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MINTRANSPORTE - Concepto 20241341524631 de 2024

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20241341524631 de 2024
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341524631

20241341524631 03-12-2024 Bogotá, D.C. Señor

OSCAR ALBERTO ROBAYO VILLAMIL

Correo E.: jpuerto@llanos.co

Villavicencio – Meta

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRÁNSITOIndumentaria personal de Tránsito para obras. Radicados Nos. 20243031000252 del 18 de junio de 2024. Respetado señor Robayo, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No . 20243031000252 del 18 de junio de 2024, mediante el cual formula lo siguiente:

CONSUL TA “Cordial saludo, La presente tiene como propósito establecer si es posible utilizar un color de indumentaria para el personal de control de tránsito para obras diferente al indicado en el manual de señalización, lo anterior se debe a reportes de condiciones inseguras en el cual es posible evidenciar que el color naranja se confunde con la señalización de obra, por lo tanto, es evidente que un color verde informa al conductor sobre la presencia de este personal en la vía. Requiero de su respuesta ya que en la concesión vial de los llanos queremos implementar el color adjunto en la fotografía el cual se viene utilizando por

varias concesiones viales. Por otra parte, dos meses atrás remití una consulta la cual tiene radicado de entrada 20243030602552, pero a la fecha no se me ha notificado respuesta alguna”. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

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20241341524631 03-12-2024 Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco normativo Los artículos 8.1.1 y siguiente de la Resolución 20223040045295 de 2022, “ Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte”, capitulo adicionado por la Resolución 20243040045005 del 2024, “Por medio de la cual se sustituye el Capítulo 1 del Título 8 de la Resolución Única de Tránsito 20223040045295 del 2022 y se adopta el Manual de señalización Vial de Colombia, Dispositivos uniformes en la infraestructura vial, para la regulación del tránsito y la seguridad vial”, dispone: “Artículo 8.1.1. Objeto. El presente capítulo tiene por objeto adoptar el “Manual de señalización Vial de Colombia: Dispositivos Uniformes en la Infraestructura Vial, para la Regulación del Tránsito y la Seguridad Vial”, contenido en el Anexo 76, el cual forma parte integral de la presente resolución. Artículo 8.1.2. Ámbito de aplicación . Las disposiciones contenidas en el presente

Regulación del Tránsito y la Seguridad Vial”, contenido en el Anexo 76, el cual forma parte integral de la presente resolución. Artículo 8.1.2. Ámbito de aplicación . Las disposiciones contenidas en el presente capítulo serán aplicables a todas las vías urbanas y rurales de carácter nacional, departamental, distrital o municipal del territorio nacional colombiano, según el caso, en las vías privadas que están abiertas al público, o en las vías privada por las que internamente circulen vehículos, todos los espacios públicos y privados abiertos al público, así como pasos a nivel de estas con las vías férreas y cuando se desarrollen obres en la via o eventos especiales que afecten el tránsito sobre las mismas, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 769 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione, sustituya o derogue. (…)”. En ese orden de ideas, el capítulo 8 del Anexo 76 “ Manual de señalización Vial de Colombia, Dispositivos uniformes en la infraestructura vial, para la regulación del tránsito y la seguridad vial” , de la Resolución 20223040045295 de 2022, capitulo adicionado por la Resolución 20243040045005 del 2024, consagra las Señales y dispositivos de seguridad en vías con zonas de obra, de la siguiente manera:

7.3. Señales y dispositivos de seguridad en vías con zonas de obra La habilitación de toda zona de obra en la vía pública o privada abierta al público debe

seguridad en vías con zonas de obra, de la siguiente manera:

7.3. Señales y dispositivos de seguridad en vías con zonas de obra La habilitación de toda zona de obra en la vía pública o privada abierta al público debe considerar los siguientes tipos de señales y dispositivos de seguridad vial, en concordancia con la señalización existente; sin embargo, las condiciones previstas en las zonas de obra prevalecen sobre las condiciones habituales, así como la señalización debidamente determinada, e incorporada en el marco del PMT aprobado por la autoridad de tránsito competente. (…) 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

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20241341524631 03-12-2024 7.3.5. Elementos para aumentar la visibilidad de trabajadores y Vehículos Se utilizan para asegurar que los trabajadores y vehículos propios de la obra sean visibles y reconocibles apropiadamente con la suficiente antelación por todos los conductores y usuarios tanto de día como de noche, y en condiciones

