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MINTRANSPORTE - Concepto 20261340047271 de 2026

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20261340047271 de 2026
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20261340047271

20261340047271 19-01-2026 Bogotá, D.C.;

Señora: ADRIANA MERCEDES HERNANDEZ RUENTES Secretaria de Movilidad (E)

contactenos@ventanillamovilidad.com.co Yopal - Casanare

Asunto: Solicitud de Concepto.

TRÁNSITO – MAQUINARIA AGRÍCOLA, INDUSTRIAL Y DE CONSTRUCCIÓN AUTOPROPULSADA - Identificación externa de la maquinaria. Radicado No. 20253031153932 del 08 de julio de 2025. Respetada señora Adriana, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20253031153932 del 08 de julio de 2025, mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA "Por medio de la presente me permito solicitar a esa Secretaría la siguiente información relacionada con la Resolución 20243040056195 de 2024 expedida por el Ministerio de Transporte, "Por la cual se modifica y adiciona al Capítulo 7 del Título 4 y al Capítulo 4 del Título 5 de la Resolución Única de Tránsito 20223040045295 de 2022, el registro y trámites para la maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada y se dictan otras

5 de la Resolución Única de Tránsito 20223040045295 de 2022, el registro y trámites para la maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada y se dictan otras disposiciones". Mi consulta está enfocada específicamente en los artículos 13, 14, 15 y 16 de la citada resolución, los cuales hacen referencia a la identificación externa de la maquinaria. Cordialmente solicito se me informe si las disposiciones mencionadas aplican para un vibro compactador modelo 1986, el cual no cuenta con tarjeta de propiedad sino únicamente con manifiesto de importación. En caso de que sí sea aplicable, agradecería me informaran qué tipo de número 0 identificación externa debe portarse en la maquinaria, y en qué condiciones debe exhibirse, conforme a lo estipulado por la normativa vigente”. CONSIDERACIONES 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340047271

20261340047271 19-01-2026 En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco Normativo La Resolución 20243040056195 de 2024, “por la cual se modifica y adiciona al Capítulo 7 del Título 4 y al Capítulo 4 del Título 5 de la resolución Única de Tránsito 20223040045295 de 2022, el registro y trámites para la maquinaria agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada y se dictan otras disposiciones”, establece: “Artículo 1°. Modifíquese el artículo 4.7.2.1.1. de la SubSección 1, de la Sección 2 del

Capítulo 7 del Título 4 de la Resolución número 20223040045295 de 2022, el cual quedará así:

“Artículo 4.7.2.1.1. Cargue de la información de maquinaria agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada al Sistema RUNT. Los fabricantes, ensambladores, importadores de la maquinaria agrícola Industrial y de Construcción Autopropulsada que haya sido fabricada, importada o ensamblada; a partir del 10 de enero de 2012, fecha de entrada en vigencia del Decreto Ley 019 de 2012, tienen la obligación de realizar previo al registro, el cargue de la información del detalle de la maquinaria al Sistema RUNT.

De conformidad con lo señalado en la Resolución número 762 de 2022 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o aquella que la adicione, modifique o sustituya; adicionalmente los fabricantes, ensambladores, importadores deberán cargar la Certificación de Emisión por Prueba Dinámica (CEPD) y el Visto Bueno por protocolo de Montreal emitido por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) o quien haga sus veces. Una vez el sistema RUNT y la ANLA se encuentren en línea a través de interoperabilidad, el CEPD se validará mediante esta plataforma por parte del sistema RUNT”.

Artículo 2°. Modifíquese el artículo 4.7.2.1.2. de la SubSección 1, de la Sección 2 del

Capítulo 7 del Título 4 de la Resolución número 20223040045295 de 2022, el cual quedará así: 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340047271

20261340047271 19-01-2026

“Artículo 4.7.2.1.2. Cargue de información de maquinaria perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00 al Sistema RUNT. Para efectos de llevar a cabo el cargue del detalle de la maquinaria en el Sistema RUNT, perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00,

8905.10.00.00 al Sistema RUNT. Para efectos de llevar a cabo el cargue del detalle de la maquinaria en el Sistema RUNT, perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, deberán llevar a cabo el siguiente procedimiento:

Los fabricantes, ensambladores e importadores que hayan importado maquinaria perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00; a partir del 16 de noviembre de 2012, fecha de entrada en vigencia del Decreto número 2261 de 2012 , tienen la obligación de realizar el cargue de la información del detalle de la maquinaria al Sistema RUNT y contar previo al cargue con un Sistema de Posicionamiento Global (GPS) u otro dispositivo de seguridad y monitoreo electrónico.

