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MINTRANSPORTE - Concepto 20241341174091 de 2024

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20241341174091 de 2024
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341174091

20241341174091 24-09-2024 Bogotá, D.C.; Señor

ANONIMO ANONIMO Correo: anonimo@anonimo.com.co

Bogotá D.C.

Asunto: Solicitud de Concepto TRÁNSITO – Notificación comparendos por detección electrónica.

Radicado N. 20243030240242 del 14 de febrero de 2024 Respetado señor Anónimo, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20243030240242 del 14 de febrero de 2024, mediante el cual formula la siguiente: CONSULTA “… cuánto tiempo tienen las autoridades de tránsito para hacerme llegar la notificación de una foto multa desde el día de la infracción y que pasa o que debo hacer si está notificación llegó fuera del tiempo establecido.” CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las

demás que sean sometidas a su consideración”. Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. !ORO etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341174091

24-09-2024 Bogotá, D.C.; Señor

ANONIMO ANONIMO Asunto: Solicitud de Concepto TRÁNSITO - Notificación comparendos por detección electrónica.

Radicado N. 20243030240242 del 14 de febrero de 2024 Respetado señor Anónimo, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20243030240242 del 14 de febrero de 2024, mediante el cual formula la siguiente: CONSULTA “... cuánto tiempo tienen las autoridades de tránsito para hacerme llegar la notificación de una foto multa desde el día de la infracción y que pasa o que debo hacer si está notificación llegó fuera del tiempo establecido.” CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos

presentados a la administración. Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. ansporte PPaarraa ccoonntteessttaar r cciittee: : defi — RRaaddiiccaaddoo MMTT NNoo.:. : 220022441133441111774400991 1

20241341174091 2244--0099--22002244 MMaarrccoo NNoorrmmataitviov.o . EEnn eessee oorrddeen,n , eenn aatteenncciióónn aa lloo eexxppuueestsoto yy ppaarraa ddaarr rreessppuueesstata aa ssuu ppeettiicciióónn ssee cciittaa eel l mmaarrccoo nnoorrmmataitvivoo aapplliiccaabblele aal l tteemmaa oobbjjeettoo ddee ccoonnssulutlat,a , aassí:í : LLaa LLeeyy 776699 ddee 22000022 ““PPoorr llaa ccuuaal l ssee eexxppiiddee eel l CCóóddiiggoo NNaacciioonnala l ddee TTrráánnssititoo TTeerrrreessttrree yy ssee

ddiiccttaann oottrraass ddiissppoossiicciioonnese.s”.,” , eessttaabblleeccee eenn eel l 113366: : ““AArrttííccuulloo 11336.6 . MMooddififiiccaaddoo ppoorr eel l DDeeccrreetoto 1199 ddee 2200112,2 , aarrttííccuulloo 22005,5 , ccoonn eexxcceeppccióiónn ddeel l ppaarráággrraafofo 112º yy 222º, . RReedduucccicóiónn ddee llaa MMuultlat.a . UUnnaa vveezz ssuurrttiiddaa llaa oorrddeenn ddee ccoommpparaerendnod,o , ssii eel l iinnccuullppaaddoo aacceepptata llaa ccoommisisiióónn ddee llaa iinnffrraacccciióón,n , ppooddrár,á , ssiinn nneecceessiiddaadd ddee oottrraa aaccttuuaacciióónn aaddmminiinsitsrtartaitviva:a : 11. . NNuummerearla l mmoodidfifiiccaaddoo ppoorr eel l DDeeccrreetoto 22110066 ddee 2200119,9 , aarrttííccuulloo 111188. . CCaanncceelalar r eel l cciinnccuueenntata ppoorr cciieennttoo ((5500%%) ) ddeel l vvaalloorr ddee llaa mmulutltaa ddeennttrroo ddee llooss cciinnccoo ((55) ) ddííaass ssiigguuiieenntteess

