MINTRANSPORTE - Concepto 20251340217021 de 2025
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20251340217021 de 2025
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2025
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20251340217021
20251340217021 26-02-2025 Bogotá, D.C.;
Señor:
JHON DUERO HERRERA
jhonduer0626@gmail.com Bogotá
Asunto: Solicitud de Concepto.
TRÁNSITO – ESPECIES VENALES.
Radicado No. 20253030118432 del 25 de enero de 2025. Respetado señora Duero, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20253030118432 del 25 de enero de 2025, mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA “De manera atenta solicito por favor me indiquen cual es la normativa vigente (ley-decreto-resolución) que regula la ficha técnica para la elaboración de las licencias de conducción y licencias de tránsito? Los organismos de tránsito expedidores de especies venales deben cumplir de manera obligatoria con todas las características establecidas en la ficha técnica para la elaboración y/o expedición de estos documentos públicos?.” CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo
Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.
Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco normativo La Resolución 20223040045295, “Por medio del cual se expide la Resolución Única 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20251340217021
20251340217021 26-02-2025
Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20251340217021
20251340217021 26-02-2025 Compilatoria en materia Tránsito del Ministerio de Transporte” , compiló entre otras la Resolución 1940 de 2009, “por la cual se adopta la Ficha Técnica para la elaboración de la Licencia de Tránsito, se establecen los mecanismos de control del Formato Único Nacional y se dictan otras disposiciones.” , y la Resolución 623 de 2013, “por medio de la cual se adopta la Ficha Técnica del Formato Único Nacional para licencia de conducción y se dictan otras disposiciones.”, que establece:
“TÍTULO 6
ESPECIES VENALES Y FORMATOS ÚNICOS NACIONALES PARA DOCUMENTOS DE
TRÁNSITO
CAPÍTULO 1
Adopción Fichas Técnicas de las Especies Venales y Formatos Únicos Nacionales Para Documentos de Tránsito
SECCIÓN 1
Ficha Técnica Licencia de Conducción y Licencia de Tránsito
Artículo 6.1.1.1. Objeto. La “Ficha Técnica de la Licencia de Conducción”, que se encuentra en el Anexo 54, hará parte de la presente resolución.
(Resolución número 623 de 2013, artículo 1°)
Artículo 6.1.1.2. Contenido. En adelante todas las categorías de conducción autorizadas para una persona, estarán contenidas en un solo documento y su número corresponderá al mismo número de identificación (Tarjeta de Identidad, Cédula de ciudadanía y Cédula de extranjería).
una persona, estarán contenidas en un solo documento y su número corresponderá al mismo número de identificación (Tarjeta de Identidad, Cédula de ciudadanía y Cédula de extranjería).
(Resolución número 623 de 2013, artículo 2°)
Artículo 6.1.1.3. La “Ficha Técnica de la Licencia de Tránsito”, que se encuentra en el Anexo 55, hará parte de la presente resolución.
(Resolución número 1940 de 2009 , artículo 1°, anexo modificado por la Resolución número 3260 de 2009 artículo 1°)
Artículo 6.1.1.4. Seguridad en el anverso de la tarjeta. El símbolo oculto que contiene el fondo de seguridad impreso en las tarjetas, estará ubicado en el reverso de las mismas, símbolo establecido en el numeral 3.1.9.1.4 de la “Ficha Técnica de la Licencia de Tránsito”, establecido en el Anexo 55, de la presente resolución.
