🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINTRANSPORTE - Concepto 20251340077321 de 2025

Ministerio de Transporte

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20251340077321 de 2025
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20251340077321

20251340077321 29-01-2025 Bogotá, D.C. Señor

SERGIO ESTEBAN VILLAMIL GONZÁLEZ

comitepsev@ucundinamarca.edu.co Fusagasugá-Cundinamarca

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRANSITO – Plan Estratégico de Seguridad Vial. Radicado No. 20243030242912 de 14 de febrero de 2024. Respetado señor Villamil, reciba un cordial saludo por parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con No. 20243030242912 de 14 de febrero de 2024, trasladada por el Ministerio de Trabajo, mediante el cual informa lo siguiente: CONSUL TA “1. Informar sí existe normatividad aplicable para el tipo, clase y/o cantidad de elementos que conformen o integren el botiquín de primeros auxilios de que trata la Ley 769 de 2002 y la Resolución 40595 de 2022.

2. Informar sí para el cumplimiento del paso 12 de la Metodología para el Diseño, Implementación y Verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial PESV es aplicable la Resolución 705 de 2007 emitida por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá

D.C.”.

CONSIDERACIONES: En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo

D.C.”.

CONSIDERACIONES: En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos Y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”. 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340077321

20251340077321 29-01-2025 Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. En ese orden, en atención a lo expuesto y para dar respuesta a su petición se cita el marco normativo aplicable al tema objeto de consulta, así: La Ley 769 de 2002 “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.”, señala: “Artículo 30. Equipos de prevención y seguridad. Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar el siguiente equipo de carretera como mínimo.

1. Un gato con capacidad para elevar el vehículo.

2. Una cruceta.

3. Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello.

4. Un botiquín de primeros auxilios.

(…)”. (Negrilla fuera texto original) La Resolución 20223040040595 de 2022 “Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial y se dictan otras disposiciones.”, contempla: “Artículo 2°. Ámbito de aplicación. La “Metodología para el diseño, Implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial”, contenida en la presente

“Artículo 2°. Ámbito de aplicación. La “Metodología para el diseño, Implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial”, contenida en la presente resolución, aplica a todas las entidades, organizaciones o empresas del sector público o privado obligadas a diseñar e implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial, según lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el artículo 110 del Decreto ley 2106 de 2019, así como al Ministerio de Trabajo, Superintendencia de Transporte y Organismos de Tránsito como autoridades de verificación a la implementación en el marco de sus competencias y de conformidad con el artículo 1° de la Ley 2050 de 2020.”. (Negrilla fuera de texto original) Conclusión 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340077321

20251340077321

Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340077321

20251340077321 29-01-2025 En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se da respuesta en los siguientes términos: Respuesta a su interrogante No. 1 No existe disposición legal o reglamentaria que establezca de forma expresa y taxativa los elementos que debe contener el botiquín de primeros auxilios, que se exige en el equipo de prevención y seguridad, de que trata el artículo 30 de la Ley 769 de 2002 o en la implantación al Plan Estratégico de Seguridad Vial conforme a lo establecido en la Resolución 20223040040595 de 2022. Respuesta a su interrogante No. 2 El Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV) es de orden nacional exigible en atención a lo dispuesto en la Ley 1503 de 2011, Decreto 1079 de 20215 y Resolución 20223040040595 de 2022, en tanto la Resolución 705 de 2007 emitida por la Secretaría Distrital de Salud, es una norma de carácter distrital que establece disposiciones específicas para la atención prehospitalaria, y su alcance y aplicación es exigible y limitado al ámbito territorial de la ciudad de Bogotá y a las competencias de la Secretaría Distrital de Salud. El Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), que es un instrumento utilizado para mejorar la seguridad vial dentro del territorio, la atención prehospitalaria es un componente importante, ya que busca reducir el tiempo de respuesta y mejorar la calidad de la

El Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), que es un instrumento utilizado para mejorar la seguridad vial dentro del territorio, la atención prehospitalaria es un componente importante, ya que busca reducir el tiempo de respuesta y mejorar la calidad de la atención en caso de accidentes de tránsito. Si bien la Resolución 705 de 2007 no está directamente relacionada con la planificación y gestión de la seguridad vial en sí misma, sus disposiciones sobre atención prehospitalaria pueden ser consideradas como parte integral de las acciones contempladas en un PESV. Esto es especialmente relevante en lo que respecta al paso 12 de la Metodología para el Diseño, Implementación y Verificación de los PESV, que se refiere a la implementación de medidas de atención prehospitalaria en caso de accidentes de tránsito. Por lo tanto, aunque la Resolución 705 de 2007 no se refiere específicamente al PESV, sus disposiciones sobre atención prehospitalaria pueden ser aplicables y relevantes en el contexto de la planificación y ejecución de un PESV, especialmente en lo que concierne a la atención de emergencias viales y la reducción de la morbimortalidad asociada a accidentes de tránsito. 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340077321

20251340077321 29-01-2025 Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente.

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Revisó: Pedro Nel Salinas Hernández – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

Consultar sobre este documento ...