aa llaa oorrddeenn ddee ccoommppaarreennddoo yy ssiieemmpprere yy ccuuaannddoo aassiissttaa oobblliiggaattoorriiaammeenntete aa uunn ccuurrssoo ssoobbrree nnoorrmmaas s ddee ttrráánnssititoo eenn uunn OOrrggaanniissmmoo ddee TTrráánnssititoo oo eenn uunn CCeenntrtroo ddee EEnnsseeññaannzzaa AAuuttoommovoilvíislítsitcicaa oo uunn CCeenntrtroo iinntteeggrraal l ddee aatteenncciióónn ddeebbiiddaammeentnete rreeggiissttrraaddooss aannttee eel l RRUUNNT.T . SSi i eel l ccuurrssoo ssee rreeaalliizzaa aannttee uunn cceennttrroo ddee eennsseeññaannzzaa aauuttoommovoilvíilsítsitcicaa oo eenn cceennttrroo iinntteeggrraal l ddee aatteennccióión,n , oo eenn uunn oorrggaanniissmmoo ddee ttrráánnssititoo ddee ddiiffeerreennttee jjuurriissddiicccciióónn ddoonnddee ssee ccoommeteitóió llaa iinnffrraacccciióón,n , aa eessttee ssee llee ccaanncceelalarráá uunn vveeiinnttiicciinnccoo ppoorr cciieennttoo ((2255%%) ) ddeel l vvaalloorr aa ppaaggaar r yy

eel l eexxcceeddeenntete ssee ppaaggaarárá aal l oorrggaanniissmmoo ddee ttrráánnssititoo ddee llaa jjuurriissddiicccciióónn ddoonnddee ssee ccoommeteitóió llaa iinnffrraacccciióónn; ; oO 22. . NNuummerearla l mmoodidfifiiccaaddoo ppoorr eel l DDeeccrreetoto 22110066 ddee 2200119,9 , aarrttííccuulloo 11118.8 . CCaanncceelalar r eel l sseetteennttaa yy cciinnccoo ppoorr cciieennttoo ((7755%%) ) ddeel l vvaalloorr ddee llaa mmulutlat,a , ssii ppaaggaa ddeenntrtroo ddee llooss vveeiinnttee ddííaass ssiigguuiieenntteess aa llaa oorrddeenn ddee ccoommppaarreennddoo yy ssiieemmpprere yy ccuuaannddoo aassiissttaa oobblliiggaattoorriiaammeenntete aa uunn ccuurrssoo ssoobbrree nnoorrmmaas s ddee ttrráánnssititoo eenn uunn OOrrggaanniissmmoo ddee TTrráánnsistiot,o , eenn uunn cceennttrroo ddee eennsseeññaannzzaa aauuttoommovoilvíislítsitciac,a , oo uunn CCeenntrtroo iinntteeggrraal l ddee aatteenncciióónn ddeebbiiddaammeentnete rreeggiissttrraaddooss

aannttee eel l RRUUNNT.T . SSi i eel l ccuurrssoo ssee rreeaalliizzaa aannttee uunn cceennttrroo ddee eennsseeññaannzzaa aauuttoommovoilvíislítsitciac,a , oO cceennttrroo iinntteeggrraal l ddee aatteenncciióónn oo eenn uunn oorrggaanniissmmoo ddee ttrráánnssititoo ddee ddiiffeerreennttee jjuurriissddiicccciióónn ddoonnddee ssee ccoommeteitóió llaa iinnffrraacccciióón,n , aa eessttee ssee llee ccaanncceelalarráá uunn vveeiinnttiicciinnccoo ppoorr cciieennttoo ((2255%%) ) ddeel l vvaalloorr aa ppaaggaar r yy eel l eexxcceeddeenntete ssee ppaaggaarárá aal l oorrggaanniissmmoo ddee ttrráánnssititoo ddee llaa jjuurriissddiicccciióónn ddoonnddee ssee ccoommeteitóió llaa iinnffrraacccciióón.n .

