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MINTRANSPORTE - Concepto 20251341684481 de 2025

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20251341684481 de 2025
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20251341684481

20251341684481 22-12-2025 Bogotá D.C.;

Señora:

ALEJANDRA MONTOYA OSPINA

montoyaospinaalejandra01@gmail.com Bogotá D.C.

Asunto: Solicitud de concepto.

TRÁNSITOAMBULANCIAS - ESTACIONAMIENTOZonas exclusivas.

Radicado No. 20253031509022 del 2 de septiembre del 2025. Respetada señora Alejandra, reciba un cordial saludo por parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20253031509022 del 2 de septiembre del 2025 , mediante la cual se formula la siguiente: CONSUL TA “¿CUÁL ES LA ENTIDAD COMPETENTE PARA LA AUTORIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA DEMARCACIÓN DE ESTAS ZONAS EXCLUSIVAS DE AMBULANCIAS: LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD O LA INSTITUCIÓN PRESTADORA DE SERVICIOS DE SALUD (CLÍNICA/HOSPITAL)? EN CASO DE QUE LA RESPONSABILIDAD RECAIGA EN LA AUTORIDAD DE TRÁNSITO, ¿EXISTEN LINEAMIENTOS TÉCNICOS COMPLEMENTARIOS O REFERENCIAS NORMATIVAS QUE DEBAN TENERSE EN CUENTA PARA ESTANDARIZAR ESTE TIPO DE SEÑALIZACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA?”. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de

TENERSE EN CUENTA PARA ESTANDARIZAR ESTE TIPO DE SEÑALIZACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA?”.

CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica de este Ministerio:

“6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251341684481

20251341684481 22-12-2025 Marco normativo La Ley 769 de 2002, “Por medio de la cual se expide el Código nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”, determina lo siguiente: “Artículo 2°. Definiciones. Para la aplicación e interpretación de este código, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: (…) Estacionamiento: Sitio de parqueo autorizado por la autoridad de tránsito. (…) Parqueadero: Lugar público o privado destinado al estacionamiento de vehículos. (…) Zona de estacionamiento restringido: Parte de la vía delimitada por autoridad competente en zonas adyacentes a instalaciones militares o de policía, teatros, bancos, hospitales, entidades oficiales y de socorro, iglesias, establecimientos industriales y comerciales, en la cual solo pueden estacionar los vehículos autorizados. (…) Artículo 75. Estacionamiento de Vehículos. En vías urbanas donde esté permitido el

estacionamiento, se podrá hacerlo sobre el costado autorizado para ello, lo más cercano posible al andén o al límite lateral de la calzada no menos de treinta (30) centímetros del andén y a una distancia mínima de cinco (5) metros de la intersección”. (NFT) En armonía con lo anterior, los artículos 2.2.7.1.1. y siguientes del Decreto 1079 de 2015, “ Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte”, preceptúa: “Artículo 2.2.7.1.1. Demarcación. Las autoridades de transporte y tránsito de las entidades territoriales, distritales y municipales, deben establecer en las zonas de estacionamiento y en los parqueos públicos ubicados en el territorio de su jurisdicción, sitios demarcados, tanto en piso como en señalización vertical, con el símbolo internacional de accesibilidad (NTC 4139), para el parqueo de vehículos automotores utilizados o conducidos por personas con movilidad reducida. PARÁGRAFO. Para la aplicación del presente artículo se debe tener en cuenta la Norma Técnica NTC 4904 y aquellas normas que los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Vivienda, Ciudad y Territorio y de Transporte, o quienes hagan sus veces, establezcan en el futuro. Artículo 2.2.7.1.2. Sitios especiales de parqueo. En desarrollo de lo previsto en el artículo 62 de la Ley 361 de 1997, en los sitios abiertos al público tales como centros comerciales, supermercados, clínicas y hospitales, unidades deportivas, autocinemas, unidades residenciales, nuevas urbanizaciones y en general en todo sitio donde existan parqueaderos

supermercados, clínicas y hospitales, unidades deportivas, autocinemas, unidades residenciales, nuevas urbanizaciones y en general en todo sitio donde existan parqueaderos habilitados para el uso público, se deberá disponer de sitios de parqueo, debidamente señalizados y demarcados, para personas con discapacidad y/o movilidad reducida, con las dimensiones internacionales, en un porcentaje mínimo equivalente al dos por ciento (2%) del total de parqueaderos habilitados. En ningún caso podrá haber menos de un (1) espacio habilitado, debidamente señalizado con el símbolo internacional de accesibilidad”. 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251341684481

20251341684481 22-12-2025 Por otro lado, los artículos 8.1.1 y siguientes de la Resolución 20223040045295 de 2022, “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte”, capitulo adicionado por la Resolución 20243040045005 del 2024, “Por medio de la cual se sustituye el Capítulo 1 del Título 8 de la Resolución Única de Tránsito 20223040045295 del 2022 y se adopta el Manual de señalización Vial de Colombia, Dispositivos uniformes en la infraestructura vial, para la regulación del tránsito y la seguridad vial”, dispone: “Artículo 8.1.1. Objeto. El presente capítulo tiene por objeto adoptar el “Manual de Señalización Vial de Colombia: Dispositivos Uniformes en la Infraestructura Vial, para la regulación del Tránsito y la Seguridad Vial”, contenido en el anexo 76, el cual forma parte integral de la presente resolución. (…)”. En ese sentido, el anexo 76 “Manual de señalización Vial de Colombia: Dispositivos Uniformes en la Infraestructura Vial, para la Regulación del Tránsito y la Seguridad Vial”, dispone: “3.2. Función Las demarcaciones, al igual que las señales verticales, se emplean para regular el tránsito terrestre y advertir o guiar a los usuarios de la vía, por lo que constituyen un elemento

