MINTRANSPORTE - Concepto 20251341694731 de 2025
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20251341694731 de 2025
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2025
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20251341694731
20251341694731 23-12-2025 Bogotá D.C.; Señora
LAURA MARCELA MATEUS MONTERO
Vicepresidente Legal Perfiles y Soluciones T ecnológicas S.A.S juridicacol@leangroup.com Barranquilla – Atlántico
Asunto: Solicitud de Concepto.
TRÁNSITO –PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL.
Radicado No. 20253031490482 del 29 de agosto de 2025. Respetada señora Laura, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de T ransporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de T ransporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20253031490482 del 29 de agosto de 2025 ., mediante el cual formula las siguientes: CONSUL TA “Qué manera clara y respetuosa, solicitamos que por parte de su entidad nos ofrezcan un concepto en el cual definan, si en el caso de nuestra empresa del sector privado cuya actividad económica no consiste en la prestación de servicios de transporte, que no cuenta con una flota de vehículos, y que solo tiene suscrito un contrato de transporte con otra empresa, para el traslado de trabajadores voluntarios para actividades de servicio social y transporte de mercancía e insumos, está obligada a diseñar e implementar el Plan
Estratégico de Seguridad Vial” CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”. 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.
Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20251341694731
20251341694731 23-12-2025 Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene dentro de sus funciones resolver casos de carácter particular y concreto presentados a la administración. (RFT) Marco normativo La Ley 1503 de 2011 “Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones”, establece: “Artículo 12. Diseño, implementación y verificación del plan estratégico de seguridad vial. Artículo modificado por el artículo 110 del Decreto Ley 2106 de 2019. Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado, que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administre personal de conductores, deberá diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial en función de su misionalidad y tamaño, de acuerdo con la metodología expedida por el Ministerio de Transporte y articularlo con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST). En ningún caso el Plan Estratégico de Seguridad Vial requerirá aval para su implementación.” (Negrillas fuera de texto) Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al interrogante elevado en su escrito de consulta, se da respuesta en los siguientes términos: De conformidad con artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, toda entidad, organización o empresa del
Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al interrogante elevado en su escrito de consulta, se da respuesta en los siguientes términos: De conformidad con artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, toda entidad, organización o empresa del sector público o privado, que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administre personal de conductores, deberá diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial en función de su misionalidad y tamaño, de acuerdo con la metodología expedida por el Ministerio de T ransporte y articularlo con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el T rabajo. En ese sentido, las entidades, organizaciones o empresa del sector público o privado, que no se encuentren dentro de los presupuestos de derecho y hecho señalados en la norma precitada, en cuanto a contar con una flota de 10 vehículos o superior, o que contrate conductores para el desarrollo de su objeto social, no está obligada a diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950
Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20251341694731
20251341694731 23-12-2025 consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente.
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Juan Carlos Solano Rojas– Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ.
Revisó: Pedro Nel Salinas Hernández - Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ.
3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.