MINTRANSPORTE - Concepto 20261340296941 de 2026
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20261340296941 de 2026
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2026
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20261340296941
20261340296941 03-03-2026 Bogotá, D.C. Señora
DANIELA TRASLAVIÑA RODRÍGUEZ
Analista SST
CCM INGENIERIA S.A.
Carrera 23 # 13 203 gerenteoperaciones@ccmingenieria.com Yumbo - Valle del Cauca
Asunto: Solicitud de Concepto.
TRÁNSITO - Adhesivo “Como Conduzco”. Radicado No. 20253031174742 del 10 de julio de 2025. Respetada señora Daniela, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el 20253031174742 del 10 de julio de 2025, mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA “Por medio de la presente, quisiera consultar qué especificaciones actualmente a nivel normativo existen con respecto al uso de la calcomanía de límites de velocidad máxima permitida para vehículos públicos de transporte de carga pesada dado que, al realizar indagaciones sobre dimensiones, tipo de letra, logotipos, valores, entre otros, no ha sido posible encontrar una información concreta frente a este caso, únicamente este radicado bajo el número 20201340158991 correspondiente al 2020. Lo anterior, dado que, por parte de algunos agentes de tránsito en la vía nos han amonestado con referencia a esta calcomanía exigiendo que debe
20201340158991 correspondiente al 2020. Lo anterior, dado que, por parte de algunos agentes de tránsito en la vía nos han amonestado con referencia a esta calcomanía exigiendo que debe cumplir con los mismos requerimientos estéticos del "Cómo conduzco".”. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.
Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
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20261340296941 03-03-2026 organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”. Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco normativo Frente a los adhesivos y calcomanías de “Como Conduzco”, los artículos 1 y siguientes de la Resolución 00000572 de 2013, “Por la cual se reglamentan las características técnicas de los adhesivos que deben portar los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor.”, expedida por la Superintendencia de Transporte, al tenor indican: “Artículo 1º. Objeto y ámbito de aplicación. La presente resolución tiene por objeto establecer las características de los avisos que deben portar en la parte interna y externa, de forma visible y comprensible, los vehículos que prestan servicio público de transporte terrestre automotor. Artículo 2º. Especificaciones de los avisos. Para los efectos previstos en el artículo anterior, el adhesivo debe ser comprensible y deberá quedar impreso en lámina reflectiva, tipo 1 o de
características superiores y con la clase de respaldo 1 que cumpla con las especificaciones de la Norma Técnica Colombiana NTC 4739. Las dimensiones del adhesivo para los vehículos serán de 300 mm de largo por 150 mm de ancho. El adhesivo deberá portar el logo vigilado Supertransporte y contener el texto "¿Cómo Conduzco?", "Marque Gratis", "Opción 3" e incluir el logo del #767, como se observa en el anexo de esta resolución. El adhesivo será puesto a disposición en archivo .ZIP por parte de la Superintendencia de Puertos y Transporte en su Web Site. El adhesivo deberá aplicarse únicamente en los colores correspondientes al modelo disponible en la Web Site de la Superintendencia, letra negra y cuyo fondo deberá ser blanco reflectivo. Los adhesivos descritos deben estar dispuestos en la parte delantera -interna del vehículo y fijados en la parte traseraexterna al lado derecho superior de la placa del mismo, en un lugar visible para el usuario. Sobre el adhesivo no se podrán instalar elementos que dificulten su lectura. Parágrafo 1º. Las Empresas de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor, de pasajeros por carretera, sujetos de supervisión de la Superintendencia de Puertos y Transporte, deberán 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950
Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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20261340296941 03-03-2026 suministrar un teléfono de contacto para poder informar por parte del Call Center las irregularidades cometidas por parte de su parque automotor correspondiente. Artículo 3º. Investigación Administrativa y sanciones por incumplimiento. Las Empresas de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor, de radio de acción nacional, sujetos de supervisión, según las competencias de la Superintendencia de Puertos y Transporte, deberán cumplir con las condiciones señaladas en esta resolución y las demás disposiciones que la adicionen, aclaren o modifiquen, so pena de las investigaciones administrativas e imposición de sanciones establecidas en la normatividad aplicable”. (NFT) Por su parte, la Norma T écnica Colombiana NTC 4393 “ Laminas retrorreflectivas para control de tránsito”, al tenor refiere: “4. CLASIFICACIÓN 4.1 Las laminas retrorreflectivas deben estar constituidas por una lamina blanca o de color, con
