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MINTRANSPORTE - Concepto 20251340467461 de 2025

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20251340467461 de 2025
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20251340467461

20251340467461 15-04-2025 Bogotá, D.C.; Señor

BECKENBAUER MORENO PRADA

Secretario de Movilidad, Tránsito y Transporte transito@lebrija-santander.com.co Alcaldía Municipal Lebrija – Santander

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRANSPORTE – TRANSPORTE MIXTO – Motocarro.

Radicado No. 20243031462702 del 3 de septiembre de 2024. Respetado señor Moreno, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20243031462702 del 3 de septiembre de 2024, trasladado a esta entidad por la personería municipal de Lebrija (Santander), mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA «T eniendo en cuenta lo hablado esta secretaria solicita su valiosa colaboración y asesoría dado que la ley 4125 del 2008 por "el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor mixto en motocarro" y en su Artículo 14 el cual contempla "Renovación del permiso. La empresa deberá informar a la autoridad competente su interés en continuar

con la prestación de este servicio, dentro de los seis (6) meses anteriores al vencimiento del permiso. Dentro de los cinco días siguientes a que se radique el documento en que el operador manifieste su interés, este hará pública su manifestación a través de un medio de comunicación escrito de amplia circulación local, de lo cual deberá allegar copia a la autoridad competente. Sur do (sic) el trámite anterior, la autoridad competente evaluará la calidad de la prestación del servicio para lo cual deberá implementar mecanismos de participación ciudadana para efectos de adoptar la decisión administra va correspondiente. En caso de negarse la renovación del permiso, la autoridad competente iniciará de oficio la apertura del concurso público." Por lo anterior agradeceríamos ¿Que mecanismo(s) de participación ciudadana podríamos implementar para dar cumplimiento a la ley? Para la secretaria es de suprema importancia su pronunciamiento dado que como ministerio público es deber garantizar la transparencia en los procesos que impactan en las comunidades.» 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340467461

20251340467461 15-04-2025 CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene dentro de sus funciones resolver casos de carácter particular y concreto presentados a la administración. Marco Normativo En ese orden, en atención a lo expuesto y para dar respuesta a su petición se cita el marco normativo aplicable al tema objeto de consulta, así: El Decreto 1079 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.”, establece:

marco normativo aplicable al tema objeto de consulta, así: El Decreto 1079 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.”, establece: “Artículo 2.2.1.5.10.1.6. Estudios previos de oferta y demanda. La autoridad municipal de transporte competente deberá elaborar los estudios de oferta y demanda de necesidades del servicio, de acuerdo con la metodología establecida por el Ministerio de Transporte para tales efectos.

Cuando los estudios determinen que existe demanda insatisfecha del servicio, la autoridad competente elaborará los términos de referencia correspondientes los cuales establecerán los aspectos relativos al objeto del concurso, fecha y hora de apertura y cierre, requisitos que deben llenar los proponentes, plazo del concurso, clase y número de vehículos, condiciones de la póliza de seriedad de la propuesta, reglas y criterios para la evaluación de las propuestas y el otorgamiento del permiso, la determinación y ponderación de los factores objetivos de selección, derechos y obligaciones de los adjudicatarios y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas y claras. Artículo 2.2.1.5.10.1.11. Renovación del permiso. La empresa deberá informar a la autoridad competente su interés en continuar con la prestación de este servicio, dentro de los seis (6)

meses anteriores al vencimiento del permiso. Dentro de los cinco días siguientes a que se 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340467461

20251340467461 15-04-2025 radique el documento en que el operador manifieste su interés, este hará pública su manifestación a través de un medio de comunicación escrito de amplia circulación local, de lo cual deberá allegar copia a la autoridad competente. Surtido el trámite anterior, la autoridad competente evaluará la calidad de la prestación del servicio para lo cual deberá implementar mecanismos de participación ciudadana para efectos de adoptar la decisión administrativa correspondiente. En caso de negarse la renovación del permiso,

la autoridad competente iniciará de oficio la apertura del concurso público.”. Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al interrogante elevado en su escrito de consulta, se da respuesta en el siguiente orden: Si bien el artículo 2.2.1.5.10.1.6 del Decreto 1079 de 2015, señala que para la renovación del permiso de prestación del servicio en la modalidad de servicio público de transporte terrestre automotor mixto en motocarro, una vez la empresa manifieste su interés, la autoridad de transporte evaluará la calidad de la prestación del servicio implementando mecanismos de participación ciudadana para efectos de adoptar la decisión administrativa correspondiente, sin embargo, aunque la norma así lo señala, esto no implica que necesariamente se hace referencia los mecanismos de participación de qué trata el artículo 103 de la Constitución Política de Colombina, por las implicaciones mismas que conlleva su implementación. En ese orden en consideración de esta Coordinación, bien puede ser a través de otro mecanismo de participación ciudadana, como una audiencia pública, regulada en los artículos 32 y 33 de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas

en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.”, o mesas técnicas de trabajo, en la cual la administración bien puede convocar a la comunidad usuaria del servicio para conocer de parte de éstos, aspectos relacionados con la calidad del servicio prestado por la empresa de transporte interesada en la renovación del permiso de operación y que le permita finalmente tomar la decisión frente a la respectiva solicitud, no obstante será la autoridad de transporte la competente para determinar que mecanismo de participación ciudadana implementara. Finalmente debemos señalar que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011, el objetivo primordial del Ministerio de Transporte es la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340467461

20251340467461 15-04-2025 de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo, sin embargo, no tiene competencia para pronunciarse sobre la legalidad de las actuaciones y decisiones de las autoridades de transporte del orden territorial o sus funcionarios, como en el caso objeto de su consulta, máxime si se considera que éstas son autónomas e independientes en el cumplimiento de sus funciones y que esta cartera ministerial no es superior jerárquico de las mismas. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente,

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Copia. Oscar Alberto León Chacón – Director T erritorial de Santander

Proyectó: Pedro Nel Salinas Hernández – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ. 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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