(Resolución número 3260 de 2009, artículo 3°)
Artículo 6.1.1.5. Adicionado por la Resolución 2024 3040024575 , artículo 4º. Licencia de Tránsito. Modifíquese la información de la leyenda “IDENTIFICACIÓN” del numeral 3.2.1.2. “Textos o personalizar en el anverso” de la ficha técnica de la licencia de tránsito adoptada
mediante el artículo 6.1.1.3 de la presente resolución, en el sentido de incluir en la sexta 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20251340217021
20251340217021 26-02-2025 línea la sigla PTT, el cual quedará así: (…)” Por su parte, el artículo 7 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 58 de la Ley 2197 de 2002, “Por medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones.”, establece: Artículo 7°. Modificado por la Ley 2197 de 2022 , artículo 58. Cumplimiento Régimen Normativo. Las autoridades de tránsito velarán por la seguridad de las personas y las cosas
en la vía pública y privadas abiertas al público. Sus funciones serán de carácter regulatorio y sancionatorio y sus acciones deben ser orientadas a la prevención y la asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías. Las autoridades de tránsito podrán delegar en entidades privadas el aporte de pruebas de infracciones de tránsito, el recaudo de las multas correspondientes, la tramitación de especies venales y todos los trámites previstos en las normas legales y reglamentarias, salvo la valoración de dichas pruebas. (…)”. (SFT) De otra parte, el Ministerio de Transporte, expidió la Resolución 20223040019245 de 2022, “Por la cual se establecen los requisitos para la autorización a los proveedores de tarjetas preimpresas, láminas de seguridad y protección de especies venales de Tránsito y Transporte y se dictan otras disposiciones.”, compilada en la Resolución 20223040045295, “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia Tránsito del Ministerio de Transporte”, señala: Artículo 6.3.4.3. Obligaciones de los Organismos de Tránsito, las Alcaldías Municipales o Distritales, las Gobernaciones Departamentales y del Ministerio de Transporte. Los Organismos de Tránsito, las Alcaldías Municipales o Distritales, las Gobernaciones
Departamentales y el Ministerio de Transporte, están obligados respectivamente a:
1. Validar el cumplimiento de las características y especificaciones definidas en las fichas técnicas adoptadas por el Ministerio de Transporte para las especies venales: Licencia de Conducción, Licencia de Tránsito, Tarjeta de Registro de Remolques y Semirremolques, Tarjeta de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsadas, Tarjeta de Servicio Vehículos de Enseñanza Automovilística y Tarjeta de Operación de los vehículos destinados a la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros y Mixto, según corresponda.
2. Contratar o convenir únicamente con las empresas autorizadas por la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Transporte para proveer las tarjetas preimpresas y/o láminas de seguridad y protección de las especies venales Licencia de Conducción, Licencia de Tránsito, Tarjeta de Registro de Remolques y Semirremolques, Tarjeta de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsadas, Tarjeta de Servicio Vehículos de Enseñanza Automovilística y Tarjeta de Operación de los vehículos destinados a la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros y Mixto, según corresponda.
(…)
3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950
(…)
3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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Radicado MT No.: 20251340217021
20251340217021 26-02-2025 Artículo 6.3.4.4. Responsabilidad de los Organismos de Tránsito y Direcciones Territoriales. Los Organismos de Tránsito y Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte, serán responsables desde la recepción de la especie venal, de la personalización, custodia, transporte, almacenamiento, distribución y la entrega al ciudadano de las especies venales Licencia de Conducción, Licencia de Tránsito, Tarjeta de Registro de Remolques y Semirremolques, Tarjeta de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción
Autopropulsadas, Tarjeta de Servicio Vehículos de Enseñanza Automovilística y Tarjeta de Operación de los vehículos destinados a la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros y Mixto, según corresponda. Artículo 6.3.5.1. Delegación de la tramitación de las especies venales. Los organismos de Tránsito, sólo podrán delegar la tramitación de las especies venales que incluye la personalización, registro al sistema del Registro Único Nacional de Tránsito-RUNT y entrega al ciudadano de la Licencia de Conducción, Licencia de Tránsito, Tarjeta de Registro de Remolques y Semirremolques, Tarjeta de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsadas, Tarjeta de Servicio Vehículos de Enseñanza Automovilística y Tarjeta de Operación de los vehículos destinados a la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros y Mixto .” (SFT) Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a su interrogante No. 1 En atención a su interrogante es preciso señalar que: El artículo 6.1.1.1. de la Resolución 20223040045295, “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia Tránsito del Ministerio de Transporte”, adopto la Ficha T écnica para la elaboración de la Licencia de Conducción, contenida en su anexo No. 54. El artículo 6.1.1.3. de la Resolución 20223040045295, “Por medio del cual se