3. Si aceptada la infracción, ésta no se paga en las oportunidades antes indicadas, el inculpado deberá cancelar el cien por ciento (100%) del valor de la multa más sus correspondientes intereses moratorios.

Si el inculpado rechaza la comisión de la infracción, deberá comparecer ante el funcionario en audiencia pública para que éste decrete las pruebas conducentes que le sean solicitadas y las de oficio que considere útiles.

2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www

3. Si aceptada la infracción, ésta no se paga en las oportunidades antes indicadas, el inculpado deberá cancelar el cien por ciento (100%) del valor de la multa más sus correspondientes intereses moratorios.

Si el inculpado rechaza la comisión de la infracción, deberá comparecer ante el funcionario en audiencia pública para que éste decrete las pruebas conducentes que le sean solicitadas y las de oficio que considere útiles. Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. ansporte PPaarraa ccoonntteessttaar r cciittee: : defi — RRaaddiiccaaddoo MMTT NNoo.:. : 220022441133441111774400991 1

20241341174091 2244--0099--22002244 SSi i eel l ccoonnttrraavveenntotor r nnoo ccoommpparaerceiceierere ssiinn jjuussttaa ccaauussaa ccoommpprroobbaadda a ddeenntrtroo ddee llooss cciinnccoo ((55) ) ddííaass hháábbilileess ssiigguuiieenntteess aa llaa nnoottiiffiiccaacciióónn ddeel l ccoommpparaerendnod,o , llaa aauuttoorriiddaadd ddee ttrráánnssititoo, , ddeessppuuéés s ddee ttrreeiinnttaa ((3300) ) ddííaass ccaalleennddaariroio ddee ooccuurrrriiddaa llaa pprreessuunntata iinnffrraacccciióón,n , sseegguuiriráá eel l

pprroocceesos,o , eenntteennddiiéénnddoossee qquuee qquueeddaa vviinnccuullaaddoo aal l mmiissmmo,o , ffaalllláánnddoossee eenn aauuddiieenncicaia ppúúbbliliccaa yy nnoottiifificcáánnddoossee eenn eessttrraaddoso.s . EEnn llaa mmiissmmaa aauuddieiencnicai,a , ssii ffuueerree ppoossibiblel,e , ssee pprraaccttiiccaarráánn llaass pprruueebbaas s yy ssee ssaanncciioonnaarárá oo aabbssoollvveerráá aal l iinnccuullppaaddo.o . SSi i ffuueerree ddeeccllaarraaddoo ccoonnttrraavvenetnotro,r , ssee llee iimmppoonnddrárá eel l cciieenn ppoorr cciieennttoo ((110000%%) ) ddee llaa ssaanncciióónn pprreevvisisttaa eenn llaa lleeyy. . ((.…..)) PPaarráággrraafofo 22”°. . AAddiicciioonnaaddoo ppoorr llaa LLeeyy 11884433 ddee 2200117,7 , aarrttííccuulloo 772º. . CCuuaannddoo ssee ddeemmueusetsrtere qquuee llaa oorrddeenn ddee ccoommppaarreennddoo ppoorr iinnffrraacccciióónn aa llaass nnoorrmmaas s ddee ttrráánnssititoo ddeetteeccttaaddaa ppoorr