Se utilizan para asegurar que los trabajadores y vehículos propios de la obra sean visibles y reconocibles apropiadamente con la suficiente antelación por todos los conductores y usuarios tanto de día como de noche, y en condiciones climáticas adversas. Estos elementos deben cumplir con los requerimientos de retrorreflectividad de los materiales y funcionalidad de los dispositivos, de manera que brinden condiciones seguras a quien los usa”. Asimismo, frente al auxiliar de tránsito, el Anexo 76 “ Manual de señalización Vial de Colombia, Dispositivos uniformes en la infraestructura vial, para la regulación del tránsito y la seguridad vial”, precitado, al tenor consagra: “b. Auxiliar de tránsito En el control PARE / SIGA , el auxiliar de tránsito responsable de cumplir instrucciones dadas por el responsable de la obra para garantizar el correcto control para la circulación segura de los usuarios de la vía debe ser seleccionado cuidadosamente, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: • Haber terminado como mínimo el ciclo de educación primaria. • Haber aprobado una capacitación y entrenamiento o curso teórico/práctico de por lo menos 40 horas, orientado por una institución debidamente reconocida por el Ministerio de Educación, o quien este delegue que lo habilite como auxiliar de tránsito para obras en vías, con énfasis en seguridad vial. Lo anterior sujeto a un acto administrativo que lo modifique o reglamente.

  • Certificado de buenas condiciones físicas que incluya visión y audición compatibles con las labores a desarrollar. Es aceptable que estos aspectos puedan ser corregidos por dispositivos tales como lentes o audífonos. • Contar con aptitudes adecuadas de comportamiento ciudadano. • Estar en capacidad de reconocer situaciones de riesgo, y reaccionar de manera asertiva.

El auxiliar de tránsito debe ser visible a una distancia mínima de 200 m para todos los conductores, y usar permanentemente la vestimenta especificada en el numeral 7.11. Elementos para aumentar la visibilidad de trabajadores y vehículos. Durante la noche, el puesto donde se ubica el auxiliar de tránsito debe iluminarse apropiadamente con dispositivos que no encandilen a los conductores, peatones y/o trabajadores y preferiblemente brinden 360 grados de iluminación. En casos de emergencia este requerimiento no rige. La velocidad máxima permitida en la vía, en el sector donde se ubica el auxiliar de tránsito, nunca debe superar los 30 km/h. 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

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20241341524631 03-12-2024 (…) 7.11. Elementos para aumentar la visibilidad de trabajadores y vehículos En todas las zonas de obra es necesario que el accionar de los trabajadores y vehículos de la obra sea percibido por los conductores con anticipación, especialmente en la noche y en períodos de visibilidad reducida. Esto exige la utilización de elementos luminosos o que sean reflectivos ante la luz proyectada por los faros de los vehículos, y que garanticen un alto grado de contraste con el entorno. En esta sección se detallan los estándares mínimos requeridos para los materiales de alta visibilidad que se deben usar en la indumentaria de todo el personal y vehículos de obra. 7.11.1. Vestimenta de alta visibilidad La vestimenta para auxiliares de tránsito y trabajadores en zonas de obra debe ser en un material de fondo de alta visibilidad que destaque visualmente su presencia, para que sea oportunamente percibida por otros trabajadores y usuarios de las zonas de obra, así como por usuarios que circulan por la zona. La vestimenta de alta visibilidad incluye, entre otras prendas, chalecos, chaquetas, overoles y

pantalones. Dicha vestimenta debe estar compuesta por un material de fondo fluorescente y bandas retrorreflectivas, según lo dispuesto por la norma ANSI/ISEA 107 15 vigente, o aquella norma que la complemente, sustituya o actualice (ya sea internacional o de preferencia nacional, adoptada por el organismo normalizador del país). Se debe garantizar la funcionalidad y características de la vestimenta por medio de una declaración de conformidad de primera parte, emitida por el proveedor según lo especificado en la NTC-ISO-IEC 1705016 vigente, o aquella norma que la complemente, sustituya o actualice. Ver Figura 7-27. Vestimenta. La porción fluorescente de la prenda tiene la función de destacarla por su color durante el día, y por su fluorescencia cuando existe baja luminosidad y los vehículos pueden llevar sus focos apagados, como ocurre al amanecer y al atardecer. La parte retrorreflectiva destaca la prenda cuando los vehículos llevan sus focos encendidos durante la noche y otros períodos de visibilidad reducida. a. Color: el material de fondo para la vestimenta debe ser de color rojo-anaranjado fluorescente. En aquellas obras en donde dicho color mimetice a los trabajadores con el entorno, o con la obra misma, se podrán utilizar, previa autorización de la interventoría de

obra, del Administrador de la vía o la Autoridad de tránsito competente, colores alternativos como el amarillo-verde fluorescente o el rojo fluorescente. 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