contenida en su anexo No. 54. El artículo 6.1.1.3. de la Resolución 20223040045295, “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia Tránsito del Ministerio de Transporte”, adopto la Ficha T écnica para la elaboración de la Licencia de Tránsito, contenida en su anexo No. 55. Respuesta a su interrogante No. 2 De conformidad con la norma anterior, las autoridades de tránsito podrán delegar entre otros, la tramitación de especies venales y todos los trámites previstos en las normas legales y reglamentarias, acatando el método y sistema de fijación de las tarifas de los derechos de tránsito correspondiente al trámite realizado, los cuales han sido fijados previamente por los, Concejos Municipales o Distritales, en virtud del artículo 168 de la 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20251340217021
20251340217021 26-02-2025
Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20251340217021
20251340217021 26-02-2025 Ley 769 del 2002. Así las cosas, se evidencia con claridad que los Organismos de Tránsito solo podrán delegar la tramitación de las especies venales, con empresas autorizadas por parte del Ministerio de Transporte para tal efecto y que adicionalmente, se encuentren debidamente inscritas ante el Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT. Aunado a lo anterior, la Dirección de Transporte y Tránsito, emitió la circular No. 20214200755741 del 27 de julio del 2021, por la cual se conmina a las Gobernaciones Departamentales, Alcaldías municipales y/o distritales y Organismos de tránsito, entre otros, al cumplimiento de la obligaciones antes referidas y en particular para que en los procesos de contratación que adelanten los organismos de tránsito o entes territoriales competentes, cuyo objeto sea la adquisición y suministro de los insumos necesarios para la reproducción de las láminas de seguridad y protección o de las tarjetas preimpresas de las siguientes especies venales: Licencia de Conducción, Licencia de Tránsito, T arjeta de Servicio de Vehículos de Enseñanza Automovilística, T arjeta de Registro de Remolques y
Semiremolques, T arjeta de Registro de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada, y T arjeta de Operación, de la cual, a continuación se trascriben algunos de sus apartes: “Así las cosas, y para efectos de consulta, las sociedades que llenan los requisitos son las que se relacionan en el directorio de actores publicado por la página web del RUNT, al cual se podrá acceder desde explorador de internet ingresando a la opción director de actores o al link https://www.runt.com.co/directorio-de-actores. Una vez allí deberá filtrar su búsqueda por la opción “Tipo” y seleccionar “Proveedor de Tarjetas Preimpresas y Láminas de seguridad autorizados por el Ministerio de Transporte”. Finalmente, se exhorta a los destinatarios de la presente Circular a que consulten el Directorio de Actores en la página del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT, para prevenir posibles irregularidades en la suscripción de los contratos con los proveedores de las láminas de seguridad y protección y las tarjetas preimpresas para la elaboración de especies venales. i) Que los oferentes y proveedores cuenten con la respectiva autorización emitida por la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Transporte para proveer láminas de seguridad y protección o tarjetas preimpresas de la correspondiente especie venal, según el objeto del proceso de contratación, y ii) Que los oferentes y proveedores se encuentren debidamente inscritos en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT como proveedor autorizado para proveer láminas de seguridad y protección o tarjetas preimpresas de la
Registro Único Nacional de Tránsito RUNT como proveedor autorizado para proveer láminas de seguridad y protección o tarjetas preimpresas de la correspondiente especie venal, según el objeto del proceso de contratación.” Para una mayor ilustración del contenido de la Circular en cita, adjuntamos un archivo en PDF . Por todo lo anteriormente expuesto y de acuerdo con la normatividad vigente en la materia, se concluye que en los procesos de contratación adelantados los entes territoriales de tránsito del país, cuyo objeto sea para el suministro de insumos necesarios 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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Radicado MT No.: 20251340217021
20251340217021 26-02-2025 para la reproducción de las láminas de seguridad y protección o de las tarjetas preimpresas entre otras especies venales, de las Licencias de Conducción y de las
26-02-2025 para la reproducción de las láminas de seguridad y protección o de las tarjetas preimpresas entre otras especies venales, de las Licencias de Conducción y de las Licencias de Tránsito, sólo podrán hacerlo con proveedores debidamente autorizados por el Ministerio de Transporte e inscritos en el sistema del Registro Único Nacional de TránsitoRUNT. Por lo tanto, las especificaciones como los proveedores que acrediten los requisitos contractuales, se enmarcan en la autonomía de los organismos de tránsito en los procesos contractuales que se adelanten para adquirir este tipo de servicios, los cuales se deberán realizar en cumplimiento de las directrices establecidas por esta cartera ministerial para los trámites que se encuentran establecidos en el Código Nacional de Tránsito T errestre para los terceros autorizados. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente,
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Ana Paola Rodríguez Castro – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 6 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte
Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Ana Paola Rodríguez Castro – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 6 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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