🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINTRANSPORTE - Concepto 20241341650411 de 2024

Ministerio de Transporte

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20241341650411 de 2024
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241341650411

20241341650411 30-12-2024 Bogotá, D.C.; Señor

MATEO MURILLO VÁSQUEZ

Correo E: mateomurillo19@gmail.com

Envigado, Antioquia

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRÁNSITO – Funciones de policía judicial en las autoridades de tránsito. Radicado No. 20243031645902 del 02 de octubre de 2024. Respetado señor Mateo, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento con el radicado No. 20243031645902 del 02 de octubre de 2024, mediante el cual formulan la siguiente: CONSUL TA “si en el conocimiento de un caso con lesiones u homicidio, el mismo funcionario que diligencia la resolución 011268 del 2012 (IPAT) y este se encuentra certificado con la resolución 1844 del 2015 (Guía de operadores de alcohosensores) puede realizar las dos actuaciones? Ensayo de embriaguez y diligenciamiento del IPAT. Jurídicamente en que norma lo prohíbe o lo faculta en su defecto.”1.

CONSIDERACIONES

En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”2. 1 Solicitud de información Radicado MT No. 20243031645902 del 02 de octubre de 2024. 2 Ministerio de Transporte. Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013. 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20241341650411

20241341650411 30-12-2024

Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20241341650411

20241341650411 30-12-2024 Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco normativo

1. En primer lugar, debemos aclarar que la resolución No. 11268 de 2012 que usted menciona, fue compilada en la resolución 20223040045295 de 2022, “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte”. Por tanto, lo correcto es acudir a esta última resolución para resolver las inquietudes asociadas al tema 3.

Los artículos 8.6.1. al 8.6.1.6. contienen las normas del FORMATO ÚNICO INFORME POLICIAL DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO (IPAT). Por lo extenso de las normas, no se hace necesario transcribirlas en la presente respuesta.

2. Resolución 1844 de 2015 del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, “ Por la cual se adopta la segunda versión de la Guía para la medición indirecta de alcoholemia a través de aire espirado”.

Dado que esta es una resolución del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el Ministerio de Transporte no tiene competencia, en principio, para resolver problemas jurídicos que se deriven de dicha resolución, a menos que tenga relación directa con nuestro

Dado que esta es una resolución del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el Ministerio de Transporte no tiene competencia, en principio, para resolver problemas jurídicos que se deriven de dicha resolución, a menos que tenga relación directa con nuestro sector transporte. Sin embargo, hemos hecho una revisión de la misma y no hemos encontrado una prohibición expresa sobre el tema que pregunta. Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a sus interrogantes Luego de revisadas la normativa, no se identificaron normas que prohíban que un mismo funcionario pueda realizar ambos procedimientos. La posibilidad de realizar ambas actuaciones dependerá de que el funcionario esté habilitado para cada tarea según las certificaciones requeridas. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos 3 La resolución puede ser consultada en https://www.runt.gov.co/sites/default/files/normas/MinTransporte-Resolucion-2022-N0045295_20220804.pdf 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950

Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20241341650411

20241341650411 30-12-2024 vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente.

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Paola Vásquez Vergara – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ.

Revisó: Carlos Rodríguez Abogado OAJ. 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950

Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Consultar sobre este documento ...