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20241341524631 03-12-2024 b. Material de fondo: el material de fondo debe rodear de forma uniforme el torso y extremidades del trabajador, según la configuración de la prenda. A fin de garantizar la correcta visibilidad de los trabajadores ante cualquier contexto, cuando las características, desempeño y funcionalidad de este material se pierdan, la prenda debe ser remplazada. c. Retrorreflexión: las superficies retrorreflectivas en la vestimenta se debe disponer en bandas de ancho no menor a 50 mm, las cuales, sin importar el diseño de la prenda, no

pueden presentar una separación mayor a 50 mm entre ellas. Los valores mínimos con los que debe cumplir el material retrorreflectivo y que son requisito para la aceptación de uso de prendas nuevas o requerimiento de cambio en prendas usadas se presentan en la siguiente tabla, conforme a lo dispuesto por la norma ANSI/ISEA 10717 vigente, o aquella norma que la complemente, sustituya o actualice. En ningún caso se deberá interrumpir la continuidad del material retroreflectivo por bolsillos, logos o cualquier otro elemento. 7.11.1.4. Uniforme del auxiliar de tránsito Los trabajadores que desempeñen labores de auxiliar de tránsito deben usar un chaleco, el cual puede ser acompañado por un pantalón con o sin pechera, según la descripción anterior; adicionalmente, usar las siguientes prendas con carácter obligatorio: • Casco de color anaranjado, con una franja horizontal de material retroreflectivo blanco en la parte trasera y delantera. Estas franjas deben ser de 10 cm de largo por 5 cm de ancho. • Capa impermeable de color rojo-anaranjado fluorescente, la que se utiliza en caso de lluvia o cuando las condiciones climáticas lo requieran. Esta capa debe llevar una franja retrorreflectiva blanca de 15 cm de ancho colocada horizontalmente en el tercio superior a la altura del tórax, con dos bandas verticales del mismo material retrorreflectivo que unan la parte frontal (pecho) y posterior (espalda) de la banda, pasando por encima de

cada hombro. A fin de contribuir con la seguridad de los trabajadores, si la capa incluye una capucha, esta no deberá limitar ni restringir el campo visual de quien la usa. 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

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20241341524631 03-12-2024 • De requerirse elementos adicionales que contribuyan a disminuir los efectos de las condiciones adversas del clima, se recomienda que sean de alta visibilidad, preferiblemente del mismo color de la vestimenta de obra y cuenten con franjas retrorreflectivas blancas (un ejemplo son guantes y bufandas, entre otros)”. (NFT) Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta al interrogante único Al tenor de lo consagrado en el Anexo 76 “ Manual de señalización Vial de Colombia,

Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta al interrogante único Al tenor de lo consagrado en el Anexo 76 “ Manual de señalización Vial de Colombia, Dispositivos uniformes en la infraestructura vial, para la regulación del tránsito y la seguridad vial” , de la Resolución 20223040045295 de 2022, capítulo adicionado por la Resolución 20243040045005 del 2024, los trabajadores que desempeñen labores de auxiliar de tránsito deben usar un chaleco, el cual puede ser acompañado por un pantalón con o sin pechera, y usar prendas con carácter obligatorio, tales como casco, casco de color anaranjado, con una franja horizontal de material retroreflectivo blanco en la parte trasera y delantera, así mismo, deberán llevar una capa impermeable de color rojo-anaranjado fluorescente, la que se utiliza cuando las condiciones climáticas lo requieran, tal y como se muestran en la siguiente figura: 6 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

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20241341524631 03-12-2024 En ese orden la vestimenta de los auxiliares de tránsito, debe ser en un material de fondo de alta visibilidad que destaque visualmente su presencia, para que sea oportunamente percibida por otros trabajadores y usuarios de las zonas de obra, así como por usuarios que circulan por la zona y que cumplan con las características de color, material de fondo y retrorreflexión, referidos en el citado anexo. Respecto a la respuesta al radicado 20243030602552 del 12 de abril de 2024, una vez consultado el sistema de Gestión Documental Orfeo, se otorgó respuesta a su solitud mediante radicado MT No.: 20241341209041 del 30 de septiembre del 2024, la cual anexamos a la presente. 7 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

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Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20241341524631

20241341524631 03-12-2024 Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005.

Cordialmente.

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Anexo: Respuesta MT No.: 20241341209041 del 30 de septiembre del 2024

Proyectó: Alfonso Sánchez Silva – Contratista - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ Revisó: Yulimar Maestre Viana - Profesional Especializado – Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ

8 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

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