ssiisstteemmaass aauuttoommátáitciocso,s , sseemmiiaauuttoommátáitcicoos s yy oottrrooss mmeedidoios s tteeccnnoollóóggicicoso,s , nnoo ffuuee nnoottiiffiiccaaddaa oo iinnddeebbiiddaammeentnete nnoottiiffiiccaadda,a , llooss ttéérrmmiinnooss eessttaabblleecciiddooss ppaarraa llaa rreedduucccciióónn ddee llaa ssaanncciióónn ccoommeennzazraáránn aa ccoorrrreerr aa ppaartritrir ddee llaa ffeecchhaa ddee llaa nnoottiiffiiccaacciióónn ddeel l ccoommpapraernednod.o”..” . LLaa LLeeyy 11884433 ddeel l 22001177 ““PPoorr mmeedidoio ddee llaa ccuuaal l ssee rreegguulala llaa iinnssttaallaacciióónn yy ppuueesstata eenn mmaarrcchhaa ddee ssiisstteemmaass aauuttoommátáitciocso,s , sseemmiiaauuttoommátáitcicoos s yy oottrrooss mmeedidoios s tteeccnnoollóóggiiccooss ppaarraa llaa ddeetteecccciióónn ddee iinnffrraacccciioonneess yy ssee ddiiccttaann oottrraass ddiissppoossiicciioonnese.s”.,” , eessttaabblleecce:e :

““AArrttííccuulloo 11”°. . OObbjejetot.o . LLaa pprreesseenntete lleeyy ttiieennee ppoorr oobbjjeettoo rreegguulalarr llaa iinnssttaallaaccióión,n , aaddeeccuuaaddaa sseeññaalilizzaacicóión,n , ppuueesstata eenn ooppeerraacciióónn ddee ssiisstteemmaas s aauuttoommátáitciocso,s , sseemmiiaauuttoommátáitcicoos s yy oottrrooss mmeedidoios s tteeccnnoollóóggiiccooss ppaarraa llaa ddeetteecccciióónn ddee iinnffrraacccciioonneess oo ccoonntrtorol l ddeel l ttrrááffiiccoo yy ssee ddiiccttaann oottrraass ddiissppoossiicciioonnese.s . SSee eenntteennddeerárá ppoorr ssiisstteemmaass aauuttoommátáitcicoos s yy sseemmiiaauuttoommátáitcicoos s yy oottrrooss mmeedidoios s tteeccnnoollóóggiiccooss aa ttooddaass llaass aayyuuddaas s tteeccnnoollóóggiiccaass ccoommoo ccáámmaararas s ddee vvííddeeoo yy eeqquuiippooss eelleeccttrróónniiccooss ddee lleeccttuurraa qquuee ppeerrmmititaann ccoonn pprreecciissiióónn llaa iiddeennttiiffiiccaacciióónn ddeel l vveehhííccuulolo oo ddeel l ccoonndducutcotro,r , ddee qquuee

ttrraattaa eel l ppaarráággrraafofo 22° ddeel l aarrttííccuulloo 112299 ddee llaa LLeeyy 776699 ddee 22000022 CCóóddiiggoo NNaacciioonnala l ddee TTrráánnssititoo TTeerrrreesstrtree”.” . AArrttííccuulolo 88°. . PPrroocceeddiimmieienntoto aannttee llaa ccoommisisiióónn ddee uunnaa ccoonnttrraavveenncicóiónn ddeetteeccttaaddaa ppoorr eel l ssiisstteemmaa ddee aayyuuddaas s tteeccnnoollóóggicicasa,s , llaa aauuttoorriiddaadd ddee ttrráánnssititoo ddeebbee sseegguuirir eel l pprroocceeddiimmieienntoto qquuee ssee ddeessccrriibbee aa ccoonnttiinnuuaacicóión:n : El envío se hará por correo y/o correo electrónico, en el primer caso a través de una empresa de correos legalmente constituida, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la validación del comparendo por parte de la autoridad, copia del comparendo y sus soportes al propietario del vehículo y a la empresa a la cual se encuentra vinculado; este último caso, en el evento de que se trate de un vehículo de servicio público. En el evento en que no sea posible identificar al propietario del vehículo en la última dirección registrada en el RUNT, la autoridad deberá hacer el proceso de notificación por aviso de la orden de comparendo.