“3.2. Función Las demarcaciones, al igual que las señales verticales, se emplean para regular el tránsito terrestre y advertir o guiar a los usuarios de la vía, por lo que constituyen un elemento indispensable para la seguridad vial y la gestión del tránsito. Pueden utilizarse solas o como complemento a otros dispositivos de señalización. En algunas situaciones son el único o más eficaz medio para comunicar instrucciones a los conductores. Las demarcaciones también son usadas para regular zonas de estacionamiento, paraderos, intersecciones o cruces, delineación, separación de carriles, ciclo-infraestructura y otros. (…) 3.4. Color Las demarcaciones detalladas en este Manual, se deben instalar con los colores especificados para cada una de ellas, como se observa en la Figura 3.1 Coordenadas cromáticas para demarcaciones, por los cuatro (4) pares de coordenadas de cromaticidad en términos del Sistema Colorimétrico Estándar CIE 1931 y el factor de luminancia, valor asociado a la mayor o menor «claridad» o «luminosidad» de un color, según se establece en la norma ASTM D-495611 vigente, o aquella norma que la complemente, sustituya o actualice, condición que debe mantener, o de lo contrario ser repuestas. (…) 3.6. Clasificación Las demarcaciones aplicables a vías urbanas y rurales se clasifican por: • Disposición (ubicación): líneas longitudinales y líneas transversales. 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

  • Disposición (ubicación): líneas longitudinales y líneas transversales. 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251341684481

20251341684481 22-12-2025 • Características: color, forma y altura. Existen otras demarcaciones que se pueden clasificar dentro de los anteriores grupos, ya que ninguno de sus componentes predomina sobre los otros; entre ellas también se pueden considerar requerimientos para aplicación de medidas de gestión de tránsito, como lo pueden ser las medidas de urbanismo táctico y pacificación de tránsito, entre otras. (…) 3.6.2. Características a Color: • Blanco: líneas longitudinales y transversales, símbolos y leyendas.

  • Amarillo: marcadores de obstáculos, líneas que separan flujos opuestos, zonas de detención de buses en paraderos, pictogramas de peatones, escolares y ciclo-infraestructura. • Azul: actividades de servicios de salud, ascenso y descenso momentáneo de pasajeros

(aeropuertos y zonas turísticas) y carriles exclusivos para motociclistas y ciclo-infraestructura, estacionamiento exclusivo para personas con y en condición de discapacidad. (…) 3.19. Demarcación de lugares de estacionamiento Estas demarcaciones permiten utilizar de forma más eficiente y ordenada los espacios de estacionamiento para los distintos tipos de vehículos, evitando invadir los paraderos de transporte público, accesos a garajes y parqueaderos, las rampas de accesibilidad universal y las proximidades a las esquinas, y teniendo presentes las demás restricciones para estacionamiento consideradas en la normativa vigente. Las dimensiones de los espacios de estacionamiento que se presentan en este numeral, se miden entre ejes de líneas de demarcación. (…) 3.16.5.8. Carril prioritario para vehículos de emergencia Este símbolo se utiliza para informar a los conductores que los carriles así demarcados, deben ser abandonados cuando se aproxima un vehículo de emergencia, ambulancia, carro de bomberos u otro que hace uso de sus señales audibles o visuales, para que este pueda hacer

uso de ellos. Se recomienda su instalación en los carriles centrales de vías congestionadas. Tiene la forma de un rombo hueco con bordes de color blanco, junto a la leyenda “CARRIL VEH SOS”. Sus dimensiones y ejemplos de utilización se detallan en las Figuras 3-32. Dimensiones de demarcación de carril prioritario para vehículos de emergencia y 3-33. Carril prioritario para vehículos de emergencia. (…) 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

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20251341684481 22-12-2025 (…)”. (NFT) Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a los interrogantes planteados De conformidad con las normas parcialmente citadas, las autoridades de tránsito del orden territorial están facultadas para autorizar, regular y ejecutar la señalización y demarcación de

escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a los interrogantes planteados De conformidad con las normas parcialmente citadas, las autoridades de tránsito del orden territorial están facultadas para autorizar, regular y ejecutar la señalización y demarcación de las zonas de estacionamiento restringido en vías públicas, incluidas aquellas destinadas al uso exclusivo de ambulancias. 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

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20251341684481 22-12-2025 En cuanto a los lineamientos técnicos aplicables, se recomienda al peticionario atender lo dispuesto en anexo 76 “Manual de señalización Vial de Colombia: Dispositivos Uniformes en la Infraestructura Vial, para la Regulación del Tránsito y la Seguridad Vial”, de la Resolución

20223040045295 de 2022, capitulo adicionado por la Resolución 20243040045005 del 2024, el cual contiene las especificaciones de carácter obligatorio (dimensiones, colores, pictogramas y ubicación) para la señalización horizontal y vertical de dichas zonas. En consecuencia, la demarcación de espacios exclusivos para ambulancias en la vía pública únicamente podrá realizarse previa autorización de la autoridad de tránsito competente, y deberá observar estrictamente los parámetros técnicos establecidos en el Manual de Señalización Vial y en las demás disposiciones normativas vigentes. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente.

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Valeria T orres Pabón – Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal - OAJ

Revisó: Yulimar Mestre Viana - Profesional Especializado - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 6 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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