control de tránsito”, al tenor refiere: “4. CLASIFICACIÓN 4.1 Las laminas retrorreflectivas deben estar constituidas por una lamina blanca o de color, con una superficie exterior lisa y que esencialmente tenga la propiedad de ser retrorreflectora en toda su superficie. Hay diez tipos y cinco clases de láminas retroreflectivas. Los tipos se determinan por conformidad con los requisitos de retrorreflectancia, color y durabilidad enumerados en el numeral 6.1, y pueden tener cualquier construcción, siempre y cuando cumpla con estos requisitos. La designación de los tipos se da como un medio para diferenciar el desempeño funcional. A continuación se presentan ejemplos típicos de aplicaciones, sólo como forma descriptiva, y sin pretender que se les considere como limitaciones o recomendaciones. Los identificadores comunes para cada tipo se numeran en el numeral 4.2. (…) 4.2 La lamina retrorreflectiva se debe clasificar como se indica a continuación (la secuencia del tipo no es indicativa del nivel de desempeño) 4.2.1 Tipo I Lamina retrorreflectiva conformada por microesferas de vidrios incorporadas, conocida como “grado de ingeniería”. Las aplicaciones mas comunes de este material son señalización permanente en calles y carreteras y dispositivos para zonas de construcción y delineadores. (…) 4.3 CLASES DE RESPALDO El respaldo requerido para las lamina retrorreflectiva Tipo I a X se debe clasificar como se indica a continuación: 4.3.1 Clase 1 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.
continuación: 4.3.1 Clase 1 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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20261340296941 03-03-2026 El respaldo adhesivo debe ser sensible a la presión, no debe requerir calor, ni solventes u otras preparaciones para adherirse a superficies limpias y lisas. (…)”. Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a su consulta Así las cosas, los adhesivos o calcomanías que deben portar en la parte interna y externa los vehículos que prestan servicio público de transporte terrestre automotor, deben ir de
forma visible y comprensible, específicamente el adhesivo “Como conduzco”, para lo cual, la Superintendencia de Transporte expidió la Resolución 00000572 de 2013 “Por la cual se reglamentan las características técnicas de los adhesivos que deben portar los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor”. En este sentido, el artículo 2 de la Resolución precitada, establece las características y especificaciones de los avisos, los cuales deben ser comprensibles e impresos en laminas reflectivas tipo 1 o de características superiores, cumpliendo con las especificaciones técnicas de la Norma T écnica Colombiana NTC 4739, así mismo, se señalan las dimensiones del adhesivo, los cuales serán de 300 mm de largo por 150 mm de ancho, entre otras especificaciones. Frente a las características de las láminas tipo I, la lámina retrorreflectiva está conformada por microesferas de vidrios incorporadas, conocida como “grado de ingeniería”. Las aplicaciones más comunes de este material son señalización permanente en calles y carreteras y dispositivos para zonas de construcción y delineadores, y cuyo respaldo adhesivo debe ser sensible a la presión, no debe requerir calor, ni solventes u otras preparaciones para adherirse a superficies limpias y lisas, lo anterior conforme a lo dispuesto en la Norma T écnica NTC 4393 “Laminas retrorreflectivas para control de tránsito”. Aunado a lo anterior, vale precisar que la Circular Única de Infraestructura y Transporte,
dispuesto en la Norma T écnica NTC 4393 “Laminas retrorreflectivas para control de tránsito”. Aunado a lo anterior, vale precisar que la Circular Única de Infraestructura y Transporte, expedida por la Superintendencia de Transporte, en el capítulo 2, establece el tema relacionado con los LOGOS Y AVISOS DE LA SUPERINTENDENCIA, entre ellos, Plazo para adoptar el logo de la Superintendencia, avisos en los vehículos, Estabilidad en el logo de la Superintendencia de Transporte, Artículos 5.2.3, 5.2.4, 5.2.5, de la citada circular, logo disponible en: 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:
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20261340296941 03-03-2026 https://www.supertransporte.gov.co/documentos/2019/Julio/Secretaria_General_ 30/letrero.pdf Finalmente, el Director Infraestructura y Vehículos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial con radicado 20253000022511 de 2025, expidió la CIRCULAR EXTERNA No. 016 DEL 4 DE MARZO DE 2025, relacionada con los límites de velocidad, la cual se anexa a la presente. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente ”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente,
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Anexa: CIRCULAR EXTERNA No. 016 del 4 de marzo de 2025, expedida por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Proyectó: Ana Paola Rodríguez Castro - Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ
5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
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