De conformidad con lo señalado en la Resolución número 762 de 2022 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o aquella que la adicione, modifique o sustituya;

adicionalmente los fabricantes, ensambladores, importadores deberán cargar la Certificación de Emisión por Prueba Dinámica (CEPD) y el Visto Bueno por protocolo de Montreal emitido por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) o quien haga sus veces. Una vez el sistema RUNT y la ANLA se encuentren en línea a través de interoperabilidad, el CEPD se validará mediante esta plataforma por parte del sistema RUNT”. Artículo 13. Adiciónese el artículo 5.4.2.3. de la Sección 2 del Capítulo 4 del Título 5 de la Resolución número 20223040045295 de 2022, el cual quedará así:

“Artículo 5.4.2.3 Identificación externa de la maquinaria. En un plazo de seis (6) meses siguientes contados a partir de la entrada en vigencia de la presente adición, el propietario o poseedor de la Maquinaria Agrícola Industrial y de Construcción Autopropulsada incluida la perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, deberá colocar en los costados y en la parte superior externa de la maquinaria visible y mantener en buen estado, el código alfanumérico consecutivo y automático de ocho (8) caracteres señalado en la Tarjeta de Registro o en la Certificación de Registro de la Maquinaria Agrícola Industrial y de Construcción Autopropulsada según corresponda, para la identificación de la maquinaria (MA-MC-MI) de acuerdo con las indicaciones contenidas en el Anexo 50 “Identificación Maquinaria Agrícola Industrial y de Construcción Autopropulsada” de la presente resolución”. (NFT)

(MA-MC-MI) de acuerdo con las indicaciones contenidas en el Anexo 50 “Identificación Maquinaria Agrícola Industrial y de Construcción Autopropulsada” de la presente resolución”. (NFT)

Artículo 14. Modifíquese el contenido y el nombre del Anexo 45 “Formato de Declaración de Propiedad de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada” y el contenido del Anexo 48 “Formulario de Solicitud de Trámites del Registro Nacional de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada” de la Resolución 20223040045295 de 2022.

Artículo 15. Adóptese el Anexo 45-A “Formato de Posesión de Maquinaria Agrícola, Industrial y 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340047271

20261340047271 19-01-2026 de Construcción Autopropulsada”, el Anexo 49 “Certificación de Registro de la Maquinaria Agrícola Industrial y de Construcción Autopropulsada al RNMA para el poseedor” y el Anexo 50 “Identificación Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada” en la Resolución número 20223040045295 de 2022.

Artículo 16. Actualización del Registro Nacional de Maquinaria Agrícola de Construcción Autopropulsada y sus funcionalidades en el Sistema RUNT. Para adelantar los trámites que requieran una actualización en el Sistema RUNT; el operador del sistema de información deberá realizar previamente los ajustes necesarios en el Registro Nacional de Maquinaria Agrícola de Construcción Autopropulsada (RNMA), así como adoptar, modificar e implementar los anexos establecidos en los artículos 14 y 15 que hacen parte integral de la presente resolución”. Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta al interrogante único La Resolución 20243040056195 de 2024 aplica a los propietarios y poseedores de maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada que deba registrarse, actualizarse, modificarse o cancelarse en el Registro Nacional de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada RNMA del sistema RUNT, así como a los fabricantes, ensambladores e importadores obligados al cargue de información y a los Organismos de

Construcción Autopropulsada RNMA del sistema RUNT, así como a los fabricantes, ensambladores e importadores obligados al cargue de información y a los Organismos de Tránsito encargados de adelantar los trámites. En particular, aplica a la maquinaria fabricada, importada o ensamblada, después del 10 de enero de 2012, incluida la clasificada en las subpartidas arancelarias expresamente señaladas por la norma, y a la maquinaria adquirida por propietarios o registrada por poseedores, sin que el registro o la identificación externa acrediten propiedad, teniendo como finalidad el control, la trazabilidad y la actualización del RNMA. Ahora bien, la Resolución 20243040056195 de 2024 dispone que toda la maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada que se encuentre registrada en el RNMA, incluida la perteneciente a determinadas subpartidas arancelarias y sin distinción por año modelo, debe portar identificación externa obligatoria mediante el código alfanumérico de ocho (8) caracteres asignado por el sistema RUNT, visible, legible y permanente en los lugares señalados por la norma, con el fin de garantizar la trazabilidad, el control estatal y la seguridad, sin que dicha identificación tenga efectos declarativos de dominio ni constituya prueba de propiedad. En ese sentido, de conformidad con la Resolución 20243040056195 de 2024, las disposiciones sobre identificación externa de la maquinaria previstas en los artículos 13, 14, 15 y 16 son aplicables a un vibro compactador modelo 1986, aun cuando no cuente con tarjeta de 4 ________________________________________________________________________

sobre identificación externa de la maquinaria previstas en los artículos 13, 14, 15 y 16 son aplicables a un vibro compactador modelo 1986, aun cuando no cuente con tarjeta de 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340047271

20261340047271 19-01-2026 propiedad y disponga únicamente de manifiesto de importación, siempre que el equipo sea registrado en el Registro Nacional de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada RNMA del sistema RUNT, ya sea a título de propietario o poseedor, conforme a los procedimientos y formatos establecidos. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso

los procedimientos y formatos establecidos. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente,

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Guizel Muñoz Pinilla – Contratista - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ Revisó: Yulimar Maestre Viana – Profesional Especializado - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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