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MINTRANSPORTE - Concepto 20241341562211 de 2024

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20241341562211 de 2024
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341562211

20241341562211 11-12-2024 Bogotá, D.C.; Señor

RUBÉN MONTES OSORIO

rudamos216@gmail.com Bogotá

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRANSPORTE – VIGENCIA RESOLUCIÓN 3199 DE 1999.

Radicado No. 20243030190442 del 7 de febrero de 2024. Respetado señor Montes, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento con radicado No. 20243030190442 del 7 de febrero de 2024, el cual formula la siguiente: CONSUL TA “Muy respetuosamente se les solicita, revisar si la Resolución 3199 de 1999, todavía está vigente. Si continúa operando, de todas maneras, revisarla y actualizarla. Para nosotras las Autoridades en las actuaciones, el contenido de dicha Resolución, es muy relevante. Actualmente NO se encuentra dentro de la Resolución única Compilatoria en materia de Tránsito.”. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio:

“6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco Normativo El Ministerio de Transporte dentro de las facultades constitucionales y legales el 28 de diciembre de 1999, expidió la Resolución 3199 de 1999, “Por la cual se establecen condiciones 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20241341562211

20241341562211 11-12-2024

Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20241341562211

20241341562211 11-12-2024 especiales para los vehículos clase automóvil y clase camioneta doble cabina con platón, destinados a la prestación del servicio público de transporte”, publicada en el diario oficial 43.838 el 31 de diciembre de 1999, mediante la cual se reglamentan las condiciones de color, letreros y leyendas, que deben tener los vehículos automotores que prestan el servicio público de transporte. Respuesta a su consulta En este orden de ideas y atendiendo su consulta, referente a la vigencia de la Resolución 3199 de 1999, “Por la cual se establecen condiciones especiales para los vehículos clase automóvil y clase camioneta doble cabina con platón, destinados a la prestación del servicio público de transporte”, es preciso mencionar que a la fecha no se ha expedido acto administrativo alguno que modifique o derogue las disposiciones legales contenidas en dicha Resolución, por lo tanto, goza de vigencia. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente,

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente,

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Ana Paola Rodríguez Castro – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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