3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www El envío se hará por correo y/o correo electrónico, en el primer caso a través de una empresa de correos legalmente constituida, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la validación del comparendo por parte de la autoridad, copia del comparendo y sus soportes al propietario del vehículo y a la empresa a la cual se encuentra vinculado; este último caso, en el evento de que se trate de un vehículo de servicio público. En el evento en que no sea posible identificar al propietario del vehículo en la última dirección registrada en el RUNT, la autoridad deberá hacer el

proceso de notificación por aviso de la orden de comparendo. Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341174091

20241341174091 24-09-2024 Una vez allegada a la autoridad de tránsito del respectivo ente territorial donde se detectó la infracción con ayudas tecnológicas se le enviará al propietario del vehículo la orden de comparendo y sus soportes en la que ordenará presentarse ante la autoridad de tránsito competente dentro de los once (11) días hábiles siguientes a la entrega del comparendo, contados a partir del recibo del comparendo en la última dirección registrada por el propietario del vehículo en el Registro Único Nacional de Tránsito, para el inicio del proceso contravencional, en los términos del Código Nacional de Tránsito. Parágrafo 1°. Declarado inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-38 de

2020. Parágrafo 2°. Los organismos de tránsito podrán suscribir contratos o convenios con entes públicos o privados con el fin de dar aplicación a los principios de celeridad y eficiencia en el recaudo y cobro de las multas. Parágrafo 3°. Será responsabilidad de los propietarios de vehículos actualizar la dirección de notificaciones en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), no hacerlo implicará que la autoridad enviará la orden de comparendo a la última dirección registrada en el RUNT, quedando vinculado al proceso contravencional y notificado en estrados de las decisiones subsiguientes en el mencionado proceso. La actualización de datos del propietario del vehículo en el RUNT deberá incluir como mínimo la siguiente información: a) Dirección de notificación; b) Número telefónico de contacto; c) Correo electrónico; entre otros, los cuales serán fijados por el Ministerio de Transporte. Artículo 9°. Normas complementarias. En lo que respecta a las demás actuaciones que se surten en el procedimiento administrativo sancionatorio, se regirá por las disposiciones del Código Nacional de Tránsito y en lo no regulado por esta, a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. La Resolución 20223040045295 de 2022 “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte.”, establece: “Artículo 7.8.1.3.3. Validación del comparendo. La validación del comparendo, a la que hace referencia el artículo 8° de la Ley 1843 de 2017, deberá realizarse, a más tardar,

dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la ocurrencia de la presunta infracción.”. Conclusión 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. !ORO etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www ansporte Para contestar cite: defi — Radicado MT No.: 20241341174091

24-09-2024 Una vez allegada a la autoridad de tránsito del respectivo ente territorial donde se detectó la infracción con ayudas tecnológicas se le enviará al propietario del vehículo la orden de comparendo y sus soportes en la que ordenará presentarse ante la autoridad de tránsito competente dentro de los once (11) días hábiles siguientes a la entrega del

comparendo, contados a partir del recibo del comparendo en la última dirección registrada por el propietario del vehículo en el Registro Único Nacional de Tránsito, para el inicio del proceso contravencional, en los términos del Código Nacional de Tránsito. Parágrafo 1”. Declarado inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-38 de 2020. Parágrafo 2”. Los organismos de tránsito podrán suscribir contratos o convenios con entes públicos o privados con el fin de dar aplicación a los principios de celeridad y eficiencia en el recaudo y cobro de las multas. Parágrafo 3". Será responsabilidad de los propietarios de vehículos actualizar la dirección de notificaciones en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), no hacerlo implicará que la autoridad enviará la orden de comparendo a la última dirección registrada en el RUNT, quedando vinculado al proceso contravencional y notificado en estrados de las decisiones subsiguientes en el mencionado proceso. La actualización de datos del propietario del vehículo en el RUNT deberá incluir como mínimo la siguiente información: a) Dirección de notificación; b) Número telefónico de contacto; c) Correo electrónico; entre otros, los cuales serán fijados por el Ministerio de Transporte. Artículo 9”. Normas complementarias. En lo que respecta a las demás actuaciones que se surten en el procedimiento administrativo sancionatorio, se regirá por las disposiciones del Código Nacional de Tránsito y en lo no regulado por esta, a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.

