115500 ddee 11999955 ““PPoorr eel l ccuuaal l ssee ssuupprriimmeenn yy rreeffoorrmmaann rreegguullaacciioonnese,s , pprroocceeddiimmieienntotos s oo ttrráámmititeess iinnnneecceessaariroioss eexxiisstteenntteess eenn llaa AAddmminiinsitsrtraaccióiónn PPúúbbliliccaa”,” , ccoonnssaagrgar:a : “Artículo 138. REPOSICIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR, DE SERVICIO PÚBLICO DE CARGA, DE PASAJEROS Y/O MIXTO. Con fundamento en los artículos 5o y 6o de la Ley 105 de 1993, las autoridades de Tránsito

y Transporte de las entidades territoriales velarán por el cumplimiento de las condiciones establecidas en dichas disposiciones sobre vida útil y reposición del parque automotor. Parágrafo. Corregido por el Decreto 1090 de 1996, artículo 1º. A partir del 1º de enero de 2002, queda prohibida en todo el territorio nacional la repotenciación, habilitación, transformación, adecuación o cualquier otra categoría similar que busque la extensión de la vida útil determinada por la ley, para los equipos destinados al servicio público de transporte.”. (Negrilla fuera de texto original) 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www

“Artículo 138. REPOSICIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRANSPORTE TERRESTRE

AUTOMOTOR, DE SERVICIO PÚBLICO DE CARGA, DE PASAJEROS Y/O MIXTO. Con fundamento en los artículos 50 y 60 de la Ley 105 de 1993, las autoridades de Tránsito y Transporte de las entidades territoriales velarán por el cumplimiento de las condiciones establecidas en dichas disposiciones sobre vida útil y reposición del parque automotor. ]nl Parágrafo. Corregido por el Decreto 1090 de 1996, artículo 1%. A partir del 192 de enero de 2002, queda prohibida en todo el territorio nacional la repotenciación, habilitación, transformación, adecuación o cualquier otra categoría similar que busque la extensión de la vida útil determinada por la ley, para los equipos destinados al servicio público de transporte.”. (Negrilla fuera de texto original) Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341173091

20241341173091 23-09-2024 En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al interrogante elevado en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Si bien el parágrafo 2 del artículo 6 de la Ley 105 de 1993, permitía la transformación de vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor que venían operando en la modalidad de transporte de pasajeros y mixto, con la expedición del Decreto Ley 2150 de 1995, en el parágrafo del artículo 138 de forma expresa, se prohibió la repotenciación, habilitación, transformación, adecuación o cualquier otra categoría similar que buscara la extensión de la vida útil de estos vehículos. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente.

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Jose David Rincón Camacho – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ Revisó: Pedro Nel Salinas Hernández – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. !ORO etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341173091

23-09-2024 En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al interrogante elevado en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Si bien el parágrafo 2 del artículo 6 de la Ley 105 de 1993, permitía la transformación de vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor que venían operando en la modalidad de transporte de pasajeros y mixto, con la expedición del Decreto Ley 2150 de 1995, en el parágrafo del artículo 138 de forma expresa, se prohibió la repotenciación, habilitación, transformación, adecuación o cualquier otra categoría similar que buscara la extensión de la vida útil de estos vehículos.

Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “... orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente. ==

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Jose David Rincón Camacho - Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ Revisó: Pedro Nel Salinas Hernández - Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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