La Resolución 20223040045295 de 2022 “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte.”, establece: “Artículo 7.8.1.3.3. Validación del comparendo. La validación del comparendo, a la que hace referencia el artículo 8? de la Ley 1843 de 2017, deberá realizarse, a más tardar, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la ocurrencia de la presunta infracción.”. Conclusión Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341174091

20241341174091 24-09-2024 En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al interrogante elevado en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Con la expedición de la Ley 1843 de 2017 se regula la instalación y puesta en marcha de

sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones al tránsito. Dicha norma establece en el artículo 8º, que ante la imposición de una orden de comparendo mediante la detección de la infracción a través de éstos sistemas, la autoridad de tránsito deberá enviar por correo y/o correo electrónico, a través de una empresa de correos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la validación del comparendo, copia de ese documento y sus soportes al propietario del vehículo y a la empresa a la cual se encuentra vinculado; en este último caso, si se trata de un vehículo de servicio público. Es pertinente resaltar en este punto, que en el parágrafo 3 del precitado artículo, se establece que, será responsabilidad del propietario del vehículo actualizar la dirección de notificaciones en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), pues de no hacerlo, implica que la autoridad enviará la orden de comparendo a la última dirección registrada en el RUNT, quedando vinculado al proceso contravencional. Por su parte, la Resolución 20223040045295 de 2022, establece que la validación del comparendo, a la que hace referencia el artículo 8° de la Ley 1843 de 2017, deberá realizarse a más tardar, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la ocurrencia de la presunta infracción. En ese orden, tratándose de la imposición de órdenes de comparendo mediante detección electrónica de infracciones a las normas de tránsito, la autoridad tiene la obligación de validar la orden de comparendo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la

comisión de la infracción y una vez, valida la orden de comparendo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes deberá enviar copia del mismo al último propietario del vehículo registrado en el RUNT. Ahora bien, en el evento en que no sea posible identificar al propietario del vehículo en la última dirección registrada en el RUNT, la autoridad deberá hacer el proceso de notificación por aviso de la orden de comparendo. A su vez, sí la orden de comparendo se envía mediante correo físico, el término para comparecer dentro de los once (11) días hábiles siguientes, cuenta a partir de la entrega del comparendo. 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. !ORO etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua

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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341174091

24-09-2024 En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al interrogante elevado en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Con la expedición de la Ley 1843 de 2017 se regula la instalación y puesta en marcha de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones al tránsito. Dicha norma establece en el artículo 82, que ante la imposición de una orden de comparendo mediante la detección de la infracción a través de éstos sistemas, la autoridad de tránsito deberá enviar por correo y/o correo electrónico, a través de una empresa de correos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la validación del comparendo, copia de ese documento y sus soportes al propietario del vehículo y a la empresa a la cual se encuentra vinculado; en este último caso, si se trata de un vehículo de servicio público. Es pertinente resaltar en este punto, que en el parágrafo 3 del precitado artículo, se establece que, será responsabilidad del propietario del vehículo actualizar la dirección de notificaciones en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), pues de no hacerlo, implica que la autoridad enviará la orden de comparendo a la última dirección registrada en el RUNT, quedando vinculado al proceso contravencional. Por su parte, la Resolución 20223040045295 de 2022, establece que la validación del comparendo, a la que hace referencia el artículo 8% de la Ley 1843 de 2017, deberá

realizarse a más tardar, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la ocurrencia de la presunta infracción. En ese orden, tratándose de la imposición de órdenes de comparendo mediante detección electrónica de infracciones a las normas de tránsito, la autoridad tiene la obligación de validar la orden de comparendo dentro de los diez (10) días há

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